ORDEN de 14 de agosto de 2025, por la que se modifica la Orden de 8 de mayo de 2025, que complementa, modifica y corrige errores detectados en la Orden de 25 de febrero de 2025, por la que se aprueba parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los años 2025-2027.
2025-09-03 · BOC-2025/174/3148
Vistas las propuestas de las titulares de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración y de la Dirección General de Mayores y Participación Activa, de subvenciones a incluir en el Plan Estratégico de esta Consejería, a las que son de aplicación los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden departamental n.º 179, de 25 de febrero de 2025, se resuelve aprobar, parcialmente, el Plan Estratégico de Subvenciones (en adelante PES) de esta Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, correspondiente a los años 2025/2027 (BOC n.º 49, de 11.3.2025), haciéndose constar que, no se incluía la propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, ya que en ese momento, dicho centro directivo, no contaba con la definición y concreción de las Líneas de actuación de sus programas presupuestarios para incluir en el precitado Plan Estratégico.
Segundo.- Por Orden departamental n.º 390, de 8 de mayo de 2025, de esta Consejería, se resuelve complementar, modificar y corregir, errores detectados en la anteriormente citada Orden n.º 179, de 25 de febrero de 2025, por la que se resolvía aprobar, parcialmente, el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, correspondiente a los años 2025/2027 (BOC n.º 100, de 21.5.2025).
Tercero.- En virtud de dicha Orden n.º 390, de 8 de mayo de 2025, se resuelve, entre otros, incluir la propuesta de 25 de marzo de 2025 de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, en relación con sus Líneas de actuación presupuestaria destinadas a recoger en el PES 2025-2027.
Cuarto.- Con fecha 17 de junio de 2025, se dicta propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, por la que se propone la modificación de la Orden n.º 390, de 8 de mayo de 2025, por la que se resuelve aprobar, parcialmente, el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería, adjuntando para ello a dicha propuesta Anexos I y II, con las modificaciones correspondientes, firmados y que constan en el expediente.
En dicha propuesta se solicita que se incluyan las modificaciones contempladas en su propuesta. En el Anexo I “Subvenciones de Concurrencia Competitiva”, donde se establecen nuevos importes por áreas y líneas.
La finalidad, según la memoria suscrita por el centro gestor, es cubrir los gastos derivados como consecuencia de la situación de emergencia en Canarias vivida por la migración, ya que las entidades responsables encargadas de hacer frente a los problemas en torno a la migración están demandando mayores recursos para poder hacer frente a los problemas migratorios y así promover y garantizar la inclusión, la equidad y la calidad de vida de la población migrante en Canarias.
Se determina en dicha propuesta que esta modificación obedece al incremento de la cuantía de Servicios de Atención a la Inmigración, fijándose definitivamente en un millón cien mil euros, es decir, un incremento de cien mil euros sobre el millón inicial recogido en los presupuestos de esta Consejería, ya que se ha producido un elevado aumento de solicitudes en esta área, implicando esta mejora una minoración en las líneas de inclusión social.
La citada propuesta establece asimismo que desaparece una de las líneas dedicada a sufragar los gastos de proyectos y actuaciones integrales que tuviesen como personas beneficiarias finales aquellos que percibieran la Renta Canaria de Ciudadanía, o hubiesen sido beneficiadas de la desaparecida PCI, suponiendo tal circunstancia una nueva distribución entre las restantes líneas, por lo que no se minora la cuantía total, a salvedad de la cuantía incorporada a la inmigración.
Quinto.- Consta en el expediente documento contable de modificación de crédito (MC) de dicha transferencia por importe de cien mil (100.000,00) euros, contabilizado a fecha 21 de abril de 2025.
Sexto.- Posteriormente con fecha 9 de julio de 2025, se emite una nueva propuesta por parte de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración donde se contempla incluir modificaciones en el Anexo I, Subvenciones de Concurrencia Competitiva, estableciendo nuevos importes por áreas y líneas, obedeciendo a la nueva convocatoria de Fondos Europeos relativa al programa plurianual FSE+ de Asistencia Material Básica en la Comunidad Autónoma de Canarias por importe de 15.921.797,50 euros, distribuidos de la siguiente manera:
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Séptimo.- Con fecha 13 de junio de 2025, se dicta propuesta de la Dirección General de Mayores y Participación Activa de subvenciones a incluir en el Plan Estratégico de esta Consejería.
A tal fin, se pretende subvencionar a través de la citada convocatoria pública y mediante las subvenciones nominadas que se recogen en la propuesta, los programas que impliquen una mejora de la cobertura y calidad de los servicios sociales vinculados a las personas mayores y personas voluntarias, dando prioridad a los colectivos especialmente desfavorecidos, o personas en situación de exclusión social, e impulsar actuaciones que impliquen la puesta en marcha de medidas conducentes a la promoción de los procesos de prevención, gestión e intervención integral que impulsen el desarrollo de una cultura solidaria e intercultural, así como los distintos sistemas del bienestar social a través del voluntariado y la mejora del envejecimiento activo, la prevención de la dependencia, malos tratos o edadismo y fomento de la calidad de vida de las personas mayores de Canarias.
Octavo.- Con fecha 16 de junio, se remite comunicación de los siguientes cambios incluidos en su propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, junto con Anexos I y II, debidamente firmados, donde se recogen los siguientes cambios:
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Eliminación de la Línea de Actuación 234G2095 “Programa Canarias se mueve +55” por importe de 300.000,00 euros, a causa de modificación presupuestaria, consignado en capítulo IV, para su incorporación al capítulo II con la finalidad de implementar el citado programa.
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Ampliación de la aplicación presupuestaria 23.21.231B.450.04, Línea de Actuación 234G2286 “Programa Soledad no deseada de Tías” por importe de 60.000,00 euros, aprobada por Acuerdo de Gobierno en sesión celebrada el 21 de mayo de 2025.
