Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 19 de octubre de 2025, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de colaboración denominado Vicesecretaría, clase primera (Vicesecretario/a General del Pleno), del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, vacante por inexistencia de titular definitivo.
2025-10-30 · BOC-2025/215/3701
Examinado el expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de colaboración denominado Vicesecretaría, clase primera (Vicesecretario/a General del Pleno), reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría superior, vacante por inexistencia de titular definitivo.
Vista la propuesta del Servicio de Función Pública Local.
Y teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1.º) Mediante escrito presentado en el Registro General Electrónico del Gobierno de Canarias el día 14 de octubre de 2025, la representante legal del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria remitió a esta Dirección General un oficio de la Directora General de Recursos Humanos, de la misma fecha, a través del cual, y a los efectos establecidos en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dio traslado de la documentación que se relaciona a continuación:
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Decreto de Alcaldía n.º 28106/2025, de 4 de agosto, por el que se aprueban las bases rectoras de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante denominado Vicesecretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría superior.
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Decreto de Alcaldía n.º 35450/2025, de 13 de octubre, por el que se aprueba la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante denominado Vicesecretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría superior.
La remisión se efectúa para la publicación de la convocatoria y bases en el Boletín Oficial de Canarias y posterior envío al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en el plazo máximo de 10 días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que han sido publicadas, quien dispondrá la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2.º) El puesto de trabajo objeto de la convocatoria fue clasificado por esta Dirección General, como puesto a proveer por el sistema de libre designación, mediante la Resolución de 3 de noviembre de 2000, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 151, de 17 de noviembre de 2000.
3.º) En el Boletín Oficial de la Provincia n.º 120, de 6 de octubre de 2025, se publica anuncio del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por el que se hace público el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, adoptado en sesión celebrada el 30 de septiembre de 2025, por el que se aprueba la rectificación y modificación de la ficha descriptiva del puesto de trabajo denominado Vicesecretario/a General del Pleno (puesto tipo número 9).
4.º) Constituyen antecedentes del Decreto de Alcaldía n.º 28106/2025, de 4 de agosto, por el que se aprueban las bases específicas:
I.-. Acuerdo plenario de fecha 30 de junio de 2016, de “Aprobación y aplicación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional previstos en el artículo 130 de la Ley de Bases del Régimen Local y del puesto de Vicesecretario”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 80, de fecha 4 de julio de 2016.
II.- Acuerdo plenario de fecha 19 de enero de 2018, de “Aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 13, de fecha 29 de enero de 2018.
III.- Acuerdo plenario de fecha 18 de octubre de 2018, de “Modificación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos de trabajo denominados de colaboración. Puesto de Vicesecretario-Secretaría General del Pleno”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 127, de fecha 22 de octubre de 2018.
IV.- Certificación de la Secretaría General del Pleno de fecha 4 de abril de 2025, acreditativa de la toma de razón del Pleno de la aprobación definitiva para el ejercicio 2025 de la plantilla municipal.
V.- Acuerdo plenario de fecha 4 de abril de 2025, de “Aprobación definitiva, para el ejercicio 2025, de la plantilla del personal funcionario, laboral, eventual y directivo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria”, publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 42, de 7 de abril de 2025, figurando como ocupada la plaza de Vicesecretario/a General del Pleno, código 1FH004.
VI.- Diligencia de cese de la anterior titular del puesto de Vicesecretaria General del Pleno de fecha 11 de junio de 2025, que acredita que la plaza de Vicesecretario/a General del Pleno con código 1FH004 se encuentra actualmente vacante.
VII.- Certificación de la Secretaría General del Pleno de fecha 27 de junio de 2025, acreditativa de la toma de razón del Pleno de la aprobación de la Modificación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos de trabajo de naturaleza directiva.
VIII.- Acuerdo plenario de fecha 27 de junio de 2025, de “Modificación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos de trabajo de naturaleza directiva”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 80, de fecha 4 de julio de 2025.
IX.- Informe de necesidad y conveniencia de inicio del expediente para la provisión del puesto de trabajo vacante denominado Vicesecretario/a General del Pleno en esta Corporación, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, de fecha 4 de julio de 2025.
X.- Providencia de inicio del expediente para la provisión del puesto de Vicesecretario/a General del Pleno, de fecha 4 de julio de 2025.
XI.- Constan en el expediente cuantificación y documentos contables para el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
XII.- Certificación de la Secretaría General del Pleno de fecha 25 de julio de 2025, acreditativa de la toma de razón del Pleno de la Rectificación del acuerdo del Pleno de fecha 27 de junio de 2025 relativo a la modificación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos de trabajo de naturaleza directiva, y Vicesecretario General del Pleno.
XIII.- Acuerdo plenario de fecha 25 de julio de 2025, de “Rectificación del acuerdo del Pleno de fecha 27 de junio de 2025 relativo a la modificación del Manual de Valoración de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos de trabajo de naturaleza directiva, y Vicesecretario General del Pleno”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 92, de fecha 1 de agosto de 2025.
