Dirección General de Transportes y Movilidad.- Resolución de 24 de septiembre de 2025, por la que se fijan la fecha y lugares de celebración, así como el Tribunal Calificador, de las pruebas para la obtención y renovación del Certificado de Capacitación Profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, a celebrar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2025.
2025-10-07 · BOC-2025/198/3443
Visto el informe-propuesta del Servicio de Transporte Terrestre por el que se fijan la fecha y lugares de celebración, así como el Tribunal Calificador, de las pruebas para la obtención y renovación del Certificado de Capacitación Profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, correspondientes al año 2025.
De conformidad con lo establecido en la base séptima de la Resolución de 27 de junio 2025, de la Dirección General de Transportes y Movilidad (BOC n.º 139, de 15.7.2025), por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación del Certificado de Capacitación Profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2025, resulta procedente fijar la fecha y lugares de celebración de las pruebas, así como designar los miembros del Tribunal.
La Dirección General de Transportes y Movilidad es competente para el reconocimiento de las distintas capacitaciones profesionales conforme al artículo 40.6 del Decreto 193/2024, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad (BOC n.º 235, de 25 de noviembre).
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.- Fijar la fecha, así como los lugares de celebración y horas, para la realización de las pruebas de obtención y renovación de los Certificados de Capacitación Profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y la composición de los tribunales de las mismas.
I.- Ejercicios para la obtención del certificado:
Miércoles 12 de noviembre de 2025:
• Ejercicio para todas las especialidades, llamamiento a las 8:50 horas.
• Ejercicio para las especialidades de resto de clases, clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9, llamamiento a las 11:00 horas.
• Ejercicio para la especialidad de Gases clase 2, y para la especialidad de Explosivos, llamamiento a las 12:00 horas.
• Ejercicio para las especialidades de Materias Líquidas Inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas UN 1202 (Gasóleo), UN 1203 (Gasolina), UN 1223 (Queroseno), UN 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o Mezcla de etanol y combustible para motores) y los combustibles de aviación con los números UN 1268 y UN 1863 (Productos petrolíferos), llamamiento a las 13:00 horas.
II.- Ejercicios para la renovación del certificado:
El examen para la renovación de los Certificados de Capacitación Profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera consistirá en la realización únicamente de la primera de las pruebas en que consiste el examen, por lo que deberán presentarse a las preguntas de tipo test, en el lugar, fecha y hora que las requeridas para el examen de obtención del certificado correspondiente.
III.- Lugares de celebración:
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En la provincia de Las Palmas: Sala de Juntas (planta 1.ª), Edificio de Usos Múltiples I, calle Profesor Agustín Millares Carlo, 22, Las Palmas de Gran Canaria.
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En la provincia de Santa Cruz de Tenerife: Instituto Canario de Administraciones Públicas, calle José de Zárate y Penichet, 4, Plaza Residencial Anaga (Edificio Arco Iris, 1.ª), Santa Cruz de Tenerife.
Segundo.- Nombrar el Tribunal para las distintas especialidades de las pruebas de capacitación para la obtención y renovación del Certificado de Capacitación Profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, que percibirá las indemnizaciones previstas por asistencia a órganos de selección clasificado de 5.ª categoría, de conformidad con lo previsto en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón de servicio, modificado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo. El número máximo de sesiones a devengar por las personas designadas como miembros del Tribunal será de treinta.
Estará constituido por las siguientes personas:
Presidente: Dña. Josefa Melián Santana.
Suplente: D. Miguel Jesús González Toledo.
Secretario: D. Dalmacio Benítez López.
Suplente: D. Celio Hernández Álvarez.
Vocales: Dña. Amada Jiménez Ojeda, D. Pedro Fermín González Camacho y Dña. Emérita Díaz Rodríguez.
Suplentes: D. Celio Hernández Álvarez, Dña. Nisamar Elisa Díaz López, D. Román Esquerro García, D. Miguel Jesús González Toledo, Dña. Marta Molo Amorós, Dña. Blanca Castro Torres y Dña. Soraya Josefa Ramos Mendoza.
Colaboradores: D. Celio Hernández Álvarez, Dña. Nisamar Elisa Díaz López, D. Miguel Jesús González Toledo, Román Esquerro García, Dña. Marta Molo Amorós, Dña. Blanca Castro Torres y Dña. Soraya Josefa Ramos Mendoza.
Asimismo, se informa que la lista definitiva de personas admitidas a las pruebas se podrá consultar en la sede electrónica del Gobierno de Canarias en el área personal del interesado: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal, y en la web de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad: https://www.gobiernodecanarias.org/transportes/terrestre/consejero-seguridad-de-mercancias-peligrosas/listados/
Tercero.- De acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la Resolución de 27 de junio 2025, de la Dirección General de Transportes y Movilidad (BOC n.º 139, de 15.7.2025), por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación del Certificado de Capacitación Profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera a celebrar en la Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2025, las personas físicas aspirantes deberán acudir provistas de bolígrafo, lápiz, goma y afilador, pudiendo llevar asimismo máquinas calculadoras sin memoria, al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resulten necesarias.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de acuerdo con lo previsto en el artículo 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime oportuno.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de 2025.- La Directora General de Transportes y Movilidad, María Fernández Pérez.