ANUNCIO por el que se hace público el Acuerdo de 26 de septiembre de 2025, que ordena la publicación del Convenio de Colaboración para el desarrollo coordinado del Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de isla de La Gomera, periodo 2025-2028.
2025-10-07 · BOC-2025/198/3446
El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector autonómico,
ACUERDO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio de Colaboración para el desarrollo coordinado del Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de la isla de La Gomera, periodo 2025-2028, que se anexa a la presente.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de septiembre de 2025.- El Presidente del Consejo de Administración, Manuel Miranda Medina.
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO COORDINADO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (SITCAN), EN EL ÁMBITO DE LA ISLA DE LA GOMERA, PERIODO 2025-2028.
En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de agosto del año 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Miranda Medina, Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, en calidad de Presidente del Consejo de Administración de la empresa Cartográfica de Canarias, S.A. (en adelante GRAFCAN), con CIF A38225926, domiciliada en la Avenida Juan XXIII, n.º 7, P.ª 3‐ Oficina 9, Edificio Campo España, código postal 35004, Las Palmas de Gran Canaria, y provisto de DNI *********.
Y de otra parte, D. Casimiro Curbelo Curbelo, en calidad de Presidente del Cabildo de La Gomera, con domicilio en la calle Profesor Armas Fernández, n.º 2, en San Sebastián de La Gomera, 38800, con CIF n.º P3800004H.
INTERVENCIÓN Y CAPACIDAD
El primero, en calidad de Presidente de la entidad mercantil pública Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN), con capacidad legal suficiente para este acto en virtud del acuerdo tomado en la Junta General Extraordinaria celebrada el 23 de marzo de 2024.
El segundo actúa en nombre del Cabildo de La Gomera, en virtud de lo dispuesto en los artículos 57 y 125.2 de la Ley 8/2015, de cabildos insulares, y en el artículo 24 del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, autorizado para este otorgamiento por Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular adoptado en sesión celebrada el día 29 de julio de 2025.
Las partes, en la condición en que intervienen, se reconocen la competencia y capacidad legal necesaria y suficiente para la firma del presente “Convenio de Colaboración para el desarrollo coordinado del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de la isla de La Gomera, anualidad 2025-2028”, a cuyos efectos,
EXPONEN
1.- Que el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el 2 de diciembre de 1989, aprobó la constitución de la empresa mercantil de capital público Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN) adscrita en la actualidad a Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial y cuyo objeto social incluye:
a) El registro de datos espaciales (cualquier dato que, de forma directa o indirecta, haga referencia a una localización o zona geográfica específica), mediante instrumentos de medición y sensores, para la generación de modelos y representaciones de ámbitos terrestres, marinos y atmosféricos.
b) El diseño, especificación, producción, control de calidad, mantenimiento y actualización de cartografías básicas, derivadas y temáticas y, en general, cualquier tipo de conjunto de datos espaciales.
c) El análisis, diseño, desarrollo, pruebas, implantación, formación, divulgación y gestión de Sistemas de Información Geográfica (SIG), Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE) y cualquier otro tipo infraestructura relacionada con la producción, difusión o explotación de información espacial.
d) La prestación de servicios, consultoría y asistencia técnica a los sectores público y privado en el marco de sus actividades vinculadas a la información espacial.
e) El desarrollo tecnológico, la gestión de datos y el soporte para la difusión de información del Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN). Así mismo, la ejecución de proyectos y trabajos planificados por el Gobierno de Canarias, u otras Administraciones adscritas al sistema, relativas a la producción, mantenimiento y reutilización de información espacial.
f) El apoyo y asesoramiento técnico a las Administraciones, que reconozcan a la sociedad como medio propio, en el ejercicio de sus competencias y desarrollo de actuaciones relacionadas con la información espacial. También, cuando así se demande, la representación institucional e interlocución en órganos y foros especializados en materia de información espacial.
g) La explotación de patentes, marcas y productos relacionados con los fines primordiales de la sociedad y con el objeto social.
h) Las actividades anteriormente enumeradas también podrán ser desarrolladas total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación, por cualquier medio hábil en derecho, en otras sociedades o comunidades que tengan objeto análogo o idéntico. Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio las leyes exijan requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad.
-
Que GRAFCAN, en virtud del Decreto 188/2001, de 15 de octubre, por el que se reconoce a diversas empresas públicas la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma (BOC n.º 146, de 9.11.2001), tiene dicha condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de entidad pública vinculada o dependiente de la misma.
