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Disposición 2025/210/3638

Dirección General de Autónomos.- Extracto de la Resolución de 9 de octubre de 2025, por la que se amplía el crédito disponible de la convocatoria pública, en régimen de concurrencia no competitiva, de concesión de subvenciones de “cuota cero” dirigidas a las personas trabajadoras autónomas para el año 2025, reguladas mediante Orden de 18 de marzo de 2024.

2025-10-23 · BOC-2025/210/3638

BDNS (Identif.): 829822.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829822).

Primero.- Aprobar la ampliación del crédito presupuestario inicial por importe de ochocientos mil (800.000,00) euros para la convocatoria de subvenciones de “cuota cero”, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a las personas trabajadoras autónomas, consignado en la aplicación presupuestaria 15.19.241K.770.02, línea de actuación 237G0482 “Acciones de apoyo al establecimiento de nuevas actividades de trabajo autónomo”, con el fin de poder atender el mayor número de solicitudes posibles.

Segundo.- Aprobar el gasto por importe de ochocientos mil (800.000,00) euros con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Autónomos, programa 241K Refuerzo de la Capacidad Empresarial, partida presupuestaria 15.19.241K.770.02 Elemento PEP 237G0482, denominado “Acciones de apoyo al establecimiento de nuevas actividades de trabajo autónomo”.

Tercero.- Aprobado el citado incremento, declarar que el importe total para esta convocatoria asciende a tres millones trescientos mil (3.300.000,00) euros.

Cuarto.- Mantener en todos sus términos el resto de la Resolución n.º 23, de 29 de abril de 2025, por la que se aprueba, para el año 2025, la convocatoria pública, en régimen de concurrencia no competitiva, de concesión de subvenciones de “cuota cero” dirigidas a las personas trabajadoras autónomas, reguladas mediante Orden de 18 de marzo de 2024.

Quinto.- Lo dispuesto en la presente Resolución no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes.

Sexto.- Disponer la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de octubre de 2025.- La Directora General de Autónomos, Mónica Nuez Ramos.