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Disposición 2025/183/3258

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2025, del Presidente, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo n.º 18, denominado Jefe de Servicio de Asuntos Económicos y Seguimiento Presupuestario, del Consejo Consultivo de Canarias.

2025-09-16 · BOC-2025/183/3258

ANTECEDENTES

Primero.- El puesto n.º 18, “Jefe de Servicio de Asuntos Económicos y Seguimiento Presupuestario”, figura en la actual relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Canarias (Resolución de la Presidencia n.º 42/2015, de 18 de diciembre), adscrito a la unidad de Asuntos Generales, Económicos y Presupuestarios del Consejo Consultivo de Canarias, con localización territorial en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, municipio de San Cristóbal de La Laguna, y tiene como forma de provisión la libre designación.

Segundo.- Se acredita en el expediente que el funcionario titular del puesto se jubila el 24 de septiembre de 2025. Asimismo, el puesto cuenta con dotación presupuestaria.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Procedimiento de provisión por libre designación.

El artículo 80.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que la libre designación por convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.3 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, los puestos de trabajo de libre designación se proveerán mediante convocatoria pública anunciada en el Boletín Oficial de Canarias, indicando la denominación, nivel, localización y retribución, así como los requisitos mínimos exigibles a las personas funcionarias que aspiren a desempeñarlos, concediéndose un plazo no inferior a quince días hábiles para la presentación de solicitudes.

De conformidad con este mismo precepto, podrá acordarse la convocatoria de provisión de puestos de libre designación que no se encuentren vacantes, siempre que se conozca la fecha cierta en que se producirá la vacante, en todo caso dentro del plazo máximo de los dos meses siguientes a la aprobación de la convocatoria, debiendo quedar fehacientemente acreditados dichos extremos en el expediente.

Segunda.- Competencia para realizar la convocatoria del procedimiento.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 5/2002, de 3 de junio, que atribuye a este Consejo Consultivo autonomía orgánica y funcional, y en el artículo 30.4.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Consultivo de Canarias, aprobado por Decreto 181/2005, de 26 de julio, corresponde al Excmo. Sr. Presidente su convocatoria.

Por cuanto antecede y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Anunciar convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo puesto n.º 18, denominado “Jefe de Servicio de Asuntos Económicos y Seguimiento Presupuestario”, adscrito a la unidad de Asuntos Generales, Económicos y Presupuestarios del Consejo Consultivo de Canarias, que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación:

BASES

Primera.- El puesto de trabajo a proveer, mediante el procedimiento de libre designación, es el que figura relacionado en el Anexo I de esta Resolución.

Segunda.- Podrán participar los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para su desempeño, según la vigente relación de puestos de trabajo, que se especifican en dicho anexo.

Tercera.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como Anexo II, deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta.- Además de los datos previstos en el indicado modelo, los aspirantes harán constar en la solicitud su curriculum vitae, en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo/Escala a que pertenecen, el Grupo en que el mismo se hallase clasificado, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando la documentación fehaciente acreditativa de las circunstancias y méritos.

Quinta.- La Secretaría/Letrada Mayor, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, examinará todas las presentadas y evacuará el informe preceptivo relativo al cumplimiento por los aspirantes de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

Sexta.- La presente convocatoria se resolverá por Resolución del Excmo Sr. Presidente del Consejo Consultivo de Canarias, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo acordar, con anterioridad a la selección, la celebración de una entrevista con las personas aspirantes.

Séptima.- Se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ninguna persona funcionaria, o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso potestativo de reposición, ante la Presidencia del Consejo Consultivo, en el plazo de un mes, conforme disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife o ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tengan su domicilio las personas recurrentes. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

En la sede del Consejo Consultivo de Canarias, a 5 de septiembre de 2025.- El Presidente, Carlos de Millán Hernández

ANEXO I

CENTRO DIRECTIVO: Consejo Consultivo de Canarias.

UNIDAD: Servicio Económico-Administrativo.

NÚMERO DEL PUESTO: 18.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe de Servicio de Asuntos Económicos y Seguimiento Presupuestario.

FUNCIONES:

  • Gestión de expedientes de contratación y seguimiento presupuestario.

  • Gestión del mantenimiento y conservación de inmuebles.

  • Informe y propuesta en asuntos generales, de organización y personal, que deban resolver los órganos competentes.

NIVEL: 28.

PUNTOS DE COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 80.

VÍNCULO: funcionario/a de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: Comunidad Autónoma de Canarias.

GRUPO: A, Subgrupo A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: Cuerpo Superior de Administración/Escala de Administradores Generales.

TITULACIÓN Y EXPERIENCIA MÉRITOS PREFERENTES: Licenciado/a o Grado en Derecho. 3 años en el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.

JORNADA: especial.

LOCALIZACIÓN: San Cristóbal de La Laguna (Tenerife).

ANEXO II

Ver anexo en la página 39959 del documento Descargar

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2025, del Presidente, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo n.º 18, denominado Jefe de Servicio de Asuntos Económicos y Seguimiento Presupuestario, del Consejo Consultivo de Canarias. — Bocana