-
Que con el acuerdo al artículo 70, del apartado 2.a), de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, el Cabildo de La Gomera tiene competencias en la ordenación del territorio, por lo que tiene interés de desarrollar un conjunto de actuaciones y líneas de intervención para la defensa y promoción de los intereses comunes de la isla, además de procurar, en la medida de sus competencias, el mejor funcionamiento de los servicios públicos en la Comunidad Canaria y de aunar esfuerzos en la colaboración de servicios de interés común. Por tanto, la firma del presente Convenio tiene como objeto incrementar la eficacia y eficiencia en las actuaciones conjuntas, aprovechando mejor los recursos, priorizando la colaboración y la información, el asesoramiento y la transparencia a los entes locales y a los ciudadanos, en general.
-
Que el Gobierno de Canarias ha venido desarrollando un importante esfuerzo inversor y planificador, desde 1994, en materia de cartografía e información geográfica para la creación y actualización de una base de datos geográfica única que proporcione un marco de referencia global, preciso y objetivo para conocer la realidad del territorio de Canarias.
-
Que la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un Sistema de Información Territorial que ha supuesto un importante avance en uno de los principales objetivos del Gobierno de Canarias: la modernización de los servicios públicos de las diferentes administraciones de la región. Esta modernización contempla la integración y disponibilidad de información para todas las gestiones públicas y la convergencia con la Ley 11/2007, derogada por la Ley 39/2015, del 1 de octubre, que como reconoce en su exposición de motivos, se concibe para contribuir a la configuración de una Administración moderna que haga del principio de eficacia y eficiencia su eje vertebrador siempre con la mira puesta en los ciudadanos.
-
Que GRAFCAN opera como empresa pública instrumental y realiza actividades de gestión, producción, mantenimiento, y difusión del Fondo Documental de Información Geográfica y Territorial de Canarias, siendo el responsable funcional y exclusivo del Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN). La Sociedad es el único organismo público que realiza la concesión de licencias de uso de datos y productos de información geográfica del SITCAN.
-
El Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN) para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias presenta las siguientes características:
a) Integrador: es un sistema de la Comunidad Autónoma de Canarias, que incluye a los Cabildos, Ayuntamientos y Administraciones Públicas de ámbito regional. Su estructura incluye a personas, máquinas, infraestructuras de comunicaciones y procedimientos organizados para producir, integrar, almacenar, analizar, visualizar y distribuir información pertinente, oportuna y precisa que responde a las necesidades de los usuarios. Se trata de una unidad integrada por elementos que interactúan entre sí con un objetivo común: la prestación de servicios de información geográfica y territorial.
b) Único: integra información de orígenes y sistemas diversos y heterogéneos, ofreciendo una realidad física unificada de la información geográfica y territorial de Canarias.
c) Necesario: desempeña un papel decisivo en la toma de decisiones para la gestión territorial y la planificación medioambiental de Canarias. Presta servicios en ámbitos de gestión donde el análisis, la planificación y la gestión de recursos relacionados con el territorio.
d) Transparente: desde el punto de vista social es una reconocida y eficaz ventana divulgativa de información que interesa y afecta a la ciudadanía, un instrumento que permite dar respuesta a la demanda, cada vez más intensa, de transparencia en la gestión.
e) Interoperable: sus servicios proveen diferentes alternativas para interactuar con la información. Desde interfaces para su descarga, pasando por servicios estándares interoperables integrables por otros sistemas de información, aplicaciones o desarrolladores de soluciones, hasta aplicaciones de visualización, edición y análisis de información territorial.
f) Dinámico: es sensible a las nuevas demandas de información y a las oportunidades que brinda la evolución tecnológica.
g) Fiable: su fiabilidad es la resultante de los controles de calidad a los que se someten sus contenidos como medida que asegura la armonía del conjunto y la disponibilidad del sistema los 365 días al año.
h) Histórico: posee series temporales de información geográfica, que permiten reproducir la evolución histórica de nuestro territorio. Estos archivos forman parte del Patrimonio Documental de la Comunidad Autónoma de Canarias.
-
Que el Consejo de Administración de GRAFCAN, con fecha 26 de mayo del 2011, y a propuesta de los representantes del Gobierno de Canarias, tomó medidas que permitiesen dar sostenibilidad y viabilidad al mantenimiento del SITCAN, cambiando la política de difusión de acceso gratuito y universal implantada en el año 2008 y aprobando para las Administraciones Públicas de Canarias un sistema de cofinanciación basado en cuotas, entre el Gobierno de Canarias, Cabildos y Ayuntamientos.