5.º) Constituyen antecedentes del Decreto de Alcaldía n.º 35450/2025, de 13 de octubre, por el que se aprueba la convocatoria:
I.- Decreto de Alcaldía n.º 28106/2025, de 4 de agosto, por el que se aprueban las bases rectoras de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante denominado Vicesecretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría superior.
II.- Constan en el expediente cuantificación y documentos contables que acreditan la existencia de crédito adecuado y suficiente, para atender el gasto de personal durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
III.- Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad adoptado en sesión de fecha 30 de septiembre de 2025, por el que se aprueba la rectificación y modificación de la ficha descriptiva del puesto de trabajo denominado “Vicesecretario/a General del Pleno” (puesto tipo número 9), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 120, de fecha 6 de octubre de 2025.
IV.- Consta en el expediente informe de fiscalización favorable de fecha 10 de octubre de 2025.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE n.º 67, de 17.3.2018), relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone:
“La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses, desde que el puesto de trabajo se hubiera clasificado a libre designación o hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación, del extracto de dichas convocatorias, en el Boletín Oficial del Estado.
En el caso de que el Presidente de la Corporación no realice la convocatoria en el plazo máximo establecido, la Comunidad Autónoma le requerirá para que efectúe la misma, en los términos regulados en este artículo, advirtiéndolo que de no hacerlo en el plazo indicado se iniciara un procedimiento de modificación de las características del puesto y su forma de provisión”.
Segunda.- Esta Dirección General es competente para la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las convocatorias de concursos y convocatorias de libre designación efectuadas por las Corporaciones Locales de Canarias, así como para la publicación de las resoluciones de las mismas, tratándose de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con el artículo 79.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024).
En virtud de lo anterior, esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia atribuida,
RESUELVE:
- Dar publicidad a las bases por las que se rige la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Vicesecretaría, clase primera (Vicesecretario/a General del Pleno), del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría superior, aprobadas por la Resolución de la Alcaldesa-Presidenta n.º 28106/2025, de 4 de agosto. La convocatoria fue aprobada por Decreto de la Alcaldesa-Presidenta de Alcaldía n.º 35450/2025, de 13 de octubre.
Las bases específicas, así como el Anexo I (solicitud de participación) y el Anexo II (relación de méritos), son del tenor siguiente:
BASES RECTORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TRABAJO VACANTE DENOMINADO VICESECRETARIO/A GENERAL DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de estas bases rectoras es regular la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante de Vicesecretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría superior.
El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación acreditadas de los candidatos.
Las funciones del puesto de trabajo objeto de provisión son las de colaboración en el ejercicio de las funciones reservadas de fe pública y asesoramiento legal preceptivo indicadas en la relación de puestos de trabajo y reglamentos orgánicos aprobados por la Corporación, en el marco de la normativa legal y reglamentaria de aplicación, sustancialmente, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segunda.- Corporación, denominación y características del puesto.
El puesto de trabajo vacante objeto de provisión presenta las siguientes características:
a) Corporación: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
b) Denominación: Vicesecretario/a General del Pleno.
c) Clase: primera.
d) Puesto: de colaboración.
e) Naturaleza: no directiva.
f) Código RPT: SPL-F-02.
g) Escala: funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
h) Subescala: Secretaría.
i) Categoría: superior.
j) Grupo: A-Subgrupo: A1.
k) Nivel de complemento de destino: 30.
l) Complemento específico: 69.427,10 euros anuales.
m) Sistema de provisión: libre designación.
n) Condiciones de ejercicio: el ejercicio del puesto será incompatible con el ejercicio de cualquier profesión retribuida, de acuerdo con el régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normas estatales y autonómicas aplicables, en particular el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes para su desempeño.
Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior, que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2.a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Cuarta.- Solicitudes de participación.
1.- Modelo: quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo conforme al modelo de solicitud que figura como Anexo I, que será facilitado gratuitamente en la página web del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, http://www.laspalmasgc.es. El empleo de otro modelo de solicitud no será óbice para su admisión, siempre y cuando en el modelo empleado figuren la totalidad de los datos correspondientes.
Asimismo, a dicha solicitud se deberá acompañar el Anexo II, debidamente cumplimentado, el cual se presentará conjuntamente con la documentación acreditativa y justificativa de los méritos esgrimidos. Al respecto, y sin perjuicio de los documentos que al efecto pudieran aportarse, la condición de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría superior, así como la integridad de los servicios profesionales prestados en dicha Escala, se acreditará exclusivamente con los modelos de certificados normalizados expedidos al efecto por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Si los documentos acreditativos de los requisitos o de los méritos no se aportaran por encontrarse en poder de esta Corporación con ocasión de su participación en otra convocatoria, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la solicitud, especificando la convocatoria en la que se presentaron, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación o, en su caso, la vigencia del documento haya expirado; en otro caso, deberá aportar la documentación acreditativa.
