ORDEN de 19 de agosto de 2025, por la que se rectifica error en la Orden de 17 de julio de 2025, que propone al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes el nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera a las personas aspirantes seleccionadas a las que se concedió fraccionamiento de la fase práctica y que han superado la misma, en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2022 (BOC n.º 150, de 30.7.2025).
2025-09-01 · BOC-2025/172/3121
Vista la memoria-propuesta de la Directora General de Personal y Formación del Profesorado de fecha 18 de agosto de 2025, en la que pone de manifiesto la apreciación de un error material en el anexo de la Orden n.º 901/2025, de 17 de julio (BOC n.º 150, de 30.7.2025), y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante la Orden de 21 de noviembre de 2022, se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2022, y se aprueban las correspondientes bases (BOC n.º 235, de 29.11.2022).
Segundo.- Por Orden n.º 901/2025, de 17 de julio, se propone al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes el nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera a las personas aspirantes seleccionadas a las que se concedió fraccionamiento de la fase práctica y que han superado la misma, en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2022 (BOC n.º 150, de 30.7.2025).
Tercero.- Advertido error material en el anexo de la citada Orden de 17 de julio de 2025, referente al nombramiento de Dña. Alba Peñate Padrón, realizando la siguiente modificación:
Excluir a Dña. Alba Peñate Padrón, con DNI *2881 y puntuación 6,1330, de la Especialidad “301-ECONOMÍA” e incluirla en la Especialidad “211-INGLÉS con dicha puntuación”.
A los anteriores hechos les es de aplicación el siguiente
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
De acuerdo con todo lo anterior, y en virtud de lo establecido en el artículo 16 del Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, en relación con el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias,
RESUELVO:
Primero.- Rectificar el error material apreciado en el anexo de la Orden 17 de julio de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 150, de 30 de julio de 2025, realizando la siguiente modificación:
Excluir a Dña. Alba Peñate Padrón, con DNI *2881 y puntuación 6,1330, de la Especialidad “301-ECONOMÍA” e incluirla en la Especialidad “211-INGLÉS con dicha puntuación”.
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes o, en el plazo de dos meses, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de agosto de 2025.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, p.s. LA CONSEJERA DE TURISMO Y EMPLEO (Decreto 71/2025, de 8 de agosto, del Presidente), Jéssica del Carmen de León Verdugo.