bocanabocana

Disposición 2025/181/3238

Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 5 de septiembre de 2025, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las oficinas generales del Registro Civil en los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias en que se constituirán los Tribunales de Instancia el 1 de octubre de 2025.

2025-09-12 · BOC-2025/181/3238

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- El artículo 439 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que la oficina del Registro Civil es una unidad no integrada en la Oficina Judicial que se encarga de la llevanza del Registro Civil conforme a su normativa reguladora, y que estará vinculada funcionalmente al Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

En este contexto, las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia son responsables de la determinación y dotación de los puestos de trabajo de estas oficinas en su respectivo ámbito territorial, en coordinación con el Ministerio de Justicia y conforme a la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

A efectos de garantizar la transición organizada de los órganos judiciales con funciones actuales en materia de Registro Civil a las nuevas oficinas generales, resulta necesario que la aprobación, aplicación y entrada en vigor de las relaciones de puestos de trabajo coincidan temporalmente con la implantación de los Tribunales de Instancia en los partidos judiciales que serán transformados el 1 de octubre de 2025, conforme a lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.

Esta Dirección General, en el ejercicio de sus competencias, y tras la oportuna negociación con las organizaciones sindicales más representativas, ha elaborado la relación de puestos de trabajo de las oficinas generales del Registro Civil en los partidos judiciales de Canarias donde se constituirán los Tribunales de Instancia en dicha fecha.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- Esta Dirección General es competente para dictar la presente Resolución en virtud del artículo 103 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio, así como conforme a los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y la disposición adicional primera de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado en las oficinas generales del Registro Civil con sede en los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias en los que se constituirán Tribunales de Instancia el día 1 de octubre de 2025.

Segundo.- La relación de puestos de trabajo aprobada se recoge en el anexo, disponible para consulta en la intranet de justicia y en la página web de esta Dirección General.

Tercero.- A partir de la entrada en vigor de esta Resolución se iniciarán los procesos de acoplamiento del personal funcionario en los nuevos puestos de trabajo.

Cuarto.- La presente Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de esta Dirección General.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en que tenga su sede el órgano autor del acto originario o el del lugar del domicilio del recurrente, a elección de este último, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de septiembre de 2025.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, p.s. (Resolución n.º 22/2025), el Viceconsejero de Justicia y Seguridad, Cesáreo Rodríguez Santos.

ANEXO

Ver anexo en la página 39855 del documento Descargar