-
Paralelamente, cabe destacar la decisión adoptada por el Consejo de Administración de la citada empresa pública del Gobierno de Canarias, en su sesión celebrada el 26 de marzo de 2024, consistente en la permanencia del mismo importe de las cuotas insulares aprobadas el 11 de mayo de 2020 para la cofinanciación del SITCAN para el nuevo periodo: 2025-2028, que se desglosan en el Anexo I.
-
Que, con base en este sistema de cofinanciación, GRAFCAN realiza convenios con las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo coordinado del SITCAN. Este marco de relaciones interadministrativas viene determinado por el grado de cofinanciación de las actividades y planes de producción de información geográfica y territorial. De este modo el Gobierno de Canarias, a través de GRAFCAN, ha venido financiando tradicionalmente el sistema, con las aportaciones dinerarias siguientes:
Ver anexo en la página 42785 del documento Descargar
-
Que, en consonancia con lo anterior, el Cabildo de La Gomera aprobó en acuerdo del Consejo de Gobierno Insular el día 14 de mayo de 2021 la firma del “Convenio de Colaboración para el desarrollo coordinado del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de la isla de La Gomera, periodo 2021-2024”.
-
Que el Cabildo de La Gomera, al subscribir este Convenio, permite dar una solución insular que requiere promover determinadas actividades de interés para desarrollar políticas de Información Territorial en el ámbito local de la isla de La Gomera dentro del marco del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN).
-
Que el Cabildo de La Gomera entiende el SITCAN como herramienta fundamental para la gestión territorial y la planificación medioambiental de Canarias y como mecanismo de ayuda a la isla de La Gomera en el análisis, planificación, prevención, salvamento y gestión de crisis y de recursos relacionados con el territorio. Además, entiende el SITCAN como medio de difusión de información que interesa y afecta a la ciudadanía, y como instrumento que permite dar respuesta a la demanda creciente de transparencia en la gestión pública.
-
Que el Cabildo de La Gomera suscribe este Convenio que permitirá el acceso y el uso del Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN), favoreciendo un avance en la modernización de los servicios públicos de la administración. Esta modernización implica la integración y disponibilidad de la información territorial para todas las gestiones públicas y la convergencia con la Ley 11/2007, derogada por la Ley 39/2015, que como reconoce en su exposición de motivos, se concibe para contribuir a la configuración de una administración moderna que haga del principio de eficacia y eficiencia su eje vertebrador siempre con la mira puesta en los ciudadanos y en el sector económico.
-
Que el Cabildo de La Gomera, en acuerdo plenario celebrado el 29 de julio de 2025, aprueba el gasto de las anualidades de los años 2025, 2026, 2027 y 2028, de acuerdo con las cuotas expuestas en el Anexo I del presente Convenio.
-
Que el Cabildo de La Gomera y GRAFCAN se alinean junto al Gobierno de Canarias para alcanzar el cumplimiento de los “Objetivos de Desarrollo Sostenibles” en Canarias, dentro de sus competencias.
-
Que mediante el presente Convenio de Colaboración para el desarrollo del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de la isla de La Gomera, periodo 2025-2028, el Cabildo de La Gomera accede a los servicios y productos de bases cartográficas digitales e información territorial de la isla a través de las plataformas disponibles en el Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN).
-
Por todo lo expuesto, las partes intervinientes convienen en suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con lo establecido en las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.- Objeto del Convenio.
Es objeto del presente Convenio el establecimiento de las bases necesarias para el desarrollo coordinado del Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN) en el ámbito de la isla de La Gomera basado en la colaboración en materia de Información Geográfica y Territorial entre el Cabildo de La Gomera y GRAFCAN.
Segunda.- Normativa aplicable.
a) Se rige el presente Convenio y la competencia para su suscripción por lo dispuesto en la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), el Reglamento Orgánico de organización y funcionamiento interno del Excmo. Cabildo de La Gomera, publicado el 21 de octubre de 2016 en el Boletín Oficial de Canarias, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio.
b) Teniendo consideración también la Ley 14/1990, de 26 de julio, del Régimen Jurídico de las Administraciones de Canarias.
c) Se trata, por tanto, de un Convenio de naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -a tenor de lo dispuesto en los artículos 6.1 y 31.1 de la misma-, y sujeto a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y demás normativa aplicable en materia de convenios interadministrativos.
d) De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
e) Resulta, igualmente, aplicable la Ley 12/2014, de transparencia y acceso a la información pública de Canarias (BOC de 9.1.2015), que en su Título II indica las obligaciones de publicidad activa, siendo de importancia la difusión de la información a los ciudadanos en materia de ordenación territorial que se sustentan gracias al sistema de información, el cual dispone de una Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias).
f) Finalmente, ha de estarse a la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, regula el SITCAN, en su disposición adicional séptima.
