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Disposición 2025/174/3149

Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias.- Resolución de 25 de julio de 2025, por la que se solicita la manifestación de interés de las entidades colaboradoras habilitadas conforme al Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el se regula la habilitación de la entidades colaboradoras en atención integral a menores, para la creación y mantenimiento de plazas correspondientes al Servicio de Atención Residencial Especializado para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales, graves problemas de conducta y emocionales, en la isla de Gran Canaria.

2025-09-03 · BOC-2025/174/3149

El artículo 142.1.a) del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de servicios sociales.

La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, establece en su artículo 16 que el Catálogo de Servicios y Prestaciones es el instrumento que define las prestaciones del sistema público de servicios sociales de responsabilidad pública que deben garantizar las Administraciones públicas competentes. En desarrollo de esta Ley, el Decreto 57/2023, de 27 de abril, aprueba el Catálogo, incluyendo el Servicio de Atención Residencial Especializado para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales, graves problemas de conducta y emocionales, cuya competencia recae en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto solicitar la manifestación de interés por parte de las entidades colaboradoras que se encuentren habilitadas específicamente conforme a lo previsto en la letra d) del artículo 6 del Decreto 130/1999, de 17 de junio, y que acrediten experiencia suficiente en la atención residencial de menores con necesidades especiales, graves problemas de conducta y emocionales, con la finalidad de proceder a la creación y mantenimiento de plazas residenciales especializadas en la isla de Gran Canaria, en los que no se podrán utilizar medidas de seguridad y de restricción de libertades o derechos fundamentales.

Segundo.- Descripción de las actuaciones.

Las actuaciones objeto de la presente manifestación de interés consisten en la creación y mantenimiento de plazas de atención residencial, encuadradas en el Servicio de Atención Residencial Especializado para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales, graves problemas de conducta y emocionales, regulado en el Decreto 57/2023, de 27 de abril, conforme a las siguientes modalidades:

  1. Perfil A: plazas para menores con graves problemas de conducta y emocionales.
  • Requisitos ingreso: menores diagnosticados con problemas de conducta, que presenten conductas disruptivas o disociales recurrentes, transgresoras de las normas sociales y los derechos a terceros.

  • Finalidad: proporcionar atención integral y especializada a menores que presenten alteraciones graves de conducta y del ámbito emocional, con intervención educativa, terapéutica y de contención adaptada a sus necesidades.

  • Inicio de la actividad: 1 de septiembre de 2025.

  • Duración prevista: mantenimiento de las plazas, al menos, hasta la finalización del ejercicio presupuestario 2026.

  1. Perfil B: plazas para menores con discapacidad intelectual moderada o severa.
  • Requisitos de ingreso: menores cuyo diagnóstico principal sea el de grave discapacidad y/o pluridiscapacidad física o psíquica, dependencia severa o gran discapacidad, que afecta a nivel cognitiva y motórico con o sin trastorno de conducta asociado, y que limitan su capacidad de adaptación personal, social y familiar.

  • Finalidad: ofrecer atención residencial continuada y especializada, adaptada a las necesidades derivadas de discapacidad intelectual severa y posibles comorbilidades conductuales o sensoriales, asegurando una intervención multidisciplinar.

  • Inicio de la actividad: 1 de septiembre de 2025.

  • Duración prevista: mantenimiento de las plazas, al menos, hasta la finalización del ejercicio presupuestario 2026.

Las entidades podrán optar por presentar manifestación de interés únicamente para uno de los perfiles o para ambos, según su ámbito de experiencia y disponibilidad de recursos.

Tercero.- Financiación.

• La dotación presupuestaria destinada a financiar la creación y mantenimiento de las plazas correspondientes a cada uno de los perfiles establecidos en esta Resolución asciende a un importe máximo de cuatrocientos setenta y cinco mil (475.000,00) euros por cada perfil, con cargo al presupuesto de esta Dirección General correspondiente al ejercicio 2025.

• La financiación se articulará mediante la concesión de una subvención, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de subvenciones públicas, en particular la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y demás disposiciones de aplicación.