En cualquier caso, los méritos esgrimidos y acreditados habrán de corresponderse con méritos contraídos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento podrá solicitar el cotejo de las copias aportadas por los/as interesado/as, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original, interesados que en cualquier caso se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
2.- Plazo de presentación: las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Lugares de presentación: las instancias podrán presentarse en el Registro General de Entrada de la Corporación, sito en calle León y Castillo, n.º 270, Edificio Metropole, 35005-Las Palmas de Gran Canaria, o en cualquiera de las oficinas municipales de asistencias en materia de registros, o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se relacionan a continuación:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, ya citada.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportará la plena aceptación de las mismas.
A las solicitudes deberá acompañarse el curriculum vitae de los participantes en el que figure debidamente acreditado el cumplimiento de los criterios de idoneidad, formación, competencia profesional y experiencia.
En concreto, deberán constar, debidamente documentado y clasificado:
a) Los años de servicio.
b) Los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública.
c) La experiencia profesional y proyectos.
d) Los títulos académicos que en cada caso se posean.
e) Los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones de los puestos desempeñados, así como los que correspondan al puesto objeto de las presentes bases.
f) Cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente, tal y como se ha señalado previamente.
Los méritos alegados se relacionarán en la ficha adjunta como Anexo II, los cuales deberán ir acompañados de la documentación justificativa.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará por la Presidencia de la Corporación la lista o relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será publicada en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, disponiéndose la apertura de un plazo de diez días para la presentación de reclamaciones y/o la subsanación de posibles defectos.
Finalizado el referido plazo, la lista de admitidos/as y excluidos/as quedará elevada automáticamente a definitiva si contra la misma no se presenta reclamación alguna, resolviéndose expresamente y mediante Decreto, en su caso, las que se formularen, publicándose la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as de la misma forma que la provisional.
Sexta.- Valoración de méritos y resolución de la convocatoria.
En el plazo del mes siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el/la Presidente/a de la Corporación procederá, a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar la resolución correspondiente.
A tal efecto, la Presidencia de la Corporación contará con el asesoramiento de una Comisión de Valoración integrada por tres miembros, dos funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, uno de la Subescala de Secretaría, categoría superior, que actuará como presidente de la misma, y otro de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, y el funcionario/a que desempeñe la Jefatura del Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que actuará como secretario con voz y voto. Su designación nominal se contendrá en el Decreto de la Presidencia que apruebe la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as a que se refiere la base precedente.
Dicha Comisión, en su función de asesoramiento a la Presidencia, procederá a exponer y valorar, objetivamente y en términos comparativos, los méritos de los candidatos en relación con los aspectos curriculares incluidos en el Anexo II de las presentes bases y el perfil competencial del puesto de trabajo objeto de provisión. Efectuada la valoración, la Comisión procederá a formular propuesta de nombramiento a favor del/de la candidato/a que, reuniendo los requisitos exigidos en la convocatoria, se considere más idóneo/a para su desempeño en razón de los mayores méritos acreditados; no obstante, en el caso de que la valoración comparativa efectuada pusiera de manifiesto la posible idoneidad de dos o más aspirantes, por presentar una trayectoria profesional sobresaliente o extraordinaria, la propuesta de la Comisión de Valoración se limitará a efectuar la valoración comparativa de los mismos, especificando o destacando aquellos aspectos que permitan a la Presidencia de la Corporación, sobre la base de dicha valoración, resolver la convocatoria en favor del/de la candidato/a que considere más idóneo/a.
La Presidencia de la Corporación, sobre la base de dicha propuesta, procederá a dictar la resolución correspondiente, dando cuenta al Pleno de la Corporación y trasladando la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Séptima.- Toma de posesión.
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, esto es, tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o un mes, si se trata de puestos de trabajo en localidad distinta, que empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.
Octava.- Régimen jurídico y recursos.
En todo aquello que no esté expresamente previsto en las presentes bases, será de aplicación el régimen jurídico contenido en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Las presentes bases, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán ser impugnadas, potestativamente, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que las aprueba, contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de esta ciudad que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan formular cualquier recurso o ejercer cualquier acción que estimen procedente para la defensa de sus intereses.
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA
Ver anexo en las páginas 44806-44807 del documento Descargar
ANEXO II
RELACIÓN DE MÉRITOS ACREDITADOS
Ver anexo en las páginas 44808-44810 del documento Descargar
- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y remitir copia de la publicación a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través del procedimiento electrónico habilitado al efecto.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 2025.- El Director General de la Función Pública, p.s. (Resolución n.º 4485/2025, de 7.10.2025, de la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia), la Directora de Transparencia y Participación Ciudadana, Carmen Delia Alberto Gómez.