Tercera.- Coordinación.
El Cabildo de La Gomera designará un coordinador/a perteneciente al área de Política Territorial, Medio Ambiente y Sector Primario del Excmo. Cabildo de La Gomera, que será el interlocutor válido con GRAFCAN para las distintas acciones relacionadas con el presente Convenio.
Cuarta.- Obligaciones de las partes.
Las partes firmantes del presente Convenio de Colaboración se comprometen a perseguir, dentro del ámbito de las competencias o funciones concurrentes que tienen encomendadas, fines comunes de interés público mediante la puesta en común y de forma coordinada, de medios personales, materiales o de ambos para el desarrollo coordinado de los Sistemas de Información Territorial.
GRAFCAN garantizará, durante la vigencia del Convenio, el desarrollo coordinado con el Cabildo de las siguientes actividades:
a) Descarga de Información Geográfica y Territorial del ámbito insular, a través del sistema de descarga habilitado a tal efecto.
La Información Cartográfica Digital, cuyos contenidos se desglosan en el Anexo II, se utiliza bajo la fórmula de arrendamiento o cesión de uso. Esta cesión es de carácter personal e intransferible y no exclusiva. Los productos que se relacionan en dicho anexo y que correspondan al ámbito territorial insular, podrán ser descargados sin limitaciones desde el sistema de Descarga de Información Geográfica y Territorial por el coordinador/a quien dispondrá de un código de acceso.
El uso de los productos del presente Convenio quedará sometido a la Licencia de Uso de GRAFCAN publicada en la web de la empresa www.grafcan.es, salvo que, específicamente, para cada caso concreto, ambas partes pacten, de común acuerdo, otras condiciones de uso.
b) Certificaciones de fototeca. Mediante la plataforma habilitada a tal efecto, el coordinador de la administración insular accederá a la visualización de las colecciones de fotografías aéreas, obtenidas con cámaras fotogramétricas analógicas y/o digitales, que constituyen el Fondo de Archivo Histórico Documental de Canarias con más de 330.000 fotogramas producidos entre 1960 y la actualidad, de las que más de 14.000 corresponden a la isla de La Gomera.
Se permitirá la generación de informes PDF a demanda sin limitación adicional. GRAFCAN acreditará mediante firma electrónica que es una reproducción sin alterar del archivo original, aportando datos técnicos, métricos y temporales precisos. El informe firmado electrónicamente tendrá el valor y efectos que disponga la entidad receptora.
c) Cesión a terceros. En aquellos supuestos que la ejecución de competencias propias, delegadas o encomendadas al Cabildo acudan a contrataciones externas (redacciones de proyectos, planes, etc.) que requieran el uso de productos de información geográfica, se comunicará a GRAFCAN a través del coordinador la cesión temporal a terceros, conforme al modelo que se adjunta como Anexo III, quien dará conformidad por escrito a la solicitud de cesión. GRAFCAN se reserva el derecho a dar su autorización o no a la cesión de las Bases Cartográficas Digitales.
La comunicación la realizará el coordinador a través del correo electrónico habilitado para dar soporte técnico por parte de Atención al Cliente, según lo establecido en el subapartado K) de esta estipulación.
Los productos y contenidos de información territoriales que no produce GRAFCAN, para ser puestos en disponibilidad a un tercero, precisarán de autorización por parte de las instituciones propietarias de los mismos además de cumplir con los requisitos que marca la ley sobre la protección jurídica de Bases de Datos y la ley orgánica que marca la legislación vigente, en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
Queda total y absolutamente prohibido poner a disposición de terceros la totalidad o parte del contenido de los productos y servicios de la Información Geográfica Digitales mediante reproducción o distribución de copias, alquiler, subarriendo transmisión en línea o cualesquiera otras formas. El incumplimiento de esta condición dará derecho a GRAFCAN a la resolución unilateral del presente Convenio.
d) Formación sobre el Sistema de Información Territorial de Canarias (SITCAN). GRAFCAN impartirá anualmente para el Cabildo de La Gomera cursos de formación online sobre el Sistema de Información Territorial de Canarias a través de la plataforma habilitada para ello. Además, GRAFCAN ofrecerá cursos presenciales en la isla de La Gomera para que los usuarios insulares tengan acceso a dicha formación presencial una vez al año.
