Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos.- Resolución de 17 de julio de 2025, por la que se rectifica la Resolución de 1 de julio de 2025, que dicta determinadas instrucciones relativas a la presentación de partes médicos de incapacidad temporal del personal docente no universitario adscrito a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y del personal al servicio de la Administración de Justicia adscrito a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) (BOC n.º 137, de 11.7.2025).
2025-07-30 · BOC-2025/150/2762
Por Resolución de este Centro Directivo n.º 5832/2025, de 1 de julio, se dictaron instrucciones relativas a la presentación de partes médicos de incapacidad temporal del personal docente no universitario adscrito a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y del personal al servicio de la Administración de Justicia adscrito a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU). La referida Resolución fue publicada en Boletín Oficial de Canarias n.º 137, de 11 de julio de 2025.
Tras la publicación del procedimiento en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, se advierte error en el n.º del procedimiento. Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las facultades conferidas, en materia de reconocimiento y evaluación médica del personal del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el artículo 96.a) y b) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio, y la disposición final quinta del Decreto 113/2013, de 15 de noviembre, de evaluación médica del personal del sector público de la Comunidad Autónoma Canaria,
RESUELVO:
Primero.- Proceder a la rectificación de la Resolución n.º 5832/2025, conforme se detalla seguidamente:
Donde dice:
“procedimiento en sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias-9053”.
Debe decir:
“procedimiento en sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias-10579”.
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a efectos de conocimiento general y para asegurar la eficacia de estas instrucciones.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de julio de 2025.- La Directora General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos, Juana María Reyes Melián.