Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Fuerteventura.- Resolución de 10 de septiembre de 2025, por la que se corrige error en la Resolución de 20 de agosto de 2025, que reconoce o desestima el encuadramiento en el correspondiente grado de la carrera profesional, por el procedimiento ordinario 2024, al Personal Diplomado Sanitario del Servicio Canario de la Salud, adscrito a esta Gerencia (BOC n.º 176, de 5.9.2025).
2025-09-23 · BOC-2025/188/3309
ANTECEDENTES
Primero.- Detectado error en el Anexo III de la Resolución n.º 1559/2025, de 26 de agosto, de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Fuerteventura (BOC n.º 176, de 5.9.2025), en el que se detalla la relación de los profesionales a los que se les estiman las solicitudes de carrera profesional del Personal Diplomado Sanitario presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2024, que de acuerdo con el procedimiento ordinario del año 2024 acceden y/o se encuadran en el correspondiente grado de carrera profesional.
Segundo.- Procede ahora, de oficio, al amparo de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del siguiente tenor literal: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”,
RESUELVO:
Primero.- Realizar las correcciones que a continuación se transcriben:
Se debe incluir en la relación detallada en el Anexo III de la Resolución n.º 1559/2025, de 26 de agosto (BOC n.º 176, de 5.9.2025), correspondiente a la relación de profesionales diplomados sanitarios, a los que se les estiman las solicitudes de carrera profesional y que de acuerdo con le procedimiento ordinario 2024 se encuadran en el correspondiente grado de carrera profesional a las siguientes aspirantes:
Ver anexo en la página 40344 del documento Descargar
Segundo.- Acordar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, la intranet y tablón de anuncios de esta Gerencia de Servicio Sanitarios, y página web del Servicio Canario de la Salud dentro de la pestaña “carrera profesional”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.
Puerto del Rosario, a 10 de septiembre de 2025.- El Director, p.d. (Resolución de 1.9.2010; BOC n.º 182, de 15.9.2010), la Gerencia de Servicios Sanitarios (Resolución n.º 2617/2025, de 16 de julio, de la Dirección del SCS), el Director de Área de Fuerteventura, Tomás Pérez González.