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Disposición 2025/203/3538

Secretaría General Técnica.- Resolución de 2 de octubre de 2025, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía y la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria, como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria de subvenciones para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, en ejecución de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias, con cargo al instrumento de financiación europeo Fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

2025-10-14 · BOC-2025/203/3538

I. ANTECEDENTES

1.- El 22 de octubre de 2024 se suscribe Convenio entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía y la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria de subvenciones para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, en ejecución de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias, con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

2.- El pasado 28 de mayo de 2025, la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio se reunió y acordó proponer la modificación del Convenio, constando acta firmada el 3 y el 8 de julio de 2025 y propuesta anexa a dicha acta firmada el 17 y 18 de julio de 2025. Las modificaciones propuestas pretenden variar la frecuencia mínima con la que debe reunirse la Comisión Mixta de Seguimiento y reajustar las anualidades del gasto del Convenio, atendiendo a su funcionamiento real y sin afectar al coste total previsto del mismo.

3.- Con fecha de 17 de septiembre de 2025 se firma la Adenda de modificación del Convenio anteriormente mencionado por parte del Sr. D. Luis Padrón López, en representación de la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria firmándose por último el 29 de septiembre de 2025 por el Sr. D. Mariano Hernández Zapata, Consejero de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias.

A lo anterior le es de aplicación el siguiente

II. FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, se deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. En el mismo plazo también deberán publicar en el citado diario oficial los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

Por lo anterior y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 10.10 del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aprobado por Decreto 54/2021, de 27 de mayo, aplicable en virtud de la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda modificación del Convenio entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias y la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria de subvenciones para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, en ejecución de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias, con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2) a cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2025.- La Secretaria General Técnica, Celia María Martín Casañas.

ANEXO

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA Y LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO DE GRAN CANARIA COMO ENTIDAD COLABORADORA PARA LA GESTIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESPLIEGUE DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO E INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA EN EL SECTOR DEL TAXI, EN EJECUCIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ENERGÍA SOSTENIBLE EN LAS ISLAS CANARIAS, CON CARGO AL INSTRUMENTO DE FINANCIACIÓN EUROPEO FONDOS «NEXT GENERATION EU», EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (COMPONENTE 7, INVERSIÓN 2).

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Mariano Hernández Zapata, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su condición de Consejero de Transición Ecológica y Energía, designado por Decreto 43/2023, del Presidente, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias, en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 5.6 del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aprobado por Decreto 54/2021, de 27 de mayo, Boletín Oficial de Canarias n.º 117, de 8 de junio de 2021 (vigente en virtud de la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias), y teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 16.1 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

De otra parte, el Sr. D. Luis Fernando Padrón López, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria, cargo que ostenta en virtud de elección efectuada por el Pleno de la Cámara celebrado el 9 de junio de 2022, que le habilita para su representación de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, así como el artículo 15 de la Ley 10/2019, de 25 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias.

Las personas intervinientes se reconocen mutua y recíprocamente la competencia y la capacidad legal necesarias para formalizar el presente Convenio de Colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- El 22 de octubre de 2024 se suscribe Convenio entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía y la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria de subvenciones para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, en ejecución de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias, con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

Segundo.- El 28 de mayo de 2025, se reúne la Comisión Mixta de Seguimiento regulada en la cláusula novena del Convenio, con el fin, entre otras, de analizar la necesaria modificación del Convenio con el fin de ajustarlo económica y presupuestariamente, así como proponiendo también modificar la periodicidad de las reuniones de la Comisión Mixta anteriormente referida, adjuntando un anexo de propuesta de modificación.

En base a lo anterior, ambas partes suscriben la presente Adenda al Convenio de Colaboración y

ACUERDAN

Primero.- Modificar la cláusula séptima del Convenio, de tal forma que donde actualmente dice:

“[...] desglosado en las siguientes anualidades:

Ver anexo en la página 43479 del documento Descargar

[…]”.

Debe decir:

“[...] desglosado en las siguientes anualidades:

Ver anexo en la página 43479 del documento Descargar

[...]”.

Donde dice:

“[…] El número de horas estimadas en las diferentes fases de tramitación del procedimiento de subvención atiende al siguiente detalle.

Ver anexo en las páginas 43479-43480 del documento Descargar

[…]”.

Debe decir:

“[…] El número de horas estimadas en las diferentes fases de tramitación del procedimiento de subvención atiende al siguiente detalle.

Ver anexo en la página 43480 del documento Descargar

[…]”.

Donde dice:

“[…] El abono de la compensación económica se realizará a la finalización de cada periodo de gestión de la subvención, previa conformidad por parte del órgano instructor de la subvención, conforme al siguiente detalle:

Ver anexo en las páginas 43480-43481 del documento Descargar

[…]”.

Debe decir:

“[…] El abono de la compensación económica se realizará a la finalización de cada periodo de gestión de la subvención, previa conformidad por parte del órgano instructor de la subvención, conforme al siguiente detalle:

Ver anexo en la página 43481 del documento Descargar

[…]”.

Segundo.- Modificar la cláusula octava del Convenio, de tal forma que donde actualmente dice:

“[…] El crédito correspondiente al Convenio se financiará con cargo al presupuesto de gasto de la Consejería de Transición Ecológica y Energía aplicándose a la partida presupuestaria 1270 425A 2270900 Fondo 70M1224. El desglose por anualidades será el siguiente:

Ver anexo en la página 43481 del documento Descargar

[…]”.

Debe decir:

“[…] El crédito correspondiente al Convenio se financiará con cargo al presupuesto de gasto de la Consejería de Transición Ecológica y Energía aplicándose a la partida presupuestaria 1270 425A 2270900 Fondo 70M1224. El desglose por anualidades será el siguiente:

Ver anexo en la página 43481 del documento Descargar

[…]”.

Tercero.- Modificar el último párrafo de la cláusula novena del Convenio, de tal forma que donde actualmente dice:

“[…] La Comisión celebrará como mínimo reuniones bimensuales, pudiendo celebrarse reuniones en cualquier otro momento por petición expresa de alguna de las partes. De cada reunión se levantará un acta que deberá ser firmada por ambas partes”.

Debe decir:

“[…] La Comisión celebrará como mínimo reuniones semestrales, pudiendo celebrarse reuniones en cualquier otro momento por petición expresa de alguna de las partes. De cada reunión se levantará un acta que deberá ser firmada por ambas partes”.

Cuarto.- El resto de las estipulaciones del Convenio permanecen inalterables.

Y en prueba de conformidad, las partes lo firman, de forma digital, a 29 de septiembre de 2025.- El Consejero de Transición Ecológica y Energía, Mariano Hernández Zapata.- El Presidente de la Cámara de Gran Canaria, Luis Padrón López.

Secretaría General Técnica.- Resolución de 2 de octubre de 2025, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Transición Ecológica y Energía y la Cámara Oficial de Comercio de Gran Canaria, como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria de subvenciones para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, en ejecución de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias, con cargo al instrumento de financiación europeo Fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2). — BOC Canarias Web