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Disposición 2025/162/2987

ANUNCIO de 5 de agosto de 2025, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación menor del Plan General de Ordenación de Arafo, ámbito calle Modesto Fraile Poujade, n.º 10.

2025-08-18 · BOC-2025/162/2987

El Pleno del Ayuntamiento de Arafo, en sesión de fecha 1 de agosto de 2025, aprobó definitivamente la “Modificación menor del Plan General de Ordenación (PGO) de Arafo, ámbito: calle Modesto Fraile Poujade, n.º 10”, promovida por el propio Ayuntamiento de Arafo, procediéndose a la publicación del acuerdo y la normativa, entrando en vigor a los quince (15) días hábiles de la publicación, en aplicación del artículo 155 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y 103 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias, y en relación con el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. El resto de documentos que forman parte de la modificación, se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arafo (www.arafo.es). El citado acuerdo dice como sigue:

“El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 25 de septiembre de 2024, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, aprueba inicialmente la “Modificación menor del Plan General de Ordenación (PGO) de Arafo, ámbito: calle Modesto Fraile Poujade, n.º 10”, promovida por el propio Ayuntamiento y redactada por la entidad Coderch Urbanismo y Arquitectura S.L.P., conforme a lo establecido en el artículo 164 y siguientes de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC). En dicha sesión se aprobó la Alternativa 2, que incluye los siguientes documentos:

• Borrador de la Modificación Menor del PGO - Ámbito: calle Modesto Fraile Poujade, 10 julio de 2022.

• Documento Ambiental Estratégico, de septiembre de 2024.

El documento aprobado inicialmente fue sometido a trámite de información pública durante un plazo de un mes, con el fin de que cualquier persona interesada pudiera presentar alegaciones. Dicho trámite se formalizó mediante las siguientes publicaciones:

• Anuncio en el Diario de Avisos, de fecha sábado 5 de octubre de 2024.

• Anuncio en el Boletín Oficial de Canarias n.º 202, de fecha jueves 10 de octubre de 2024.

• Publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, desde el 10 de octubre hasta el 12 de noviembre de 2024.

Se realizó de forma simultánea el trámite de consulta institucional a las siguientes Administraciones Públicas:

• Ayuntamiento de Güímar.

• Ayuntamiento de Candelaria.

• Servicio Administrativo de Planificación Territorial del Cabildo Insular de Tenerife.

Asimismo, se solicitó a la Comisión de Informe Único la emisión del informe preceptivo y vinculante, en cumplimiento del artículo 22.1 del Decreto 13/2019, de 25 de febrero, por el que se crea el Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias.

Se incorporaron al expediente los informes emitidos por las distintas Administraciones Públicas, entre ellos:

  1. Informe del Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico del Cabildo Insular, remitido el 17 de octubre de 2024 (Registro de entrada: 2024-E-RC-5867). En él se concluye que:

“(...) En consecuencia, se estima que las afecciones al patrimonio histórico originadas por la Modificación del PGO son nulas, debiendo incorporarse como determinación al Documento Ambiental la circunstancia de que cualquier hallazgo arqueológico de carácter casual que se produzca durante la ejecución de la ordenación supondrá la paralización inmediata de los trabajos y su comunicación a este Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias”.

  1. Acuerdo del Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico, remitido el 3 de diciembre de 2024 (Registro de entrada: 2024-E-RC-6969), en la que se acuerda:

Único.- Informar en trámite sustantivo de consulta (…) de acuerdo a las siguientes consideraciones:

  1. En relación con la adecuación al planeamiento insular:
  • La ordenación aprobada inicialmente no presenta disconformidad con las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Tenerife.

  • Respecto del resto de Planes Territoriales no se observa incidencia alguna en el ámbito de la modificación propuesta.

  1. En relación con las competencias en materia de patrimonio histórico:

Se estima que las afecciones al patrimonio histórico son nulas si bien se estima conveniente indicar que cualquier hallazgo arqueológico de carácter casual que se produzca durante la ejecución de la ordenación, supondrá la paralización inmediata de los trabajos y su comunicación a esta la Administración Insular”.

