RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2025, relativa a la aprobación de nuevo plazo de presentación de solicitudes para la participación en la convocatoria Blas Cabrera Felipe 2024, de contratación de Doctores/as de prestigio.
2025-09-30 · BOC-2025/193/3380
ANTECEDENTES
Por Resolución n.º 2024-0078, de 2 de octubre de 2024, de este Vicerrectorado, se aprobó la convocatoria 2024 para la contratación de Doctores/as de prestigio del programa Blas Cabrera Felipe, cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) n.º 211, de fecha 22 de octubre de 2024.
El artículo 1.4 de la convocatoria establece el número de contratos convocados, que asciende a un total de cinco (5).
El artículo 8 de la convocatoria establece cuatro plazos de presentación de solicitudes. El primero tuvo lugar entre el 23 de octubre y 6 de noviembre de 2024. Tras el proceso de selección establecido, se otorgó uno (1) de los cinco contratos convocados, asignado a la rama de conocimiento de Ciencias, Instituto Universitario de Oceanografía y Cambio Global (IOCAG), quedando, por tanto, cuatro contratos sin cubrir.
Procede, en aplicación de lo estipulado en el citado artículo 8, en caso de existencia de vacantes, abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de participación al constatarse la publicación de nueva resolución definitiva de contratos de las convocatorias Juan de la Cierva y Ramón y Cajal 2023 con posterioridad a la publicación de la presente convocatoria. Dado que la publicación de las resoluciones definitivas de las convocatorias Juan de la Cierva y Ramón y Cajal daban lugar a la apertura del segundo y tercer plazo de solicitudes que no se llevaron a cabo, el plazo que se aprueba en esta Resolución constituye el cuarto y último, indicado en el artículo 8.4 de la citada convocatoria.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
El Vicerrector de Investigación, Transferencia y Emprendimiento es competente para dictar el presente acto, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector, en virtud de la Resolución de 28 de enero de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 26, de 6 de febrero de 2025, por la que se delega en diversos órganos unipersonales de esta Universidad el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas y se establece el régimen de suplencia.
Vista la propuesta de Resolución PR/2025/1335, de 16 de septiembre de 2025.
En virtud de la Resolución del Rector de fecha 28 de enero de 2025, por la que se delegan competencias en Órganos Unipersonales de esta Universidad y se establece el régimen de suplencia de los mismos (BOC n.º 26, de 6.2.2025), este Vicerrectorado dicta la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- En virtud de los antecedentes y consideraciones jurídicas anteriores, abrir nuevo y último plazo de presentación de solicitudes para la participación en la convocatoria Blas Cabrera Felipe 2024, de contratación de Doctores/as de prestigio, al objeto de cubrir los cuatro contratos vacantes tras el primer llamamiento, asociados a las siguientes ramas de conocimiento:
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Artes y Humanidades.
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Ciencias de la Salud.
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Ciencias Sociales y Jurídicas.
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Ingenierías y Arquitectura.
Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Emprendimiento, https://www.ulpgc.es/vinvestigacion/convocatorias-idi-rrhh-postdoctoral, previa publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la ULPGC, mediante el trámite de “Participación en convocatoria de personal investigador competitivo (Blas Cabrera Felipe 2024)”.
Cuarto.- La documentación a aportar por las personas interesadas será la relacionada en el artículo 7 de la citada convocatoria, a cuyo tenor:
a) Solicitud en modelo normalizado.
b) Informe del Coordinador del Grupo de Investigación (GIR) al que solicita vincularse, en el que conste su interés en la línea de investigación del solicitante, con la conformidad del Director del Instituto Universitario o Departamento de adscripción de dicho GIR.
c) Documento en vigor que acredite la identidad del solicitante:
Ciudadanos españoles: Documento Nacional de Identidad en vigor.
Ciudadanos de la Unión Europea: pasaporte o NIE en vigor.
Ciudadanos extracomunitarios: pasaporte o NIE en vigor.
d) En su caso, para quienes hayan obtenido financiación a través de la convocatoria MSCAPF o a través de la convocatoria ERA-Fellowships, el documento resumen del contrato de subvención con la CE (“Data Sheet”).
e) En su caso, para quienes no hayan obtenido financiación a través de la convocatoria ERA-Fellowships, documento de notificación de la Comisión Europea del estado de la candidatura (lista principal o lista de reserva).
f) En su caso, para quienes no hayan obtenido financiación en la convocatoria MSCAPF, pero hayan obtenido el Sello de Excelencia (puntuación igual o superior al 85%), documento de evaluación de la Comisión Europea, y documento de acreditación con el Sello de Excelencia.
g) El documento de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP)/Agencia Estatal de Investigación (AEI) del solicitante en la convocatoria Ramón y Cajal, o, en su caso, en la convocatoria Juan de la Cierva.
h) Declaración responsable en la que se declare si la persona ha sido beneficiaria de un contrato de Acceso al Sistema Español de Ciencia y Tecnología y, en su caso, la duración del mismo.
7.2. No serán admitidas las solicitudes presentadas por persona distinta de la solicitante, salvo en aquellos casos en que actúe mediante representante y presente la acreditación necesaria, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3. La presentación a esta convocatoria conlleva el consentimiento para que la ULPGC pueda comprobar en cualquier momento la veracidad de la documentación, bien durante el proceso selectivo y antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar la comprobación por sí misma, o mediante petición a la persona interesada de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
7.4. Las personas solicitantes extranjeras que no posean certificado electrónico podrán presentar toda la documentación a través de los puntos de Registro General habilitados en las Embajadas y Consulados de España.
Quinto.- Todas las actuaciones y procedimientos que se deriven de la presente Resolución se regirán por lo establecido en la convocatoria inicial (plazos, medio de presentación, listados de admisión y concesión, composición de la comisión evaluadora, proceso de evaluación de solicitudes, orden de prelación y selección de candidatos, resoluciones y notificaciones, presentación de documentación, formalización de contratos, renuncias e incorporación de reservas, derechos y obligaciones de las personas contratadas, seguimiento científico-técnico, etc.).
Las personas interesadas pueden acceder al contenido de la convocatoria original a través del siguiente enlace: https://www.ulpgc.es/vinvestigacion/postdoc/blascabrerafelipe
RECURSOS/ALEGACIONES
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante los órganos jurisdiccionales de este orden, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de septiembre de 2025.- El Vicerrector de Investigación, Transferencia y Emprendimiento, Sebastián Miguel López Suárez.