• Asimismo, se prevé la continuidad de la financiación durante el ejercicio presupuestario 2026, en función de la efectiva prestación del servicio, la disponibilidad presupuestaria y la formalización de los instrumentos jurídicos que procedan. La distribución del importe entre las entidades adjudicatarias se determinará en atención al número de plazas solicitadas y aprobadas.

Cuarto.- Entidades destinatarias.

Podrán presentar manifestación de interés exclusivamente aquellas entidades colaboradoras que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Estar habilitadas en el ámbito de la atención integral a menores, conforme a lo dispuesto en la letra d) del artículo 6 del Decreto 130/1999, de 17 de junio, es decir, habilitadas para la aplicación de medidas inherentes a la guarda en centros o recursos residenciales de titularidad de la entidad.

b) Acreditar experiencia suficiente y contrastada en la atención residencial de menores pertenecientes al perfil o perfiles para los que se solicita la creación de plazas.

Quinto.- Requisitos de la manifestación de interés.

La manifestación de interés deberá presentarse de forma diferenciada para cada perfil, en su caso, indicando expresamente si corresponde al Perfil A (graves problemas de conducta y emocionales) o al Perfil B (discapacidad intelectual moderada/severa), e incluirá la siguiente documentación:

a) Memoria técnica que recoja:

• Descripción del proyecto de creación y gestión de las plazas.

• Número de plazas que se proponen crear y mantener.

• Perfil profesional del personal previsto.

• Relación de medios materiales, equipamiento e infraestructuras.

• Plan de financiación.

• Cronograma de ejecución.

• Documentación acreditativa de la habilitación conforme a la letra d) del artículo 6 del Decreto 130/1999.

• Certificación o documentación que acredite experiencia suficiente en la atención a menores con graves problemas de conducta y emocionales y/o discapacidad intelectual severa, según el perfil solicitado.

• Compromiso expreso de inicio de actividad el 1 de septiembre de 2025 y de mantenimiento durante el ejercicio 2026.

Sexto.- Criterios de selección.

• Adecuación técnica del proyecto: grado de detalle y calidad de la memoria técnica presentada, incluyendo la definición de objetivos, el plan de intervención, los procedimientos de derivación y los mecanismos de coordinación con la entidad pública.

• Experiencia acreditada en la atención a este perfil de menores: años de experiencia documentada en la gestión de recursos residenciales especializados dirigidos a menores con problemas graves de conducta y/o discapacidad intelectual severa, conforme al perfil solicitado.

• Capacidad de cobertura territorial: localización de las plazas propuestas y su adecuación a los principios de accesibilidad universal, inclusión social y proximidad al entorno comunitario.

• Justificación y coherencia del presupuesto presentado con el número de plazas y la calidad del servicio.

• Coherencia con las prestaciones definidas en el Catálogo de Servicios y Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Canarias para esta tipología de Servicio.

Séptimo.- Plazo de presentación.

Las entidades interesadas deberán presentar su manifestación de interés y la documentación correspondiente exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias, dirigida a esta Dirección General, en el plazo máximo de diez (10) días, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Octavo.- Efectos.

La presentación de la manifestación de interés no genera derecho alguno a la adjudicación directa, que en su caso se formalizará mediante los instrumentos jurídicos procedentes y previa tramitación del correspondiente procedimiento administrativo.

Noveno.- Recurso.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Bienestar Social del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de julio de 2025.- La Directora General de Protección a la Infancia y las Familias, Sandra Rodríguez González.

ANEXO

MODELO DE SOLICITUD DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PLAZAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL ESPECIALIZADO PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECIALES, GRAVES PROBLEMAS DE CONDUCTA Y EMOCIONALES EN LA ISLA DE GRAN CANARIA

Ver anexo en las páginas 39038-39040 del documento Descargar

Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias.- Resolución de 25 de julio de 2025, por la que se solicita la manifestación de interés de las entidades colaboradoras habilitadas conforme al Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el se regula la habilitación de la entidades colaboradoras en atención integral a menores, para la creación y mantenimiento de plazas correspondientes al Servicio de Atención Residencial Especializado para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales, graves problemas de conducta y emocionales, en la isla de Gran Canaria. — BOC Canarias Web