Servicio de Canario de la Salud.- Resolución de 23 de octubre de 2025, de la Secretaria General, por la que se dispone la publicación de la Adenda que modifica el Convenio de Cooperación Educativa entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería.
2025-11-07 · BOC-2025/222/3781
El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos y organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la “Adenda por la que se modifica el Convenio de Cooperación educativa entre el Servicio Canario de la Salud (SCS) y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C) para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería”, que figura como anexo de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2025.- La Secretaria General, María Jesús López-Neira de la Torre.
ANEXO
ADENDA POR LA QUE SE MODIFICA EL CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD (SCS) Y LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA-CANARIAS (UFP-C) PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS CURRICULARES EXTERNAS DEL ALUMNADO DE LAS TITULACIONES DE GRADO EN MEDICINA Y EN ENFERMERÍA.
REUNIDOS
De una parte, el Servicio Canario de la Salud, actuando en su nombre y representación D. Adasat Goya González, Director del Servicio Canario de la Salud, nombrado para el cargo por Decreto 112/2025, de 29 de julio (BOC n.º 150, de 30.7.2025), en el ejercicio de las competencias atribuidas mediante Orden de la Consejería de Sanidad de 2 de junio de 2016, por la que se delegan competencias en materia de convenios para la optimización de la docencia.
Y de otra parte, la sociedad mercantil Máster del Conocimiento, S.L., actuando en su nombre y representación D. Antonio Nicolás Rodríguez Rodríguez, con NIF ********* y domicilio en Las Palmas de Gran Canaria, calle Juventud, s/n, en Santa María de Guía, sociedad que tiene asumidas las responsabilidades sociales corporativas derivadas del funcionamiento efectivo de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C), conforme dispone la Ley de Canarias 1/2014, de 15 de mayo, de reconocimiento de la universidad privada “Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C)”.
Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda y, en su mérito,
MANIFIESTAN
I.- Que el día 28 de septiembre del año 2020, por el Servicio Canario de la Salud (en adelante, SCS) y por la sociedad mercantil Máster del Conocimiento, S.L. que tiene asumidas las responsabilidades sociales corporativas derivadas del funcionamiento efectivo de la UFP-C, se suscribió un Convenio denominado “Convenio de Cooperación Educativa entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad Fernando Pessoa Canarias para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería”, el cual fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias, de fecha de 22 de octubre de 2020.
II.- Posteriormente, en fecha de 14 de febrero del año 2022, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, de fecha 24 de febrero de 2022, se suscribe una primera Adenda de modificación del “Convenio de Cooperación Educativa entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería”.
III.- Con fecha de 4 de septiembre del año 2023, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, de fecha de 27 de septiembre de 2023, se suscribe una segunda Adenda de modificación del “Convenio de Cooperación Educativa entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería”.
IV.- Con fecha 11 de septiembre del año 2024, publicada en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 4 de octubre de 2024, se suscribe una tercera Adenda por la que se prorroga el “Convenio de Cooperación Educativa entre el Servicio Canario de la Salud y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias para la realización de prácticas curriculares externas del alumnado de las titulaciones de Grado en Medicina y en Enfermería”.
V.- Con fecha 8 de julio de 2025, se solicita por la entidad Máster del Conocimiento, S.L. una nueva Adenda de modificación del citado Convenio suscrito el 28 de septiembre de 2020.
Por todo ello, las partes comparecientes
ACUERDAN
Primero.- Modificar el Convenio de Cooperación Educativa firmado el 28 de septiembre de 2020 entre el SCS y la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C) para la realización de prácticas curriculares externas, en los términos contemplados en las cláusulas siguientes:
Segundo.- La cláusula primera del Convenio quedará redactada en los siguientes términos:
“Cláusula primera.- Objeto.
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El objeto del presente Convenio es regular la colaboración entre las partes en el desarrollo de las actividades encaminadas a facilitar a las y a los estudiantes que participan en los cursos correspondientes a los títulos de Grado en Medicina y Enfermería, Grado de Fisioterapia, Máster en Psicología General Sanitaria, Grado de Farmacia y Grado de Terapia Ocupacional de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C) la realización de prácticas externas curriculares en los centros sanitarios de las Áreas de Salud de Gran Canaria y Lanzarote que se determinarán conforme se establece en el apartado siguiente y en la cláusula quinta, y conseguir, de esta manera, una formación más completa en contacto con el ambiente real del mundo laboral y con el trabajo desarrollado en las ocupaciones profesionales relacionadas con los estudios que cursa.
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La colaboración del Servicio Canario de la Salud queda supeditada a la capacidad docente de cada centro en cada momento, teniendo en cuenta que los dos hospitales y centros de salud universitarios de las Áreas de Salud de Gran Canaria y Lanzarote están vinculados a la ULPGC cuyo alumnado tendrá prioridad.
La UFPC deberá remitir su propuesta cuantificando el alumnado que realizará las prácticas, con al menos dos meses de antelación, a las unidades de formación de los hospitales. Estas unidades, conjuntamente con los servicios implicados, valorarán la capacidad docente real y dará respuesta a la UFPC”.
