Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.- Resolución de 18 de julio de 2025, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso académico 2024-2025.
2025-08-01 · BOC-2025/152/2804
Examinado el procedimiento iniciado a instancia del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño, recoge en su artículo 9 (Requisitos de los candidatos) que “podrá optar a los Premios Nacionales de Enseñanzas Artísticas Profesionales el alumnado que haya obtenido previamente Premio Extraordinario de Enseñanzas Artísticas Profesionales en el ámbito de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o de la Comunidad Autónoma en que haya finalizado dichas enseñanzas...”.
Segundo.- La Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, dicta instrucciones para la concesión de Premios Extraordinarios de Enseñanzas Profesionales de Música y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el curso 2024-2025.
Tercero.- Una vez examinada la documentación aportada por los centros, en aplicación de lo dispuesto en la instrucción cuarta, apartado segundo, de la citada Resolución, esta Dirección General procedió a publicar la propuesta provisional de Premios Extraordinarios de Enseñanzas Profesionales de Música y de Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al curso 2024-2025.
A los anteriores antecedentes les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción actual, incluye, en su artículo 2.1.d), entre los fines a los que se orientará el sistema educativo español la educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.
Asimismo, los artículos 89 y 90 de la citada Ley Orgánica contemplan la posibilidad de que las Administraciones educativas puedan establecer premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares, así como reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de profesores y centros, facilitando la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que han merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo.
Segundo.- La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño.
Tercero.- La Orden de 17 de abril de 2009, por la que se regula la evaluación, promoción y permanencia del alumnado que cursa enseñanzas profesionales de música y se establecen los requisitos para la obtención del título profesional de música, en su artículo 14 (Premio extraordinario), dispone que el alumnado que haya obtenido el “Premio fin de Grado” en una determinada especialidad en su centro podrá concurrir a las pruebas que en su momento organice esta Consejería para la obtención del “Premio Extraordinario de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad Autónoma de Canarias”, en la modalidad correspondiente.
Cuarto.- La disposición final primera de la mencionada Orden de 17 de abril de 2009 autoriza a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas medidas sean precisas para la aplicación, ejecución y desarrollo de la referida Orden.
Quinto.- La Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, dicta instrucciones para la concesión de Premios Extraordinarios de Enseñanzas Profesionales de Música y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el curso 2024-2025.
Una vez examinada la documentación aportada por los centros docentes, vistas las alegaciones presentadas, tal y como se establece en las instrucciones recogidas en la mencionada Resolución, y con la finalidad de garantizar al alumnado de estas enseñanzas en Canarias la participación en la convocatoria anual de los mencionados premios, se procede a la adjudicación de los citados premios extraordinarios.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, que asigna competencias generales y específicas a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial,
RESUELVO:
Primero.- Adjudicación.
Adjudicar los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso académico 2024-2025, al alumnado que se relaciona en el anexo a la presente Resolución.
Segundo.- Reconocimiento.
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De conformidad con lo establecido en la instrucción quinta, apartado 1, de la Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, a cada estudiante que obtenga Premio Extraordinario de Enseñanzas Profesionales de Música o de Artes Plásticas y Diseño se le entregará un certificado acreditativo de esta distinción.
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De conformidad con lo establecido en la instrucción quinta, apartado 2, de la citada Resolución, la obtención del Premio Extraordinario de Enseñanzas Profesionales de Música y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño se hará constar mediante diligencia en el expediente académico del alumnado correspondiente.
Tercero.- Notificación.
De la presente Resolución se dará traslado a los centros docentes de referencia para que la persona que ostenta la Secretaría lo haga constar mediante diligencia en el expediente académico del alumnado.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, sin perjuicio de cualesquiera otros que se estime procedente interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de julio de 2025.- La Directora General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, Carolina León Martínez.
ANEXO
PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2024-2025
Ver anexo en la página 35179 del documento Descargar
PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2024-2025
Ver anexo en la página 35179 del documento Descargar