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Disposición 2025/212/3664

Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración.- Resolución de 14 de octubre de 2025, por la que se declara la renuncia de dos plazas adjudicadas en el procedimiento para el acceso a la residencia de estudiantes de la Hospedería Casa de Mar de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente al curso académico 2025/2026, y se acuerda el llamamiento de dos personas integrantes de la lista de reserva.

2025-10-27 · BOC-2025/212/3664

Visto el transcurso del plazo establecido en la convocatoria para la aceptación expresa de las plazas adjudicadas en el procedimiento para el acceso a plazas de residencia de estudiantes en la citada Hospedería, correspondiente al curso académico 2025/2026, en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la Resolución n.º 10323/2025, de 3 de junio, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, se convocan 12 plazas de residencia de estudiantes en la Hospedería Casa del Mar de Santa Cruz de Tenerife, para el curso académico 2025/2026 (BOC n.º 117, de 16.6.2025).

Segundo.- Por Resolución n.º 11919/2025, de 20 de junio, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, se constituye la Comisión de Valoración encargada del estudio y valoración de las solicitudes, de acuerdo con los criterios de baremación establecidos en la convocatoria, celebrándose sesiones los días 21 y 28 de julio de 2025.

Tercero.- A través de la Resolución n.º 15859/2025, de 6 de agosto, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, se aprueban y hacen públicas las listas provisionales del alumnado con adjudicación provisional de plaza y del alumnado excluido en el procedimiento para el acceso a plazas de residencia de estudiantes en la Hospedería Casa de Mar de Santa Cruz de Tenerife, para el curso académico 2025/2026 (BOC n.º 163, de 19.8.2025).

Cuarto.- Por medio de la Resolución n.º 19531/2025, de 12 de septiembre, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, se aprueba y se hace pública la lista definitiva de plaza, así como las listas de reserva y la de excluidos en dicho procedimiento (BOC n.º 188, de 23.9.2025).

Son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Por medio de la Resolución n.º 13249/2024, de 1 de julio, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (BOC n.º 137, de 15.7.2024), se regula el procedimiento que rige la convocatoria de plazas de residencia de estudiantes en la Hospedería Casa del Mar de Santa Cruz de Tenerife, para este curso 2025/2026. Se establece en el punto 11 de la convocatoria: “El alumnado con plaza adjudicada deberá presentar aceptación expresa (Anexo III) de la plaza concedida mediante registro electrónico, en el plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la adjudicación definitiva de las plazas. De no ser así, se entenderá que renuncia a la misma, procediéndose a conceder dicha plaza a la siguiente persona de la lista de reserva”.

Segundo.- La Comisión de Valoración, tras el estudio y baremación de la documentación aportada por cada una de las personas solicitantes, procede a confeccionar las listas de personas definitivamente admitidas, la lista de reserva -integrada por aquellas que, aun habiendo obtenido puntuación, quedan inicialmente fuera de la relación definitiva de admitidos- y la lista de personas excluidas del procedimiento. Dichas listas se aprueban y publican mediante la anteriormente citada Resolución n.º 19531/2025, de 12 de septiembre, de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (BOC n.º 188, de 23.9.2025).

Tercero.- De conformidad con lo establecido en la convocatoria, se otorga a las personas beneficiarias un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, para presentar la aceptación expresa de la plaza concedida mediante el modelo normalizado del procedimiento, a través de la sede electrónica. Vistos los documentos obrantes en el expediente no consta la aceptación expresa de los expedientes:

Ver anexo en la página 44501 del documento Descargar

Cuarto.- De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21 y 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante PACAP), la Administración está obligada a dictar resolución expresa en los procedimientos de concurrencia competitiva, continuando su tramitación respecto del resto de las personas interesadas cuando se produzca la renuncia de alguna de ellas. En consecuencia procede resolver, a fin de garantizar la continuidad y eficacia del procedimiento.

Quinto.- Por medio del Real Decreto 35/1999, de 15 de enero, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones y servicios de la Seguridad Social en materia de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina, entre los cuales se encuentra la Hospedería de la Casa del Mar de Santa Cruz de Tenerife, y en virtud de ello, la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 16 del Decreto 446/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.

Por lo expuesto anteriormente, en atención a la normativa citada y demás de pertinente aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Se declara la renuncia al derecho a la plaza concedida, conforme a lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto de las personas indicadas en la consideración jurídica tercera.

Segundo.- Aprobar la nueva lista definitiva de personas beneficiarias y la lista de reserva actualizada de plazas en la residencia de estudiantes de la Hospedería Casa de Mar de Santa Cruz de Tenerife, para el curso académico 2025/2026, resultante de la incorporación de las dos siguientes personas aspirantes por orden de prelación de la lista de reserva aprobada mediante Resolución n.º 19531/2025, de 12 de septiembre, que se incorpora como anexo.

Tercero.- Una vez publicada la lista definitiva de adjudicación de plazas en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de anuncios de la Hospedería Casa de Mar de Santa Cruz de Tenerife, las personas beneficiarias disponían de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, para presentar la aceptación expresa de la plaza concedida mediante el modelo normalizado del procedimiento, a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, accediendo a su expediente y aportando la documentación correspondiente a través del “Área personal”.

Transcurrido el plazo establecido sin haberse presentado la aceptación expresa, se entenderá que la persona interesada desiste de su derecho a la plaza, procediéndose, conforme a lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a adjudicarla a la siguiente persona de la lista de reserva, según el orden de prelación establecido.

En aquellos casos en que, por causa extraordinaria debidamente justificada, la persona adjudicataria no haya podido presentar la matrícula oficial del curso académico 2025/2026, deberá aportarla junto con la aceptación expresa; en caso contrario, quedará excluida y la plaza se adjudicará a la persona siguiente en la lista de reserva.

Una vez presentada la aceptación expresa de la plaza, las personas beneficiarias podrán incorporarse al alojamiento a partir del día siguiente hábil a dicha presentación. En todo caso, deberán hacer uso efectivo de la plaza dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles desde la presentación de la aceptación. Transcurrido dicho plazo sin haberse incorporado, perderán el derecho a la plaza concedida, salvo que medie causa de fuerza mayor debidamente acreditada ante esta Dirección General.

Las solicitudes de ampliación del plazo de incorporación por causa de fuerza mayor deberán presentarse mediante registro electrónico dirigido a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, adjuntando la documentación justificativa correspondiente. Dicha solicitud será valorada por este centro directivo, que podrá estimarla o desestimarla mediante resolución motivada.

Asimismo, el alumnado que, durante el curso académico, no utilice la habitación por razones justificadas deberá comunicarlo por escrito a la persona responsable de la Hospedería Casa de Mar, indicando el periodo de ausencia y aportando la documentación acreditativa. La falta de comunicación de la ausencia podrá conllevar la pérdida del alojamiento, mediante resolución motivada de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración que será notificada a la persona interesada.

Cuarto.- Notificar a los interesados a través de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Viceconsejería de Bienestar Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de octubre de 2025.- La Directora General de Servicios Sociales e Inmigración, Elisabet Santana Rosales.

ANEXO

LISTA DEFINITIVA DEL ALUMNADO CON ADJUDICACIÓN DE PLAZA

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LISTA DE RESERVA

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