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Disposición 2025/196/3411

ORDEN de 22 de septiembre de 2025, por la que se modifica por tercera vez el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026.

2025-10-03 · BOC-2025/196/3411

Examinado el expediente de modificación de la Orden n.º 137/2024, de 8 de mayo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Vistas las modificaciones propuestas por la Viceconsejería de Universidades de Investigación, la Dirección General de Universidades e Investigación, la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural, la Dirección General de Innovación Cultural e Industrias Creativas y la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden n.º 137/2024, de 8 de mayo de 2024, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026 (BOC n.º 97, de 17.5.2024), en adelante PES.

Segundo.- Mediante Orden n.º 382/2024, de 28 de octubre de 2024, se modificó el PES del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026.

Tercero.- Mediante Orden n.º 342/2025, de 8 de mayo de 2025, se modificó por segunda vez el PES del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026.

Cuarto.- El PES incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los centros directivos que conforman la estructura actual del Departamento acorde a su ámbito competencial, derivada del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias:

• Viceconsejería de Universidades e Investigación.

• Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural.

• Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

• Secretaría General Técnica.

• Dirección General de Universidades e Investigación.

• Dirección General de Ordenación, Innovación y de la Calidad Universitaria.

• Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural.

• Dirección General de Innovación Cultural e Industrias Creativas.

Quinto.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que se propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan Estratégico de Subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aún no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento.

Sexto.- El PES prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, una vigencia de tres años, circunscribiéndose a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura para el periodo 2024-2026, sin perjuicio de la continuidad que pueda tener en planes futuros.

Séptimo.- De conformidad con el artículo 8.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, los planes estratégicos de subvenciones serán anualmente actualizados con la información relevante disponible.

Octavo.- A raíz de la aprobación de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, se hace necesaria una nueva modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026, con el fin de proceder a su actualización conforme a las previsiones de la citada Ley.

Noveno.- La modificación del PES aprobado se motiva en la necesidad de incorporar nuevas líneas de subvenciones y modificar algunas de las ya contempladas, en base a las propuestas de modificación presentadas por los centros directivos que a continuación se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.

Décimo.- Durante el presente ejercicio económico, por parte de la Secretaría General Técnica de esta Consejería se ha interesado la formulación de propuestas de modificación a tenor de las circunstancias concretas que se han producido en el marco de los programas presupuestarios, lo que ha determinado el inicio de los trámites tendentes a modificar el PES aprobado.

Con objeto de tener la información organizada y ordenada, se considera absolutamente necesario recoger en un único documento la totalidad del Plan Estratégico de Subvenciones, por lo que una vez desglosadas las modificaciones que se efectúan sobre el PES vigente (Anexo I), se recoge la totalidad del mismo en un único anexo (Anexo II).

Undécimo.- La Viceconsejería de Universidades e Investigación propone:

a) La modificación de la línea de subvención:

  • “Celebración del Campus África”, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.03.321A.48002.174G1866 Campus África, con crédito de 200.000,00 euros y plazo de vigencia 2025-2026.

Incorporándose los indicadores de gestión de forma más concreta.

b) La inclusión de la siguiente línea de subvención:

  • “Cátedra Canarias África”, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.03.321A.480.20100.174G2209 Cátedra Canarias-África, con crédito de 20.000 euros y plazo de vigencia 2025.

Con esta línea de subvención se pretende fomentar y crear espacios de aprendizaje, reflexión y conocimiento a través de la realización y desarrollo de programas de investigación que favorezcan la sensibilidad y conocimiento de las cuestiones étnicas de interés cultural, patrimonial y matriarcal del Continente Africano en relación con Canarias.

Duodécimo.- La Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural propone:

a) La inclusión de la línea de subvención que se indica a continuación:

  • “Fundación internacional Alfredo Kraus, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.334A.482.0200.174G1716 Fundación internacional Alfredo Kraus, con crédito de 13.500 euros y plazo de vigencia 2025.

Con esta línea de subvención se pretende impulsar la actividad cultural, apoyando a las entidades que fomentan la música clásica a nivel nacional e internacional fundamentalmente con el objeto de su conservación y difusión.