Noveno.- Se incluye en el expediente el preceptivo informe elaborado por la Oficina Presupuestaria de la Secretaría General Técnica, así como también el emitido por la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
A los que son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- En atención a lo previsto en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, y recientemente por el Decreto 151/2022, de 23 de junio, y la aprobación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2025/2027, aprobado por la mencionada Orden n.º 179, de 25 de febrero de 2025, y su posterior modificación llevada a cabo por la Orden departamental n.º 390, de 8 de mayo de 2025, de esta Consejería, por la que se resuelve complementar, modificar y corregir errores detectados en esta, tiene carácter programático, estando supeditado, en su caso, a la aparición de nuevas estrategias de actuación que resulten de la implantación de las políticas desarrollas por este Departamento en el transcurso del tiempo, así como también por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento y en la evaluación continua aplicables a las diferentes Líneas de subvenciones que configuran el presente Plan estratégico.
Segundo.- Toda vez que por la titular de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración se han presentado nuevas propuestas para que se incluya en el citado Plan Estratégico de Subvenciones lo requerido en estas, como consecuencia de la materialización de la reciente transferencia de crédito en relación con el Anexo I “Subvenciones de Concurrencia Competitiva”, donde se establecen nuevos importes por áreas y líneas.
En el Anexo I, se incluye en el PES el incremento de crédito en la aplicación presupuestaria 23.07.231B. 480.02 Línea de Actuación 234G0119 Servicios de atención a inmigración con cobertura en la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.02 Línea de Actuación 23439202 Acción social institucional para integración social con la finalidad, de cubrir los gastos derivados como consecuencia de la situación de emergencia en Canarias vivida por la migración ya que las entidades responsables encargadas de hacer frente a los problemas en torno a la migración están demandando mayores recursos para poder hacer frente a los problemas migratorios y así promover y garantizar la inclusión, la equidad y la calidad de vida de la población migrante en y, de otra, en el mismo Anexo I que se disminuya el importe total de Línea de Actuación 23439202 denominada Acción social institucional para integración social, en la cuantía de 100.000,00 euros.
Al mismo tiempo se recoge una nueva convocatoria de Fondos Europeos, relativa al programa plurianual FSE+ de Asistencia Material Básica en la Comunidad Autónoma de Canarias por importe de 15.921.797,50 euros, distribuidos de la siguiente manera:
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Del mismo modo, y a la vista de las consideraciones contenidas en la propuesta de la titular de la Dirección General de Mayores y Participación Activa, se precisa proceder a:
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Eliminación de la Línea de Actuación 234G2095 “Programa Canarias se mueve +55” por importe de 300.000,00 euros, a causa de modificación presupuestaria.
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Ampliación de la aplicación presupuestaria 23.21.231B.450.04, Línea de Actuación 234G2286 “Programa Soledad no deseada de Tías”, por importe global de 60.000,00 euros, aprobado por Acuerdo de Gobierno en sesión celebrada el 21 de mayo de 2025.
Tercero.- Conforme con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y la Vicepresidencia, así como el número, determinación, competencias y orden de precedencia de las Consejerías, modificado por el Decreto 47/2023, de 17 de julio; el Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombran a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias, y conforme a lo previsto en el Decreto 446/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, y demás normas de general aplicación, la titular de este Departamento es competente para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la Orden por la que se modifica la Orden departamental n.º 390, de 8 de mayo de 2025, por la que se resuelve complementar, modificar y corregir errores detectados en la Orden n.º 179, de 25 de febrero de 2025, por la que se resuelve aprobar, parcialmente, el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, donde se incluyen la propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, y la propuesta de la Dirección General de Mayores y Participación Activa, para su inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027.
Segundo.- Modificar la citada Orden departamental n.º 390, de 8 de mayo de 2025, en lo que respecta a las propuestas de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración y de la Dirección General de Mayores y Participación Activa en las que se plantean las siguientes modificaciones:
Anexo I “Subvenciones de Concurrencia Competitiva”.
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Incremento de crédito en la aplicación presupuestaria 23.07.231B. 480.02 Línea de Actuación 234G0119 Servicios de atención a inmigración con cobertura en la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.02 Línea de Actuación 23439202 Acción social institucional para integración social, fijándose un importe definitivo de 1.100.000,00 euros, y se disminuye el importe total de la Línea de Actuación 23439202 denominada Acción social institucional para integración social, en la cuantía de 100.000,00 euros, fijándose un importe total de 5.751.000,00 euros.
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Al mismo tiempo se recoge una nueva convocatoria de Fondos Europeos, relativa al programa plurianual FSE+ de Asistencia Material Básica en la Comunidad Autónoma de Canarias por importe de 15.921.797,50 euros, distribuidos de la siguiente manera:
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- Se elimina la Línea de Actuación 234G2095 “Programa Canarias se mueve +55” por importe de 300.000,00 euros, a causa de modificación presupuestaria, consignado en capítulo IV, para su incorporación al capítulo II con la finalidad de implementar el citado programa.
Anexo II “Subvenciones directas”.
- Incorporación a la aplicación presupuestaria 23.21.231B.450.04, de Línea de Actuación 234G2286 “Programa Soledad no deseada de Tías”, por importe global de 60.000,00 euros, aprobado por Acuerdo de Gobierno en sesión celebrada el 21 de mayo de 2025.
Tercero.- Instar la publicación de la presente Orden y sus correspondientes Anexos I y II en el Boletín Oficial de Canarias y en la web de esta Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2025.
LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS, María Candelaria Delgado Toledo.
ANEXO I
SUBVENCIONES DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
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ANEXO II
SUBVENCIONES DIRECTAS
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