ORDEN de 3 de noviembre de 2025, por la que se modifica la Orden de 30 de septiembre de 2025, relativa a la delegación de determinadas competencias en materia de régimen disciplinario del personal del Cuerpo General de la Policía Canaria en la persona titular de la Dirección General de Seguridad.
2025-11-12 · BOC-2025/225/3821
Mediante Orden de 30 de septiembre de 2025, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 201, de 10 de octubre de 2025, se delegó en la persona titular de la Dirección General de Seguridad la competencia prevista en el artículo 49.i) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio, consistente en la imposición de sanciones disciplinarias al personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria cuando llevan aparejada sanción de suspensión de funciones por periodo igual o superior a tres años e inferior a seis, por falta muy grave, así como la sanción de traslado con cambio de residencia, igualmente por falta muy grave.
En dicha Orden departamental no se incluyó expresamente la delegación de la competencia para la resolución de los recursos potestativos de reposición que pudieran interponerse contra las resoluciones dictadas por la persona titular de la Dirección General de Seguridad en el ejercicio de las competencias delegadas.
La motivación de la delegación efectuada se amparaba en razones de eficacia y coherencia derivadas de la mayor especialización técnica y proximidad funcional de la Dirección General de Seguridad en las cuestiones referentes a la organización y funcionamiento del Cuerpo General de la Policía Canaria, lo que facilitaba la adopción de decisiones homogéneas en materia disciplinaria. Por tales razones, mantener en el órgano delegante la competencia para el conocimiento de los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por el órgano delegado dificulta la plena efectividad de la delegación efectuada y puede generar disfunciones procedimentales, procediendo una modificación de la citada Orden departamental al objeto de incluir en la misma la delegación de la competencia referida.
Vistas las consideraciones anteriores, y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la Orden de 30 de septiembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 201, de 10 de octubre de 2025, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de Seguridad la competencia prevista en el artículo 49.i) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio, consistente en la imposición de sanciones disciplinarias al personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria cuando llevan aparejada sanción de suspensión de funciones por periodo igual o superior a tres años e inferior a seis, por falta muy grave, así como la sanción de traslado con cambio de residencia, igualmente por falta muy grave, en el sentido de añadir un segundo párrafo al apartado primero de la parte resolutiva de la misma con el siguiente tenor literal:
“Se delega igualmente en la persona titular de la Dirección General de Seguridad la competencia para la resolución de los recursos potestativos de reposición que pudieran interponerse contra las resoluciones dictadas por dicho órgano en el ejercicio de las competencias que son objeto de delegación mediante la presente Orden”.
Segundo.- La presente Orden departamental producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de noviembre de 2025.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Nieves Lady Barreto Hernández.