Decimotercero.- La Dirección General de Universidades e Investigación propone:

a) La modificación de la línea de subvención que se relaciona a continuación:

  • “Convocatoria de ayudas universitarias para cubrir los costes de desplazamiento para realizar estudios de Grado y Máster en Universidades Públicas”, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.04.323A.48001.174G1715 Ayudas transporte estudiantes residentes.

Se modifica la clasificación económica del 480.01 Transferencia a familias e instituciones sin fines de lucro a la 480.02 Subvenciones a familias e instituciones sin fines de lucro.

b) La inclusión de la siguiente línea de subvención:

  • “Subvención directa a favor de las universidades públicas ubicadas en Canarias por organización de jornadas, seminarios y conferencias formativas”, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.04.323A.446.02.174G2389 Subvenciones para jornadas y congresos, con crédito de 20.000 euros para cada uno de los años 2025 y 2026.

Decimocuarto.- La Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural propone:

a) La eliminación de la siguiente línea de subvención:

  • “Recupera Canarias”. Esta línea de subvención se destinó a financiar obras de mantenimiento, conservación y mejora de inmuebles privados protegidos por su valor patrimonial, con una dotación prevista de 500.000 euros y un planteamiento de convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Esta decisión obedece a criterios de eficacia y eficiencia en el uso de los recursos públicos, en un contexto de limitación presupuestaria generalizada que obliga a priorizar líneas de acción con mayor impacto territorial y mejor rendimiento administrativo. En este sentido, se ha observado que varios cabildos insulares ya desarrollan, con regularidad, convocatorias de subvenciones con un objeto similar al de esta línea, pero con dotaciones económicas significativamente superiores, lo que hace redundante y escasamente competitiva la propuesta autonómica en términos de capacidad de atracción y utilidad real para los destinatarios. Por su parte, el hecho de que se trataba de una línea nueva y los plazos de aprobación del PES impidieron y retrasaron la posible aprobación de unas bases generales. Asimismo, al tratarse de una línea de nueva creación, sin convocatorias previas ni resultados evaluables, no se justifica su inclusión en un escenario de ajuste financiero, siendo más adecuado reforzar la cooperación con los cabildos insulares y ayuntamientos mediante otras fórmulas que permitan coordinar esfuerzos y evitar duplicidades, alineando los recursos públicos con los principios de complementariedad y subsidiariedad.

En consecuencia, y con el fin de optimizar el impacto de las políticas públicas en materia de protección del patrimonio cultural, se considera procedente retirar esta línea del Plan Estratégico de Subvenciones 2025, sin perjuicio de que pueda ser reconsiderada en ejercicios futuros si las condiciones presupuestarias lo permiten y se constata una necesidad no cubierta por las entidades insulares competentes.

b) La inclusión de las siguientes líneas de subvención:

  • “Fuerteventura restaura: exposición y publicación sobre bienes restaurados (Cabildo Insular de Fuerteventura)”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.337A.247G0199 Recupera Canarias, por un importe total de 50.000 euros, en 2025.

La edición de esta publicación sobre bienes restaurados supone una herramienta clave de divulgación del trabajo público de conservación del patrimonio artístico de Fuerteventura. Se trata de una iniciativa de alto valor cultural, educativo y social que contribuye a la sensibilización ciudadana, al refuerzo de la identidad insular y al reconocimiento del patrimonio como bien común. Su carácter singular y su potencial impacto justifica la concesión directa.

  • “Espacios majos: investigación, conservación y difusión del patrimonio arqueológico de Fuerteventura (Cabildo de Fuerteventura)”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.337A.247G0199 Recupera Canarias, por un importe total de 100.000 euros para 2025.

Este proyecto impulsa excavaciones arqueológicas, la redacción de proyectos de conservación y la difusión del patrimonio aborigen majorero, en especial de los yacimientos y manifestaciones rupestres.

La protección del patrimonio arqueológico no solo es una obligación legal, sino también una prioridad estratégica de interés general, que requiere planificación, continuidad y una respuesta inmediata ante riesgos de deterioro. Se justifica, por tanto, la financiación directa al Cabildo, administración competente y con capacidad operativa en el territorio.

  • “Proyecto museológico y museográfico del Museo Arqueológico de Fuerteventura (Cabildo Insular de Fuerteventura)”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.337A.247G0199 Recupera Canarias, a ejecutar en 2025 por un importe total de 50.000 euros.