  1. Acuerdo de la Comisión Autonómica de Informe Único, con fecha de entrada el 23 de diciembre de 2024 y registro n.º 2024-E-RC-7416, en el siguiente sentido:

A) En sentido favorable respecto a las cuestiones sectoriales relativas a las competencias de carácter autonómico que pudieran resultar afectadas por el plan.

B) En sentido condicionado, al haberse detectado las siguientes infracciones al ordenamiento jurídico, siempre y cuando sean subsanadas con anterioridad a su aprobación definitiva.

  1. Observaciones documentales.

  2. Observaciones materiales.

  3. Informe de la Dirección General de Patrimonio y Contratación del Gobierno de Canarias, con fecha de entrada el 23 de diciembre de 2024 y registro 2024-E-RC-7415, donde se concluye:

«Única. (…) se concluye que no existe coincidencia entre el ámbito objeto de la “Modificación Menor del PGOU de Arafo, ámbito calle Modesto Fraile Poujade”, y los bienes de la Comunidad Autónoma. // En consecuencia, en esta fase del procedimiento no se formulan alegaciones».

A la vista de los citados informes se requiere a Coderch Urbanismo y Arquitectura, S.L.P. mediante Decreto n.º 2025-196, del Sr. Alcalde-Presidente, de fecha 6 de febrero de 2025, la subsanación del documento presentado de modificación menor. Se le remiten los informes emitidos en el trámite de evaluación ambiental y en el de consulta institucional, concretamente:

A) En trámite de evaluación ambiental se emitieron los informes de las siguientes administraciones:

• Dirección Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular.

• Ministerio de Defensa.

• Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes.

• Dirección Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico.

• Dirección General de Salud Pública.

• Servicio Administrativo de Gestión del Medio Natural y Seguridad, Unidad de Coordinación del Cabildo Insular.

• Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

• Dirección Insular de Hacienda, Servicio Administrativo de Hacienda y Patrimonio.

B) En trámite de consulta institucional del informe único por la Consejería de Política Territorial:

• Informe de la Consejería de Turismo y Empleo, Dirección General de Infraestructura, Sostenibilidad y Calidad Turística del Gobierno de Canarias: “(…) A la vista de la documentación presentada, la propuesta de Modificación Menor del PGO de la Villa de Arafo. Ámbito calle Modesto Fraile Poujade, 10 no incluye contenido relacionado con la legislación turística ni afectado por ella”.

• Informe de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, Dirección General de Aguas: “(…) No obstante lo anterior, y visto lo indicado en los puntos segundo y tercero del presente informe, el documento ambiental estratégico debe considerar el contenido de la vigente planificación hidrológica insular, así como en materia de gestión del riesgo de inundación, de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife. Todo ello sin perjuicio de lo que, en relación con tales aspectos, determine el Consejo Insular de Aguas de Tenerife en el marco del presente trámite de consultas.

• Informe de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial.

Con fecha 21 de mayo de 2025 y registro n.º 2025-E-RE-1384, por Coderch Urbanismo y Arquitectura, S.L.P. se presenta el documento “Modificación menor del Plan General de Ordenación, Ámbito: calle Modesto Fraile Poujade, n.º 10” para su aprobación definitiva.

Se incorpora al expediente Informe favorable del Arquitecto Técnico Municipal, de conformidad con el artículo 83 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

Asimismo, se incorpora Informe del Técnico responsable del SAC sobre la no presentación de alegaciones en el trámite de información pública.

Se incorpora el 28 de julio de 2025 Informe Jurídico, sobre legislación y procedimiento a seguir.

Se incorpora el 29 de julio de 2025, y registro de entrada 2025-E-RE-1992, el documento de modificación menor, tras la subsanación del defecto advertido por la Secretaria en cuanto a la denominación del documento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

• Artículos 86, 140 a 144, 148 y 162 a 166 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

• Artículo 79 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

• Artículo 22.1 del Decreto 13/2019, de 25 de febrero, por el que se crea el Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias.

