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Disposición 2025/154/2840

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 23 de julio de 2025, del Presidente, que emplaza a los interesados en relación con el procedimiento ordinario n.º 166/2025, seguido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, Sección Segunda, promovido por el Sindicato de Empleados Públicos de Canarias.

2025-08-05 · BOC-2025/154/2840

ANTECEDENTES DE HECHO

El Sindicato de Empleados Públicos de Canarias (SEPCA) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 31 de marzo de 2025, del Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, por la que se hace público el acuerdo plenario de 27 de marzo de 2025, que aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Institución.

Este recurso se diligencia como procedimiento ordinario n.º 166/2025 ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife.

Por oficio del citado órgano judicial se nos requiere la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento a todos los terceros interesados en dicho procedimiento.

Mediante Resolución de esta misma fecha, por la Presidencia se ha dispuesto remitir a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, copia certificada del expediente administrativo solicitado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Dispone el artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.

II.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

III.- Asimismo, el precitado artículo establece que la notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común, siendo así que el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la publicación sustituirá los efectos de la notificación en los siguientes casos:

“a.- Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en este último caso, adicional a la notificación efectuada”.

En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 32 de la Ley territorial 4/1989, de 2 de mayo, y 44.c) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias,

DISPONGO:

Primero.- Notificar a todos quienes pudieran resultar interesados en el procedimiento la Resolución de esta Presidencia, de fecha 22 de julio de 2025, por la que se dispone “Remitir a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, copia certificada del expediente administrativo”, relativo al procedimiento ordinario n.º 166/2025.

Segundo.- Emplazar a todos los terceros interesados en relación con dicho procedimiento, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de julio de 2025.- El Presidente, Pedro Pacheco González.