La necesidad de definir los contenidos, el discurso expositivo y la adecuación museográfica del Museo Arqueológico de Fuerteventura constituye una actuación prioritaria de interés general, al tratarse de una infraestructura cultural estratégica para la difusión del pasado indígena de la isla. Este proyecto completa el proceso iniciado con la apertura del museo y es clave para su consolidación como centro de referencia. La financiación directa garantiza una ejecución coordinada, eficiente y adaptada a la realidad insular.

  • “Adquisición de inmuebles colindantes al bien de interés cultural “Molino Quemado” de Mogán (Ayuntamiento de Mogán), con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.337A.247G0199 Recupera Canarias, por un importe total de 65.780,94 euros para 2025.

La expropiación de estas dos propiedades responde a la necesidad de garantizar la protección integral del Sitio Etnológico “Molino Quemado” y su entorno, mediante la habilitación de un espacio museístico y una zona de aparcamiento que permita su puesta en uso público. Esta actuación tiene un marcado interés público al permitir la recuperación patrimonial, la ordenación del entorno y el acceso universal, promoviendo además la creación de un equipamiento cultural de escala municipal con vocación insular. Dada su urgencia e importancia estratégica, se justifica la concesión directa al Ayuntamiento de Mogán.

  • “Fomento de la actividad cultural en áreas rurales”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.334A.174G2418 Fomento Actividad Cultural en Medio Rural, por un importe total de 66.878,55 euros para 2025.

La finalidad del proyecto se concreta en:

• Impulsar y diversificar la actividad, la creación, las prácticas y los procesos culturales contemporáneos en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales, territoriales y culturales específicos, contribuyendo a la construcción de nuevos relatos, imaginarios, representaciones, estéticas, valores y actitudes para el medio rural en el contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo, así como poner en valor, en diálogo con el presente, el patrimonio y los conocimientos y saberes tradicionales.

• Promover, desde un enfoque de derechos culturales, la inclusión y estimular la participación ciudadana activa en la actividad cultural como instrumento de participación democrática, bienestar, salud y cohesión social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de género, intergeneracionalidad y participación infantil y juvenil.

• Impulsar la dinamización, modernización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos que operan en el medio rural, favoreciendo la generación de empleo, la profesionalización y la creación de redes profesionales, así como ayudar a la consecución de la igualdad de género en el empleo en estos sectores.

• Favorecer la diversidad cultural, el diálogo intercultural y el intercambio rural-urbano.

• Fomentar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible y la conciencia y sostenibilidades medioambientales, así como el establecimiento de alianzas con sectores no culturales de especial relevancia en el medio rural: agricultura, ganadería, medio ambiente, transición ecológica, reto demográfico, igualdad, educación o salud.

  • “Desarrollo de proyectos de arte y educación”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1707.334A.174G2416 Desarrollo de proyectos de Arte y Educación, por un importe total de 104.581,00 euros para 2025.

La finalidad del proyecto se concreta en:

• Impulsar la experimentación y la innovación educativa a través de la cultura y las artes.

• Fomentar en el alumnado el desarrollo de las capacidades artísticas y creativas y mejorar, dentro de un marco de competencias transversales y formación integral, el aprendizaje y la comprensión de los lenguajes artísticos.

• Ayudar a establecer, desde edades tempranas, los fundamentos apropiados para favorecer el ejercicio del derecho a la participación en la vida cultural de manera efectiva y plena.

• Favorecer el desarrollo del pensamiento crítico, la autonomía creativa, el desarrollo integral y la capacidad del alumnado de participar activamente en los proyectos.

• Promover la inclusión y la participación igualitaria de todo el alumnado, incluyendo la utilización de lenguajes inclusivos, favorecer la diversidad cultural y el diálogo intercultural y mejorar la convivencia en los entornos educativos.

• Favorecer el conocimiento por parte del alumnado de la importancia de la cultura y las artes para la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible.

• Fomentar la relación entre instituciones educativas, docentes y agentes artísticos y culturales a través de la mediación cultural.

• Articular mecanismos de acción y cooperación sostenida entre espacios de aprendizaje formales, no formales e informales (tales como centros de formación artística especializados, museos, galerías, bibliotecas, espacios de artes escénicas, centros de creación, centros comunitarios, sitios del patrimonio cultural o natural, expresiones de patrimonio inmaterial y demás instituciones y espacios dedicados a la cultura y las artes) de zonas tanto urbanas como rurales.