Dentro de los cursos de formación online, se ofrecerán a lo largo del año píldoras formativas online de corta duración al objeto de informar de los diferentes proyectos en los que se trabaja vinculados al SITCAN, así como formación sobre nuevas herramientas o funcionalidades concretas.
Estará comprendida la recepción e inscripción de los interesados y la acreditación de aprovechamiento que será emitida por parte de GRAFCAN.
Las administraciones y entidades que deseen cursos de formación específicos a sus propias necesidades podrán disponer de la plataforma de formación a distancia dispuesta por GRAFCAN, cursos o talleres presenciales cuyo objetivo es promover acciones formativas relacionadas con el presente Convenio. El promotor de la acción formativa online y/o presencial sufragará el coste de la preparación de unidades teóricas y prácticas; así como también el tiempo de tutorización del profesor de GRAFCAN asignado sobre la plataforma online o cursos presenciales.
e) Asistencia técnica sobre la normalización del planeamiento y el acceso a la Base de Datos Geográfica de Planeamiento (GeoBDP). GRAFCAN prestará servicios de asistencia técnica para la normalización del planeamiento insular, asesorando, si fuera necesario, a los equipos redactores y a la oficina técnica insular sobre las posibles normalizaciones a realizar en el proceso de revisión o actualización de los distintos instrumentos de ordenación, con el fin de mantener e integrar dichos instrumentos en la GeoBDP para la difusión de planeamiento vigente en IDECanarias, desde el mismo momento de su formulación. Dicha GeoBDP es accesible actualmente a través de la url http://geobdp.grafcan.es, en la que se pueden consultar individualmente todos los instrumentos de ordenación integrados.
Asimismo, también se realizarán las siguientes asistencias técnicas:
-
Asistencia técnica en el suministro de información de planeamiento personalizada para los ámbitos de aplicación de planes y proyectos sobre el territorio, dentro de las cesiones temporales a terceros de información geográfica.
-
Asistencia técnica sobre incidencias, asesorías y notificaciones de actualización, a la oficina técnica, en materia del planeamiento sistematizado e integrado en la GeoBDP y los servicios wms de IDECanarias.”
f) Integración de la Red de Carreteras. GRAFCAN prestará asistencia al Cabildo para la integración de la Red de Carreteras insular en el SITCAN, con el fin de su difusión en IDECanarias, aportando así más medios al objetivo de transparencia de las instituciones públicas. La información para integrar será suministrada por los Cabildos en formato vectorial.
g) Asistencia técnica para la incorporación de un visor geográfico en la web Corporativa GRAFCAN se compromete a dar el soporte técnico necesario para la incorporación de un visor geográfico en la web de la corporación, que podrá tener los contenidos geográficos que el Cabildo estime oportuno (previamente deben estar publicados como servicios IDE).
h) Aplicación GIS para la gestión del territorio. Se dotará al visor de IDECanarias de la posibilidad de registrarse como usuario del Cabildo de La Gomera. Una vez validado el usuario este podrá acceder a nuevas funcionalidades y/o contenidos que no tendría como usuario anónimo. Asimismo, con el nuevo registro de usuario, este puede crear sus propias capas de información que quedarán almacenadas para futuras sesiones de trabajo. Cada año se comunicará al coordinador del Cabildo de La Gomera las nuevas funcionalidades y/o contenidos a los que tendrán accesos los usuarios registrados.
i) Análisis y publicación de información territorial. El Cabildo de La Gomera podrá solicitar a través de su coordinador, la publicación de contenidos de información territorial en las plataformas del SITCAN, para que GRAFCAN estudie y evalúe su viabilidad.
j) Acceso a la Red de Estaciones Permanentes GNSS de Canarias (REPCAN).
La Red de Estaciones Permanentes de Canarias está integrada por 17 estaciones GNSS distribuidas en todas las islas de archipiélago. Esta infraestructura ofrece las siguientes posibilidades:
-
Correcciones en tiempo real. La firma de este convenio por parte del Cabildo de La Gomera garantiza el acceso ilimitado a las correcciones en tiempo real de la Red de Estaciones Permanentes de Canarias. Estas correcciones permiten posicionamientos precisos en el momento en que se realizan las mediciones. Para ello es necesario disponer de receptores que admitan correcciones en los estándares CMR+, RTCM2.0 ó RTCM 3.0 y que dispongan de conexión a Internet.
-
Descarga libre de ficheros RINEX. Se incluyen registros diarios cada 30 segundos y horarios cada segundo.
