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Disposición 2025/172/3128

Instituto Canario de Igualdad.- Resolución de 19 de agosto de 2025, de la Directora, por la que se ordena la publicación de la Adenda de prórroga del Protocolo General de Actuación formalizado entre el Instituto Canario de Igualdad y Salcai Utinsa, S.A. (Global) para el desarrollo de actuaciones dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres.

2025-09-01 · BOC-2025/172/3128

Con fecha 18 de agosto de 2025 se ha suscrito Adenda de prórroga al Protocolo General de Actuación formalizado el 6 de septiembre de 2021, entre el Instituto Canario de Igualdad y la entidad Salcai Utinsa, S.A. para el desarrollo de actuaciones dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3.a) del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con lo dispuesto en el artículo 20.1 del mismo cuerpo legal, la Adenda de prórroga formalizada debe ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes al de su firma, razón por la cual, en el ejercicio de las funciones que tengo atribuidas por el artículo 8.2.a) de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad,

RESUELVO:

Ordenar la publicación de la Adenda de prórroga al Protocolo General de Actuación formalizado entre el Instituto Canario de Igualdad y Salcai Utinsa, S.A. (Global) para el desarrollo de actuaciones dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres, que se incorpora como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de agosto de 2025.- La Directora, p.s. (Orden n.º 609, de 24.6.2025), el Director General de Diversidad, Celso David Mendoza Negrín.

ANEXO

ADENDA DE PRÓRROGA AL PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN FORMALIZADO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD Y SALCAI UTINSA, S.A. (GLOBAL) PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DIRIGIDAS A PROMOVER LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.

En Canarias, a 18 de agosto de 2025.

INTERVIENEN

De una parte, la Directora del Instituto Canario de Igualdad, supliéndola D. Celso David Mendoza Negrín, en virtud de Orden de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias n.º 609, de 24 de junio de 2025, en ejercicio de la facultad de representación de este Organismo, que le confiere el artículo 8.2.h) de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad, y el artículo 14.3.c) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo.

De otra parte, D. Víctor Manuel Quintana Hernández, con, NIF *********, en calidad de Director General de la entidad Salcai Utinsa, S.A. (Global), con NIF A35604487, y con domicilio social en la calle Viera y Clavijo, n.º 34-36, 5.º A, 35002, de Las Palmas de Gran Canaria.

EXPONEN

I. Que con fecha 6 de septiembre de 2021, las partes suscribieron un Protocolo General de Actuación en el Instituto Canario de Igualdad y Salcai Utinsa, S.A. (Global) para el desarrollo de actuaciones dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres (BOC n.º 207, de 8.10.2021); objetivo que se concreta en los siguientes extremos, según se dispone en la cláusula primera del documento formalizado:

1.º) Colaborar en el desarrollo y difusión de campañas publicitarias organizadas por el Instituto Canario de Igualdad, dirigidas a prevenir, sensibilizar y erradicar la violencia de género y promover la igualdad entre mujeres y hombres.

2.º) Colaborar en el desarrollo de actuaciones dirigidas a la inserción laboral de mujeres en el sector del transporte terrestre.

II. Que antes de la finalización del plazo de vigencia de cuatro años previsto en la cláusula sexta del citado documento, y haciendo uso de lo establecido en la misma, las partes han decidido prorrogar el Protocolo, a la luz de los logros obtenidos en el marco de la colaboración formalizada.

Por las razones expuestas, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga (en adelante Adenda), que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Constituye el objeto de la presente Adenda establecer una prórroga por un periodo de cuatro años de la actual vigencia del Protocolo General de Actuación suscrito entre el Instituto Canario de Igualdad y Salcai Utinsa, S.A. (Global) el 6 de septiembre de 2021, manteniéndose inalteradas el resto de las cláusulas del Protocolo suscrito.

Segunda.- Eficacia y vigencia de la Adenda.

La Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y, tal como se recoge en la cláusula sexta del Protocolo, estará vigente por un plazo de cuatro años, a contar desde la fecha desde la firma de este documento por ambas partes.

Tercera.- Publicación e inscripción en el Registro General de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 5.3.a) y 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la presente Adenda será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en el plazo de los veinte días siguientes al de su firma; y en el plazo de los quince días hábiles siguientes al día de su publicación, se procederá a su inscripción en el Registro General de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Y para que así conste a los efectos oportunos, y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.- La Directora del Instituto Canario de Igualdad, p.s. (Orden n.º 609, de 24.6.2025), el Director General de Diversidad, Celso David Mendoza Negrín.- El Director General de la entidad Salcai Utinsa, S.A. (Global), Víctor Manuel Quintana Hernández.