• Artículos 29 a 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

• Artículos 22.2.c) y 47.2.11) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vista la propuesta de Resolución PR/2025/2098 de 29 de julio de 2025.

El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo,

RESUELVE:

Primero.- Aprobar definitivamente la “Modificación menor del Plan General de Ordenación (PGO) de Arafo, ámbito: calle Modesto Fraile Poujade, n.º 10”, promovida por el propio Ayuntamiento de Arafo y redactada por la entidad Coderch Urbanismo y Arquitectura S.L.P., de conformidad y en los términos del artículo 164 y ss de la LSENPC. La modificación del Plan General de Ordenación tiene el siguiente alcance y contenido:

  1. Modificar el uso actualmente establecido como residencial por el uso principal de comunitario cultural (que según las normas del vigente PGO de Arafo, se adscribe al uso dotacional cultural).

  2. Modificar la tipología edificatoria de manzana cerrada 2 plantas establecida por el plan vigente a una tipología adecuada al uso asignado, adecuando la exigencia de la dotación de aparcamiento del uso comunitario al estado actual.

Se adjunta al presente acuerdo la siguiente documentación técnica con fecha de entrada el 21 de mayo de 2025 y registro n.º 2025-E-RE-1384, subsanada el 29 de julio de 2025 y registro 2025-E-RE-1992:

  • Modificación menor del PGO. Ámbito calle Modesto Fraile Poujade, 10. Mayo 2025.

  • Documento Ambiental Estratégico. Mayo 2025.

Segundo.- Que por el Área de Urbanismo, Grupo de Gestión Documental 120, se inicien los trámites preceptivos para la “normalización de fincas” a objeto de normalizar y adecuar la configuración de las mismas a los límites y superficies del planeamiento cuya modificación se ha aprobado, en los términos del artículo 117 al 121 del Real Decreto 3288/1978, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.

Tercero.- Dejar sin efecto la suspensión del otorgamiento de licencias en las áreas afectadas por la modificación, concretamente en la calle Modesto Fraile Poujade, parcelas con referencia catastral 1257740CS6315N0000RB y 1257735CS6315N0001PZ.

Cuarto.- Publicar el acuerdo y la normativa tanto en el Boletín Oficial de Canarias como en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en la legislación básica de régimen local, en los términos descritos en el artículo 103.2 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, es decir para su entrada en vigor a los quince días hábiles de la completa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo de aprobación definitiva y de la normativa. Asimismo, se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://arafo.sedelectronica.es].

Igualmente, los planos y el resto de documentos que conforman el documento de información y ordenación de la modificación del plan, así como la documentación prevista en el documento de evaluación ambiental serán objeto de inclusión en el Registro de Planeamiento de Canarias, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Quinto.- Dar traslado a la Consejería de Administraciones y Transparencia para su conocimiento y dar cumplimiento al artículo 56.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como, remitir un ejemplar íntegro de la modificación menor incluyendo planos y resto de documentos que conformen el documento de información y ordenación del plan, así como el resultado de la evaluación ambiental estratégica, al Registro de Planeamiento de Canarias.

Sexto.- Una vez diligenciado, remítase igualmente un ejemplar íntegro de la modificación menor del Plan General de Ordenación de Arafo aprobado definitivamente al Consejo Cartográfico de Canarias.

Séptimo.- Requerir al promotor la presentación de todos los documentos claramente diferenciados por fases, siendo la fase de aprobación definitiva la presentada el 21 de mayo de 2025 y registro n.º 2025-E-RE-1384, subsanada el 29 de julio de 2025 y registro 2025-E-RE-1992, a efectos de su publicación”.

Arafo, a 5 de agosto de 2025.- El Alcalde-Presidente, Juan Ramón Martín Pérez.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 37102-37103 del documento Descargar