Queda incluido bajo el marco del convenio el acceso ilimitado al servicio de correcciones en tiempo real de la Red de Estaciones Permanentes de Canarias.
k) Soporte técnico. Durante la vigencia de este Convenio, GRAFCAN pondrá a disposición de los usuarios/as de la corporación, soporte técnico a través de una línea directa telefónica de carácter privado (922 985 078) en días laborables de lunes a viernes. Además, se ofrecen diferentes direcciones de correo electrónico para solventar cualquier duda o problema técnico:
a. Soporte Atención al Cliente: atencionalcliente@grafcan.com.
b. Soporte IDECanarias: idecanarias@grafcan.com.
c. Soporte Servicio de Venta y Descarga: tiendavirtual@grafcan.com.
d. Soporte callejero: callejero@grafcan.com.
e. Soporte Antenas GNSS: gnss@grafcan.com.
f. Formación Online: formacion@grafcan.com.
l) Hosting de servicios IDE.
Si el Cabildo así lo requiere, GRAFCAN alojará en sus servidores, aplicaciones de su Infraestructura de Datos Espaciales, tales como WMS (Web Map Services) u otros formatos estándares, el visor IDE o el geoportal IDE insular. Los gastos derivados de la creación de WMS u otros formatos estándares y/o el desarrollo de estas aplicaciones correrán a cargo del Cabildo de La Gomera, pero no el hosting de todos los servidores necesarios que quedará cubierto por este Convenio.
También quedará cubierto el hosting de los productos que precise disponer desde el Servicio de Descarga de GRAFCAN.
m) Mejoras visor IDE.
En caso de que el Cabildo disponga del visor IDE insular basado en la tecnología del visor IDECanarias y alojado en los servidores de GRAFCAN, dicho visor evolucionará de la misma forma que el visor de IDECanarias incorporándose todas las mejoras y novedades directamente al visor insular.
n) Consultoría avanzada.
El Cabildo de La Gomera y su sector público podrán realizar, al amparo de este Convenio, la contratación de trabajo de consultoría avanzada, que tengan como objeto la realización de tareas específicas de análisis, programación o formación cuyo desempeño se realizada con la información recogida en la base de datos espaciales de Canarias (IDECanarias), así como los trabajos de recogida de datos de campo, de manera presencial o sensorizada, que puedan ser necesarios para la realización de dichos trabajos de consultoría. Los costes de dichos trabajos, dada su naturaleza puntual y particular, se establecerán de forma concreta por GRAFCAN y el organismo contratante, en su caso, y se entenderán, a nivel económico-presupuestario, no incluidos en el importe anual establecido en este Convenio.
o) Control de Cambios.
• Acceso a la información del control de cambios en el territorio (construcciones, viales y terreno).
• Acceso a la información de detección de depósitos de residuos incontrolados < 500 m2.
El Cabildo de La Gomera garantizará el desarrollo coordinado en las siguientes actividades:
a) El Cabildo de La Gomera como miembro de la Federación Canaria de Islas (FECAI) sensibilizará al resto de miembros adheridos a la federación sobre la importancia del desarrollo de las políticas de información geográficas y territoriales, donde las nuevas administraciones locales requieren de organizaciones flexibles, transparentes, colaborativas y orientadas a los servicios de interés público, en materia de información geográficas y territoriales cada vez más globalizadas.
b) El Cabildo favorecerá el desarrollo en el marco del Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN) de nuevas líneas, proyectos o actividades de interés para la “Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible (ACDS)”, donde los datos territoriales con atributos geolocalizados permitan avanzar en la transformación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, aportando simplificación administrativa, transformación digital, modernización e innovación, avanzar en la evaluación de políticas públicas, en la ejecución de políticas en materia de transparencia, participación y colaboración ciudadana, repercutiendo así en la sostenibilidad social, económica, medioambiental y mejora de nuestra sociedad.
c) Dinamizar, juntamente con GRAFCAN, actuaciones que desarrollen la información territorial en el ámbito insular.
d) Desarrollar, potenciar, estudiar, y, en su caso, promover la implantación de las Gobernanzas Abiertas en materia de Información Geográfica y Territorial para el ámbito insular.
e) Fomentar, juntamente con GRAFCAN, la difusión del conocimiento territorial en el ámbito insular, con el objeto de aumentar la participación ciudadana, utilizando los instrumentos y plataformas disponibles en el Sistema de Información Territorial de Canarias, por ejemplo, la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias).
