Secretaría General Técnica.- Resolución de 15 de julio de 2025, por la que se ordena la publicación de la Adenda de prórroga y modificación de la denominación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y la Fundación César Manrique para el desarrollo de programas didácticos y la difusión de la figura de César Manrique y su obra.
2025-07-29 · BOC-2025/149/2745
El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de prórroga y modificación de la denominación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación César Manrique para el desarrollo de programas didácticos y la difusión de la figura de César Manrique y su obra, suscrita en Canarias el 14 de julio de 2025.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de julio de 2025.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.
ANEXO
ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA FUNDACIÓN CÉSAR MANRIQUE PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIDÁCTICOS Y LA DIFUSIÓN DE LA FIGURA DE CÉSAR MANRIQUE Y SU OBRA.
En Canarias, a 14 de julio de 2025.
De una parte, D. Hipólito Alejandro Suárez Nuez, Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, en virtud del Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente, actuando en virtud de las competencias que le otorgan el artículo 29.1, letra k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 5.2, letra g), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio.
De otra parte, D. José Juan Ramírez Marrero, en calidad de Presidente de la Fundación César Manrique, con NIF G35243211, y domicilio en Tahíche, código postal 35507, reconocida por Orden ministerial de 20 de septiembre de 1983, inscrita con el n.° 60-CUL, en el Registro único de Fundaciones de competencia estatal, en virtud nombramiento acordado por el Patronato en la sesión del 19 de diciembre de 1992.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias.
El segundo, en calidad de Presidente de la Fundación César Manrique.
Reconociéndose ambas partes competencia y capacidad legal para la firma de la presente Adenda de prórroga y modificación del Convenio Marco de Cooperación,
EXPONEN
Primero.- Con fecha 6 de octubre de 2021, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación César Manrique suscribieron un Convenio de Cooperación para el desarrollo de programas didácticos y la difusión de la figura de César Manrique y su obra.
La cláusula sexta del citado Convenio establece que el Convenio tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar 2024-2025, pudiendo prorrogarse en cualquier momento anterior a la finalización del plazo señalado, por un periodo máximo de cuatro años adicionales, por acuerdo expreso de ambas partes.
Segundo.- El artículo 6.1.e) del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevé tanto la ampliación del plazo de vigencia de los convenios como la introducción de modificaciones en los mismos, mediante la suscripción, respectivamente, de la correspondiente adenda de prórroga o de modificación.
Tercero.- A la vista de los buenos resultados obtenidos como consecuencia de la cooperación entre las partes llevada a cabo durante los cursos académicos 2021-2022 a 2024-2025, en cuanto al objeto del Convenio, resulta conveniente para el interés público la continuación de la cooperación articulada en el Convenio suscrito entre ambas partes.
Cuarto.- Por otro lado, resulta necesario modificar la denominación del Convenio suscrito para adaptarlo a la nueva estructura del Gobierno de Canarias, teniendo en cuenta que la aprobación del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, ha supuesto la extinción de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, cuyas competencias en materia de educación, formación y deportes han sido asumidas por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, siendo establecida por el Decreto 123/2023, de 17 de julio, la modificación de la estructura orgánica de dicho Departamento.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente Adenda de prórroga y modificación de la denominación del Convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.- Modificar la denominación del Convenio que pasa a ser:
“Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación César Manrique para el desarrollo de programas didácticos y la difusión de la figura de César Manrique y su obra”.
Asimismo, todas las referencias efectuadas en el Convenio a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes deberán entenderse realizadas a la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes.
Segunda.- Prorrogar la vigencia del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación César Manrique para el desarrollo de programas didácticos y la difusión de la figura de César Manrique y su obra, hasta la finalización del curso escolar 2028-2029.
Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en el lugar y fecha indicados.- El Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.- El Presidente de la Fundación César Manrique, José Juan Ramírez Marrero.