Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 23 de septiembre de 2025, por la que se amplía la Resolución de 23 de julio de 2025, que dio publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas Corporaciones Locales de Canarias, a fin de incluir la convocatoria y bases específicas aprobadas por el Ayuntamiento de Santa María de Guía de Gran Canaria para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría, clase primera.
2025-10-08 · BOC-2025/199/3458
Examinado el procedimiento para la provisión, por concurso ordinario, de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en Corporaciones Locales canarias.
Y teniendo en cuenta los siguientes:
I. ANTECEDENTES
1.º) En el Boletín Oficial de Canarias n.º 154, de 5 de agosto de 2025, se publicó la Resolución de esta Dirección General, de 23 de julio anterior, por la que se dio publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas Corporaciones Locales de Canarias.
2.º) En virtud de oficio de 27 de agosto de 2025, recibido en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros, el mismo día, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa María de Guía de Gran Canaria remitió el Decreto n.º 2025-1713, de 26 de agosto, por el que se aprueba la convocatoria pública y las bases específicas para la provisión del puesto de trabajo de Secretaria de clase primera de la Corporación, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, al encontrarse vacante.
II. CONSIDERACIÓN JURÍDICA
Única.- El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado en virtud del apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, modificó, en su apartado 6, la regulación de los sistemas de provisión definitiva de los puestos de trabajo reservados a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
El Capítulo IV del Título II (artículos 28 a 44) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que constituye el desarrollo reglamentario del referido artículo 92 bis, incorpora previsiones específicas acerca de la provisión por concurso de méritos de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. De acuerdo con el artículo 29, apartados 1 y 2, la provisión de puestos de trabajo vacantes, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se efectuará mediante concurso ordinario de méritos, convocados, con carácter anual, por los Presidentes de las Corporaciones Locales y publicados, simultáneamente, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con arreglo a las previsiones contenidas en el Real Decreto. Con carácter subsidiario, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública convocará, con igual periodicidad, el concurso unitario en cada Subescala y/o categoría.
De conformidad con el artículo 37, los Presidentes de las Corporaciones Locales con puestos vacantes aprobarán la convocatoria de concurso ordinario anual, remitiéndola, dentro de los diez primeros días de febrero de cada año, a la Comunidad Autónoma respectiva para su publicación conjunta dentro del mismo mes. La Comunidad Autónoma, una vez publicadas las convocatorias, las remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública (en la actualidad, Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública), con referencia precisa del número y fecha del diario oficial en que han sido publicadas. Las Corporaciones Locales convocarán necesariamente, en los concursos anuales, los puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, incluyendo los cubiertos por funcionarios interinos o por funcionarios de la Corporación con nombramiento accidental. El Ministerio de Hacienda y Función Pública (en la actualidad, Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública) dispondrá la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un extracto de todas las convocatorias, que servirá de base para el cómputo de plazos, pudiendo salvarse en dicho trámite cualquier error u omisión producidos.
Esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 79.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024),
RESUELVE:
Primero.- Ampliar la Resolución de esta Dirección General, de 23 de julio de 2025, por la que se dio publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas Corporaciones Locales de Canarias (BOC n.º 154, de 5.8.2025), a fin de incluir, en extracto, la convocatoria y las bases específicas aprobadas por el Ayuntamiento de Santa María de Guía de Gran Canaria para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría, clase primera, en los términos siguientes:
Corporación: Santa María de Guía de Gran Canaria.
Denominación del puesto de trabajo: Secretaría, clase primera.
Subescala: Secretaría.
Categoría: Superior.
Nivel de complemento de destino: 30.
Cuantía del complemento específico anual: 25.730,88 euros.
Méritos específicos: no se establecen.
Méritos de determinación autonómica: conforme al Anexo II.
Realización de entrevista: se contempla la realización de entrevista.
Tribunal de Valoración:
El Tribunal de Valoración está integrado por los miembros siguientes:
- Presidente:
Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo Al.
- Vocales:
Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo Al.
Un funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo Al.
Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría que la del puesto convocado, perteneciente al Grupo A, Subgrupo Al.
Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Secretario/a: será designado de entre los vocales.
Se designarán los suplentes, con sujeción a los requisitos señalados.
Aprobación de la convocatoria y bases: Decreto de Alcaldía-Presidencia n.º 2025-1713, de fecha 26 de agosto de 2025.
Segundo.- Los actos administrativos de las Corporaciones Locales y de los Tribunales de Valoración, realizados en el procedimiento de concurso, podrán ser impugnados conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y comunicarla al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, para la publicación, en extracto, de la convocatoria y bases específicas a que se contrae la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, si resultare procedente.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de septiembre de 2025.- El Director General de la Función Pública, p.s. (Resolución n.º 4071/2025, de 1.9.2025, de la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia), la Directora General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos, Juana María Reyes Melián.