Gerencia Municipal de Urbanismo.- Anuncio de 27 de agosto de 2025, relativo al inicio del procedimiento de Modificación Menor del Plan General de Ordenación, Adaptación básica 2004, para el nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y calle Los Pescadores, en Taco.
2025-10-13 · BOC-2025/202/3512
El Excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día once de mayo de dos mil veintitrés, en el punto 5 del orden del día, y en relación al expediente 2020007274, relativo al inicio de la Modificación Menor del Plan General de Ordenación, Adaptación básica 2004, para el nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y calle Los Pescadores, en Taco, promovido por Lanzateide Comercial, S.A., adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.- Iniciar el procedimiento de Modificación Menor del Plan General de Ordenación, Adaptación básica 2004, vigente, para el nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y la calle Los Pescadores, Taco, promovido por la entidad Lanzateide Comercial, S.A.
Segundo.- Designar como órgano promotor a la Gerencia Municipal de Urbanismo y, en cuanto al órgano ambiental, será el órgano ambiental la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, en virtud del Decreto 139/2021, de 23 de diciembre, de aceptación de delegación de competencias. Designar como director responsable de la elaboración de la modificación a quien esté ocupando la Jefatura del Servicio de Planeamiento y Planificación de dicha Gerencia.
Tercero.- Establecer el siguiente cronograma estimado de tramitación, de conformidad con el procedimiento establecido en la presente ley:
Inicio del procedimiento y remisión al órgano ambiental para el inicio del procedimiento simplificado de evaluación ambiental estratégica, o para que determine si no es necesaria la evaluación ambiental estratégica en el segundo (4 meses), en mayo de 2023; elaboración del documento para aprobación inicial en el final del segundo semestre de 2024, remisión a informes sectoriales previos a la aprobación inicial; aprobación e información pública y consulta por un periodo que variará dependiente del trámite ambiental; contestación de alegaciones; elaboración de la propuesta final de la modificación; remisión de la misma al órgano ambiental para la formulación de la declaración ambiental estratégica en plazo de dos meses; publicación de la misma; y sometimiento a la aprobación definitiva del pleno de la modificación.
Cuarto.- Ordenar la suspensión facultativa del otorgamiento de las licencias de obras de edificación (excluyendo las permitidas por la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en las situaciones legales de las construcciones preexistentes y en la situación de fuera de ordenación y las provisionales permitidas conforme al artículo 32 de la misma ley), en las zonas concretas del ámbito de la presente modificación donde se plantean por alguna de las alternativas cambios de uso industrial a viario, porque dificultarían la ejecución del planeamiento futuro, así como la suspensión de la autorización de obras de urbanización (excluyendo la mera conservación y mantenimiento) en las zonas donde se plantea por alguna de las alternativas el cambio de viario a uso industrial, por el mismo motivo. Se identifica con los siguientes ámbitos:
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Esta suspensión surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial, y tendrá un plazo de un (1) año.
Quinto.- Ordenar la publicación de este Acuerdo de suspensión en el Boletín Oficial de Canarias y en, al menos, dos de los diarios de mayor difusión en la isla, y notificar el Acuerdo al Servicio de Licencias y al Servicio de Gestión del Planeamiento, quienes notificarán a los peticionarios de licencias afectados, además, se dará traslado al Área de Obras e Infraestructuras.
Sexto.- Notificar el presente Acuerdo a todos los titulares de derechos incluidos en el ámbito de la modificación, y requerir a la interesada Lanzateide Comercial, S.A. que solicite información al Registro de la Propiedad para confirmar y completar la información de la propiedad y de titularidad de derechos reales en los últimos cinco años. Dicha información se aportará separadamente a la Gerencia para su incorporación al expediente.
Séptimo.- Tener por presentada la solicitud de inicio del procedimiento simplificado de evaluación ambiental estratégica relativo a la “Modificación Menor del vigente Plan General de Ordenación de La Laguna, Adaptación básica 2004, relativo a un nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y la calle Los Pescadores”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 del RPC y 29 de la LEA, acompañándose con la solicitud de inicio la siguiente documentación exigida por la normativa sectorial:
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El Documento Ambiental Estratégico, denominado “Documento Ambiental Estratégico_F, elaborado por D. José Acaymo Pérez Díaz (Licenciado en Ciencias Ambientales. 0857-COAMB), de fecha 1 de julio de 2022, con el contenido exigido en el artículo 29.1 de la LEA.
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El Borrador del Plan denominado “Memoria Borrador MM_Taco_R01f_fdo”, de fecha 1 de diciembre de 2022, y “Documento 2 Planos_F”, de fecha 1 de julio de 2022, elaborados por D. Emilio José Grande de Azpeitia (Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. 11196-COIngenieros).
Octavo.- Dar traslado a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias -órgano ambiental en virtud del Decreto 139/2021, de 23 de diciembre, de aceptación de delegación de competencias- del acto de trámite del Consejero Director de fecha 26 de agosto de 2021, por el que se solicita el inicio del procedimiento simplificado de evaluación ambiental estratégica relativo a la “Modificación Menor del vigente Plan General de Ordenación de La Laguna, Adaptación básica 2004, relativo a un nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y la calle Los Pescadores”, y los documentos exigidos legalmente, señalados en el punto anterior, a los efectos de que proceda a elaborar el informe ambiental estratégico, de conformidad con el artículo 116 del RPC y el artículo 31 de la LEA.
Noveno.- Remitir a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias copia del expediente administrativo n.º 2020007274, relativo a la “Modificación Menor del vigente Plan General de Ordenación de La Laguna, Adaptación básica 2004, relativo a un nuevo trazado viario entre la calle Las Industrias y la calle Los Pescadores”.
Décimo.- Contra el Acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación.
San Cristóbal de La Laguna, a 27 de agosto de 2025.- El Consejero Director, p.d.f. (Resolución n.º 3854/2023), la Jefa de Servicio de Planeamiento y Planificación, Ana Isabel Abreu Rosado.