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Disposición 2025/166/3051

EXTRACTO de la Orden de 11 de agosto de 2025, por la que se aprueba el gasto, se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones destinadas a la producción de proyectos de artes escénicas en Canarias en régimen de concurrencia competitiva, y se aprueban sus bases reguladoras, por importe de quinientos mil (500.000,00) euros.

2025-08-22 · BOC-2025/166/3051

BDNS (Identif.): 851493.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851493).

Primero.- Objeto.

La producción de proyectos de artes escénicas que sean producidos y estrenados en Canarias por empresas, entidades y profesionales de la Comunidad Autónoma Canarias.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones las personas físicas y jurídicas. En cada caso, deberán contar con los siguientes requisitos:

a) Empresarios individuales y profesionales autónomos, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya actividad principal se encuentre relacionada con la organización y ejecución de proyectos culturales, incluidos los de las artes escénicas, tal y como se definen en la base 1.2.1.

b) Personas jurídicas. Empresas y entidades culturales cuyo objeto social esté relacionado con la organización y ejecución de proyectos culturales, incluidos los de las artes escénicas, tal y como se definen en la base 1.2.1, con domicilio social y residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias. Quedan expresamente excluidas las Administraciones y entidades públicas.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden n.º 625/2025, de 11 de agosto, por la que se aprueba el gasto, se convocan, para el ejercicio 2025, subvenciones destinadas a la producción de proyectos de artes escénicas en Canarias en régimen de concurrencia competitiva, y se aprueban sus bases reguladoras, por importe de quinientos mil (500.000,00) euros.

Cuarto.- Cuantía.

Se destinan para esta convocatoria de subvenciones un importe total de 500.000,00 euros. La cuantía de la subvención a otorgar a cada proyecto no podrá superar el 80% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado y tendrá un límite de treinta y cinco mil (35.000,00) euros por proyecto. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se acogen al Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (artículo 54).

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Las solicitudes de subvención deberán presentarse acompañadas de la documentación específica requerida en estas bases a través del aplicativo de gestión telemática que estará disponible en la sede electrónica y punto general de acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de agosto de 2025.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA, p.s. EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA (Decreto 62/2025, de 29 de julio), Alejandro Narvay Quintero Castañeda.