f) Fomentar, dentro de sus competencias, los servicios públicos de información geográfica e información territorial gestionados por el ente instrumental público GRAFCAN con el objeto de dinamizar políticas de información territorial, análisis territorial y actividades de valor añadido en el ámbito insular.
g) Colaboración con la revisión y actualización de la información geográfica y territorial, detallando tanto los cambios como las incongruencias, y dando validez oficial a los datos que se publiquen mediante la verificación de los mismos.
h) Colaboración en las actuaciones y proyectos transversales que se lleven a cabo, aportando información y cooperando en las actividades necesarias por parte de la entidad local, siempre dentro de su marco competencial, para materializar dichos proyectos.
i) Colaboración logística para el despliegue de sensores y dispositivos que favorezcan la adquisición de datos territoriales para su explotación dentro del marco del SITCAN.
j) El Cabildo de La Gomera podrá realizar actividades o líneas de actuación en materia de Ingeniería de la Información Territorial que precise. GRAFCAN realizará dichas tareas conforme a las tarifas vigentes aplicables, como medio propio instrumental.
Quinta.- Plazo.
El presente Convenio tendrá un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2028, pudiendo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes de conformidad con la legislación vigente.
Sexta.- Compromisos económicos asumidos por las partes.
El Cabildo de La Gomera se comprometen a abonar a GRAFCAN la cantidad anual establecida como cuota en el Anexo I. GRAFCAN emitirá factura al Cabildo para la contabilización del ejercicio correspondiente. El abono de dicha cantidad podrá realizarse preferentemente mediante cualquier medio que garantice el cobro de la deuda, dentro de los 60 primeros días del comienzo de la anualidad en curso del Convenio o prórroga del mismo, siendo justificación suficiente de dicha autorización copia del presente Acuerdo.
Séptima.- Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control del Convenio.
Para el seguimiento del Convenio se designará a una Comisión Mixta que resolverá los problemas de interpretación y correcto cumplimiento que puedan plantearse durante la vigencia del mismo. La Comisión estará compuesta por dos representantes de cada entidad firmante.
La Comisión Mixta podrá proponer iniciativas conjuntas para satisfacer las necesidades planteadas en la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible (ACDS) y otras que pudieran surgir en interés de ambas partes vinculadas al SITCAN.
Serán funciones de la Comisión: la vigilancia y control de las actuaciones que está previsto que se desarrollen en el marco del presente Convenio; dictar instrucciones necesarias para asegurar su adecuada realización; informar a las partes de las incidencias acaecidas durante la ejecución del Convenio e informar la propuesta razonada de modificación del Convenio.
Asimismo, la Comisión establecerá mecanismo de evaluación que permitan valorar, al menos anualmente, la conveniencia de continuar con la vigencia del Convenio o, en su caso, proceder a la denuncia del mismo.
Octava.- Causas de extinción.
-
Son causas de extinción del presente Convenio las previstas con carácter general en el artículo 51 de la Ley 40/2015.
-
Es causa de extinción, igualmente, el ejercicio de la facultad resolutoria por el incumplimiento de las obligaciones del convenio, previo requerimiento de cumplimiento previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015.
Si el incumplimiento fuera imputable al Cabildo de La Gomera y consistiera en el impago de las cuotas devengadas o en el incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones sobre cesión a terceros previstas en la estipulación cuarta c), GRAFCAN podrá optar, unilateralmente, por el ejercicio de la potestad resolutoria prevista en el párrafo anterior, o bien por: (i) resolver y dejar sin efecto exclusivamente la adhesión al Convenio, (ii) suspender temporalmente las prestaciones a favor del Cabildo de La Gomera hasta tanto se verifique el cumplimiento de la obligación incumplida.
GRAFCAN deberá informar el hecho al Cabildo de La Gomera, a través de la Comisión de Seguimiento, al objeto de que la decisión final, en la medida de los posible, pueda ser consensuadas por ambas partes.
El ejercicio de dicha facultad deberá ser precedido, en todos los casos, del previo requerimiento previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/20015 y facultará, igualmente, a GRAFCAN a adoptar las medidas cautelares que resulten pertinentes para evitar la continuación del incumplimiento en cuanto a la cesión indebida o no autorizada a terceros.
Tras el supuesto de resolución anticipada por solicitud del Cabildo antes de la finalización del periodo de la vigencia del presente Acuerdo, se obligará al Cabildo a satisfacer el pago de la cantidad proporcional correspondiente a la cuota hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Si el incumplimiento fuere imputable a GRAFCAN, el Cabildo podrá optar por el ejercicio de la potestad resolutoria prevista en el primer párrafo de este número.
