EXTRACTO de la Orden de 12 de agosto de 2025, por la que se convocan las subvenciones destinadas a los centros habilitados para la recogida de especies exóticas invasoras en Canarias para el ejercicio 2025.
2025-08-29 · BOC-2025/171/3114
BDNS (Identif.): 852734.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/852734).
Primero.- Objeto.
Concesión de subvenciones para sufragar los gastos derivados del mantenimiento, de la divulgación, sensibilización y buenas prácticas, así como de los proyectos de inversión destinados a la gestión de los ejemplares de especies exóticas invasoras depositados con carácter temporal en las instalaciones de los centros habilitados para la recepción de especies exóticas invasoras.
Segundo.- Bases reguladoras.
Orden del Consejero de Transición Ecológica y Energía n.º 145, de 29 de abril de 2025 (BOC n.º 97, de 16.5.2025), por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias para la concesión de subvenciones destinadas a los centros habilitados para la recogida de especies exóticas invasoras en Canarias.
El procedimiento de concesión, el objeto, finalidad y compatibilidad de las subvenciones y los requisitos exigibles a las personas beneficiarias serán los establecidos en dichas bases.
Tercero.- Crédito presupuestario.
Trescientos mil (300.000,00) euros, sobre los que podrán efectuarse ampliaciones de crédito mediante la aportación de partidas presupuestarias procedentes de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para las finalidades y beneficiarios recogidos en las bases generales.
Cuarto.- Personas beneficiarias.
Podrán resultar beneficiarias de la presente convocatoria las recogidas en la base 4.ª de las bases reguladoras.
Quinto.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.
La presentación de las solicitudes se hará de acuerdo con lo estipulado en la base 7.ª de las que rigen esta convocatoria. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la convocatoria conforme al formulario recogido en el Anexo I de la Orden de convocatoria, las prescripciones del Anexo II para la elaboración del plan de financiación que debe estar incluido en la memoria técnica de la solicitud, y adjuntando la documentación indicada en la base 7.ª de las bases reguladoras.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en la sede electrónica de la Consejería de Transición Ecológica y Energía (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/8606).
Sexto.- Plazos.
El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria finalizará seis (6) meses después de la publicación de esta convocatoria y, en todo caso, el 28 de diciembre de 2025.
El plazo de ejecución de la actividad será el establecido en la base 14.ª de las bases generales; el plazo y los medios de justificación serán los previstos en la base 15.ª de las bases generales.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de agosto de 2025.
EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA, Mariano Hernández Zapata.