Decimoquinto.- La Dirección General de Innovación Cultural e Industrias Creativas propone:

La modificación de la línea de subvención:

  • “Proyectos culturales de gran formato”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1708.334A.237G0318 Programa de incentivos al sector cultural, incrementándose la aportación dineraria para los ejercicios 2025 y 2026, pasando de 1.300.000 euros en cada uno de los años a 1.560.000 euros para dichos periodos.

Decimosexto.- La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información propone:

La inclusión de las siguientes líneas de subvención:

  • “Subvención ULL Congreso Shift 2025”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.463B.174G2414 Subvención ULL Congreso Shift 2025, con un presupuesto total de 14.000 euros a ejecutar en 2025.

El Congreso SHIFT es un evento trianual de reconocido prestigio internacional, enfocado en nanotecnología, fotónica y ciencias aplicadas a energías renovables y biomedicina. La edición de 2025 contará con la participación de investigadores de 42 universidades de 16 países, consolidando a la Universidad de La Laguna como un referente mundial en investigación aplicada. Esta subvención favorecerá la visibilidad internacional de la ciencia en Canarias, impulsará la colaboración científica y atraerá talento e inversión a la región.

  • “Subvención PLOCAN Sede”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.463C.257G0154 Subvención PLOCAN Sede, con crédito para el año 2025 de 600.000 euros.

Las condiciones ambientales adversas y la proximidad al mar han acelerado el deterioro de la infraestructura de PLOCAN, comprometiendo su operatividad y seguridad. La subvención permitirá ejecutar actuaciones urgentes para el mantenimiento y mejora de las instalaciones, garantizando la continuidad de su funcionamiento seguro y eficiente. Este apoyo constituye una inversión estratégica para la sostenibilidad, el desarrollo científico y económico de Canarias a medio y largo plazo.

  • “Apoyo a la realización de congresos y eventos de carácter científico y/o técnico”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.463B.174G2409 Apoyo a la realización de congresos y eventos de carácter científico y/o técnico, con una dotación total en 2026 de 100.000 euros.

El objetivo de esta línea es el fomento de la vocación científica y tecnológica entre la ciudadanía, reduciendo con ello la brecha de acceso al conocimiento.

  • “Subvención a la Oficina Técnica de Proyectos de I+D+i”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.467B Subvención oficina técnica de proyectos I+D+i, con una dotación total para 2026 de 150.000 euros.

El objetivo es atraer, retener y vincular talento con las actividades que se puedan ir desarrollando en la isla de Fuerteventura a través de proyectos en las áreas tecnológicas de interés y que ayude a cohesionar y dinamizar el ecosistema alrededor de dichos proyectos.

  • “Subvención COTEC”, con cargo a la aplicación presupuestaria 1705.467B.174G2409 Apoyo a la innovación empresarial, con una dotación total para 2026 de 25.000 euros.

El objetivo de esta línea de subvención es la publicación de estudios, diagnósticos y herramientas prácticas que pueden informar mejor en la toma de decisiones en materia de I+D+i.

Decimoséptimo.- Obra en el expediente memoria justificativa de la Secretaría General Técnica, de fecha 28 de julio de 2025, así como informe de cierre de fecha 18 de septiembre de 2025.

Decimoctavo.- Obra en el expediente informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, de fecha 12 de septiembre de 2025.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan Estratégico de Subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aún no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento”.

Segunda.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuestos.

Tercera.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 7.3 del citado Decreto, los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedara condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- El artículo 31.1, apartado a), de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la tercera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026, aprobado por Orden n.º 137/2024, de 8 de mayo de 2024, en los términos que se reflejan en el Anexo I de esta Orden.

Segundo.- Actualizar el contenido del anexo de la Orden n.º 137/2024, de 8 de mayo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026, con las modificaciones que se recogen en el Anexo I de la presente Orden, que queda en los términos que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.

Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, excepto del sector audiovisual, para el periodo 2024-2026.

Cuarto.- El Plan se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2024-2026, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias.

Canarias, a 22 de septiembre de 2025.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA, Migdalia María Machín Tavío.

ANEXO I

Ver anexo en las páginas 41870-41887 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en las páginas 41888-41980 del documento Descargar