- Las partes intervinientes podrán desistir anticipadamente del presente Convenio, comunicándolo por escrito con una antelación mínima de 1 mes al vencimiento del año natural en que dicho desistimiento tenga lugar. En el supuesto de desistimiento por el Cabildo, este vendrá obligado a satisfacer las cuotas correspondientes hasta la finalización del año natural en que tenga lugar el desistimiento. Por otro lado , si mediera incumplimiento por cualquiera de las partes de los compromisos y obligaciones adquiridas en el presente Convenio, se acuerda que la parte que se vea perjudicada podrá instar la resolución del convenio asumiendo en este caso cada parte los compromisos económicos y daños y perjuicios que sean cuantificables en atención a la acción o inacción que haya motivado la resolución convencional; todo ello de conformidad con los artículos 9.e) de la Ley 40/2015, y 7.j) del Decreto 11/2019.
Novena.- Propiedad intelectual e industrial.
Los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial involucrados en relación con el presente Convenio, así como la información de las Cartográficas Digitales cedidas y las aplicaciones informáticas que permiten la consulta, impresión o extracción de los contenidos de las citadas bases, se encuentran enmarcados dentro de la Ley de Propiedad Intelectual 1/1996, de 12 de abril, modificada por la Ley 5/1998, de 6 de marzo, sobre protección jurídica de bases de datos. Los contenidos, textos, fotografías, imágenes, dibujos, audio, video, software, logotipos o diseños están protegidos por dicha normativa de Propiedad Intelectual e Industrial y por la Ley 19/2006, de 5 de junio, por la que se amplían los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicación de diversos reglamentos comunitarios. El acceso a este material no supondrá en forma alguna licencia para su reproducción, modificación y/o distribución que, en todo caso, estará prohibida salvo previo y expreso consentimiento de GRAFCAN.
Décima.- Datos de carácter personal.
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente Convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente Convenio y una vez terminado este.
El Cabildo de La Gomera y GRAFCAN se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este Convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo de este, serán tratados por el Cabildo de La Gomera o por GRAFCAN, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente Convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por el Cabildo de La Gomera serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Servicio de Contratación” cuya finalidad es la gestión del Convenio de Colaboración para el desarrollo coordinado del sistema de información territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), en el ámbito de la isla de La Gomera, anualidad 2025-2028, y cuya base legal es: RGPD 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración para la tramitación y otras administraciones /poderes públicos para el ejercicio de sus competencias legales. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por GRAFCAN, estos tendrán que ser tratados e incorporados a la actividad de tratamiento establecida por dicha Institución de derecho público, para la ejecución del presente Convenio, cuya base legal se encuentra en el artículo 6.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos “el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos personales podrán ser comunicados al Cabildo de La Gomera, así como a otras entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder estos, en los supuestos previstos, según Ley.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados. Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente Convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos a efectos de resolver cuestiones en materia de protección de datos:
-
DPD del Cabildo de La Gomera: dpd@lagomera.es.
-
DPD de GRAFCAN: datos@grafcan.com.
Undécima.- Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación o interpretación de este Convenio Marco deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, pudiendo acudir si fuera preciso a la mediación; de no ser posible la solución por mutuo acuerdo, cualquier controversia será planteada ante la Sala de lo Contencioso-administrativo.
Duodécima.- Modificación del Convenio.
La modificación del presente Convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
Decimotercero.- Publicación e inscripción.
El presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, y será inscrito en el Registro Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes intervinientes firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.- Por Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN), Manuel Miranda Medina, Presidente.- Por el Cabildo de La Gomera, Casimiro Curbelo Curbelo, Presidente.
ANEXO I
CUOTAS INSULARES ESTABLECIDAS PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SITCAN
Ver anexo en la página 42797 del documento Descargar
ANEXO II
INFORMACIÓN CARTOGRÁFICAS DIGITALES
Se activará la descarga solo de los ficheros de la última versión disponible que entren dentro del ámbito insular:
Ver anexo en las páginas 42798-42799 del documento Descargar
Información técnica para todos los productos:
• Sistema de Referencia ITRF93.
• Elipsoide WGS84.
• Red Geodésica REGCAN95 (Versión 2001).
• Sistema de proyección UTM.
• Huso 28 N (extendido).
Altitudes referidas al nivel medio del mar determinado por el mareógrafo del puerto principal de cada isla.
ANEXO III
CESIÓN TEMPORAL A TERCEROS
Ver anexo en la página 42800 del documento Descargar