Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de octubre de 2025, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio para la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias suscrito por la entidad pública empresarial Puertos Canarios y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca.
2025-10-24 · BOC-2025/211/3653
Suscrita la Adenda al “Convenio para la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias suscrito por la entidad pública empresarial Puertos Canarios y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias” (BOC n.º 217, de 20.10.2021), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda que figura como anexo a esta Resolución.
Canarias, a 14 de octubre de 2025.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Barrera Cabrera.
ANEXO
ADENDA AL “CONVENIO PARA LA CESIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS SUSCRITO POR LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL PUERTOS CANARIOS Y LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS” (BOC N.º 217, DE 20.10.2021).
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023), competente de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, aprobado por Decreto 212/2024, de 16 de diciembre (BOC n.º 256, de 23.12.2024), y actuando conforme a las atribuciones que le confieren los artículos 16.1. y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. Pablo Rodríguez Valido, Presidente de la entidad pública empresarial “Puertos Canarios”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, en relación con el Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023), el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC n.º 140, de 18.7.2023) y Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, aprobado por Decreto 193/2024, de 18 de noviembre (BOC n.º 235, de 25.11.2024), y en virtud del artículo 26.f) del citado texto legal y sus correlativos del Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de Puertos de Canarias, aprobado por Decreto 52/2005, de 12 de abril, en relación con la delegación del Consejo de Administración de Puertos Canarios de 20 de abril de 2016, por la que se atribuye al Presidente de la entidad la facultad para suscribir convenios.
Las partes actuantes se reconocen capacidad legal necesaria y suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto,
EXPONEN
I.- Que con fecha 5 de septiembre de 2021 se suscribió el “Convenio para la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias suscrito por la entidad pública empresarial Puertos Canarios y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias”, a través del cual se formaliza e instrumentaliza la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias del Grupo III del anexo de la Ley de Puertos de Canarias gestionadas por el ente Puertos Canarios. Dicho Convenio fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 217, de 20 de octubre de 2021.
II.- Formalizada e instrumentalizada la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias relacionadas en el Convenio, suscritas las correspondientes actas y asumida la gestión por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, a través de la Dirección General de Pesca, es de interés de ambas partes ampliar el número de instalaciones portuarias del Grupo III objeto de cesión, atendiendo a la actividad pesquera desarrollada y/o que se pretende promover por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria en los mismos, desarrollando y aclarando igualmente algunos aspectos del Convenio, en aras a facilitar su adecuado cumplimiento.
Por todo expuesto, las partes acuerdan suscribir la siguiente Adenda al ya referido Convenio.
ADENDA
Primera.- Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto modificar las cláusulas segunda y sexta del referido “Convenio para la cesión de la gestión de las instalaciones portuarias suscrito por la entidad pública empresarial Puertos Canarios y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias” en fecha 5 de septiembre de 2021 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 217, de 20 de octubre de 2021, así como su anexo relativo a las instalaciones portuarias objeto de cesión a dicha Consejería.
Segunda.- Modificación de la cláusula segunda.
Se modifica la cláusula segunda del citado Convenio, relativa a la gestión de las instalaciones portuarias, añadiendo un apartado tres, quedando dicha cláusula segunda redactada en los siguientes términos:
1.- La gestión de las instalaciones portuarias objeto del presente Convenio se entenderá cedida a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera del Decreto 52/2005, de 12 de abril, una vez suscrito el presente Convenio, abarcando la totalidad de las instalaciones portuarias insulares y medios materiales que dispongan.
Las partes acuerdan que en el plazo de tres meses desde la suscripción del presente Convenio, deberán estar suscritas todas las actas de entrega.
2.- La gestión de las instalaciones incluirá todas las actuaciones necesarias para ordenar la actividad y gestionar los servicios del sector pesquero, que se refieran entre otros a los Puntos de Primera Venta, cuartos de pertrechos, maquinaria e instalaciones destinadas para uso preferente del sector.
3.- En la gestión de las instalaciones portuarias, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria podrá aplicar en la gestión, uso y explotación de las instalaciones cedidas el régimen dispuesto en la normativa sectorial de aplicación y, en concreto, el determinado en la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialmente en lo relativo a la cesión, uso y explotación de bienes o derechos, todo ello atendiendo a lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición adicional segunda de dicha Ley.
Tercera.- Modificación de la cláusula sexta.
Se modifica la cláusula sexta sobre obligaciones y derechos del ente público Puertos Canarios en relación con las instalaciones portuarias cedidas. En concreto, se modifica su apartado c), que queda redactado como se indica a continuación:
c) Puertos Canarios se encargará de la conservación y mantenimiento de las infraestructuras básicas portuarias. Se considerarán infraestructuras básicas portuarias las formadas por los diques de abrigo, escollera, explanadas, calado del puerto, etc. afectas a las obras fijas de defensa, abrigo y atraque del puerto.
Cuarta.- Modificación del anexo. Relación actualizada de instalaciones.
Considerando la finalidad y objetivo del Convenio, atendiendo a la actividad pesquera existente o que se pretende promover en determinadas instalaciones portuarias no incluidas inicialmente en el Convenio de referencia suscrito el 5 de septiembre de 2021, se modifica su anexo “Instalaciones Portuarias” para añadir dos nuevas instalaciones: El Pris, en Tacoronte, y Punta Hidalgo, en San Cristóbal de La Laguna, ambas en la isla de Tenerife. De tal manera que se amplía la relación de instalaciones portuarias cedidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, quedando el anexo del citado Convenio como se expone a continuación:
Ver anexo en la página 44383 del documento Descargar
Quinta- Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda será perfeccionada y será eficaz desde la firma por las partes suscriptoras. Esta será inscrita en el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En Canarias, a 13 de octubre de 2025.- El Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.- El Presidente de Puertos Canarios, Pablo Rodríguez Valido.