Tercero.- La cláusula quinta del citado Convenio quedará redactada en los siguientes términos:
“Cláusula quinta.- Obligaciones del Servicio Canario de la Salud durante el desarrollo de las prácticas curriculares externas.
El Servicio Canario de la Salud asume las siguientes obligaciones:
• Prácticas en la titulación del Grado de Medicina:
Las prácticas correspondientes a la titulación del Grado de Medicina se desarrollarán en, al menos, tres centros de salud del Área de Salud de Gran Canaria. El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Gran Canaria.
• Prácticas en la titulación del Grado en Enfermería:
Atención Primaria:
En el Área de Salud de Gran Canaria las prácticas se realizarán en, al menos, tres centros de salud. El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria.
En el Área de Salud de Lanzarote, las prácticas se realizarán en, al menos, tres centros de salud. El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote.
Atención Especializada:
Las prácticas se realizarán en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín y en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil del Área de Salud de Gran Canaria, y en el Hospital Doctor José Molina Orosa y en el Hospital Insular del Área de Salud de Lanzarote.
Adoptar las medidas necesarias para que los estudiantes asignados puedan realizar las prácticas, y designar, de entre sus trabajadores, una persona que actuará como tutor de la entidad colaboradora, en los términos establecidos en la cláusula sexta de este Convenio y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Respetar el régimen de permisos a que tengan derecho los estudiantes con arreglo a la normativa vigente, así como lo relativo a la protección de sus datos.
• Prácticas en el Máster en Psicología General Sanitaria:
Las prácticas se realizarán preferiblemente en Centros de Atención Primaria y en las Unidades de Salud Mental dependientes del HUGCDN y del CHUIMI cuando ello sea posible. El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria y las Direcciones Gerencias hospitalarias.
• Prácticas en la titulación del Grado de Fisioterapia:
Las prácticas se realizarán en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín (área Norte), en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (área Sur) y en, al menos, tres centros de salud del Área de Salud de Gran Canaria. El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria.
• Prácticas en la titulación del Grado de Farmacia:
Las prácticas se realizarán en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín (área Norte), en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (área Sur) del Área de Salud de Gran Canaria y en la Gerencia de Atención Primaria.
El número y los centros de salud concretos se determinarán al inicio de cada curso por la Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria.
• Prácticas en la titulación del Grado de Terapia Ocupacional:
Las prácticas se realizarán en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín (área Norte), en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (área Sur).
• Adoptar las medidas necesarias para que los estudiantes asignados puedan realizar las prácticas, y designar, de entre sus trabajadores, una persona que actuará como tutor de la entidad colaboradora, en los términos establecidos en la cláusula sexta de este Convenio y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
• Respetar el régimen de permisos a que tengan derecho los estudiantes con arreglo a la normativa vigente, así como lo relativo a la protección de sus datos”.
Cuarto.- La cláusula sexta del citado Convenio quedará redactada en los siguientes términos:
“Cláusula sexta.- Obligaciones de la Universidad Fernando Pessoa Canarias (UFP-C) durante el desarrollo de las prácticas curriculares externas.
La Universidad Fernando Pessoa-Canarias (UFP-C) se compromete a:
• Facilitar la colaboración docente entre ambas entidades para las prácticas curriculares externas de las titulaciones de grado y máster a que se refiere este Convenio.
• Tener cubierto a todo el estudiantado de las asignaturas de prácticas externas y a los profesionales que les supervisen por la correspondiente póliza de seguros, tanto de accidentes como de responsabilidad civil.
• Reconocer mediante certificado acreditativo la labor realizada por los tutores del Servicio Canario de la Salud.
• Asumir las obligaciones en materia de Seguridad Social del alumnado.
• Abonar, cuando sea legalmente exigible, un precio público por la realización de prácticas formativas en los centros dependientes del Servicio Canario de la Salud.
• Financiar 35 plazas para el Máster en Gestión Sanitaria y 5 plazas del Máster en Dirección de Recursos Humanos durante el curso académico 2025/2026 y siguientes, acorde a la vigencia del presente Convenio, y sin perjuicio de posibles acuerdos que puedan contemplarse de futuro.
• Son beneficiarios de las citadas becas el personal del Servicio Canario de la Salud.
• La adjudicación de la beca exigirá del solicitante el cumplimiento de los requisitos y criterios de admisión y las normas publicadas en la web de la UFPC://www.ufpcanarias.es/
• La financiación de las plazas otorgadas al personal del Servicio Canario de la Salud incluirá el abono de las tasas necesarias para la emisión de los títulos.
• Coordinar a las Comisiones de Seguimiento para la convocatoria de las becas.
• En cualquier caso, el número de becas y listado de admitidos por centros sanitarios se determinará anualmente, siguiendo los criterios de selección establecidos por las Comisiones de Seguimiento y la proporción de alumnos que roten por cada centro sanitario”.
Quinto.- La presente Adenda de modificación y prórroga, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, surtirá efectos a partir de su firma, siendo su duración la prevista para el Convenio al que modifica.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda de modificación, a 21 de octubre de 2025.- Por el Servicio Canario de la Salud, Adasat Goya González.- Por la Universidad Fernando Pessoa-Canarias, Antonio Nicolás Rodríguez Rodríguez.