ANUNCIO de 9 de julio de 2025, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área del “Recinto Ferial de Canarias” (SG-11), formulado y promovido por la Institución Ferial de Canarias (INFECAR).
2025-07-22 · BOC-2025/144/2675
En ejecución de la función atribuida en el artículo 122.5.d), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 155 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de junio de 2025, ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:
«ÁREA DE GOBIERNO DE PLANIFICACIÓN, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, VÍAS Y OBRAS Y ALUMBRADO.
Servicio de Urbanismo.
2.12. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DEL “RECINTO FERIAL DE CANARIAS” (SG-11), FORMULADO Y PROMOVIDO POR LA INSTITUCIÓN FERIAL DE CANARIAS (INFECAR).
ANTECEDENTES
1.º) La Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión de 24 de octubre de 2024, acordó la aprobación inicial del Plan Especial de Ordenación del Área del “Recinto Ferial de Canarias” (SG-11), formulado y promovido por la Institución Ferial de Canarias (INFECAR).
2.º) El trámite de información pública se llevó a cabo, tanto presencialmente, como a través de la página corporativa de este Ayuntamiento, donde estuvieron expuestos el expediente y documento técnico del Plan aprobado, en el apartado de Información pública del Área de Urbanismo (pestaña de Planeamiento).
La publicación del anuncio de la información pública se insertó en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de 11 de noviembre de 2024 (n.º 137), en el Boletín Oficial de Canarias, de 18 de noviembre de 2024 (n.º 230) y en el periódico La Provincia, de fecha 14 de noviembre de 2024, habiendo estado expuesto en el tablón municipal de edictos, desde el día 6 de noviembre de 2024 hasta el día 9 de diciembre de 2024, según certificación expedida por el Servicio de Asistencia Ciudadana de fecha 10 de diciembre de 2024, sin que conste la presentación de alegaciones en el registro municipal, según certificado del mismo Servicio de fecha 20 de diciembre de 2024.
3.º) Asimismo, se notificó el Acuerdo de aprobación a la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Las Palmas, por existir bienes propiedad de la Administración del Estado en el ámbito del Plan Especial, e, igualmente, se notificó y dió trámite de audiencia a la propietaria catastral existente, distinta de Infecar, en el ámbito de actuación.
4.º) El trámite de consulta a las Administraciones afectadas tuvo lugar mediante la solicitud de emisión de informe a las siguientes:
• Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual (Área de Administraciones Públicas) del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, solicitando, de forma simultánea la emisión del preceptivo informe sectorial, exigido por la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, solicitado con fecha 6 de noviembre de 2024.
• Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias (Comisión Autonómica de Informe Único de Canarias), solicitado con fecha 6 de noviembre de 2024.
• Servicio de Planeamiento y Paisaje de la Consejería de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria, solicitado con fecha 6 de noviembre de 2024.
De las Administraciones consultadas, se recibieron los siguientes informes:
• 15 de noviembre de 2024 (RE n.º 166540), informe condicionado emitido por el Servicio de Planeamiento y Paisaje de la Consejería de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria, emitido en plazo.
• 9 de diciembre de 2024 (RE n.º 178676), informe complementario del Servicio de Planeamiento y Paisaje de la Consejería de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria, emitido en plazo.
• 20 de enero de 2025 (R.E. n.º 8342), informe desfavorable de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual (Ministerio para la Transformación Digital y de la función Pública), emitido en plazo.
5.º) Respecto del preceptivo informe sectorial de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, se procedió a corregir el documento técnico redactado para aprobación definitiva, subsanando los reparos vinculantes de los informes emitidos por la referida Secretaría General, habiendo tenido entrada en este Ayuntamiento el día 19 de mayo de 2025 -R.E. n.º 75214- informe favorable de la referida Secretaría General.
6.º) Se ha emitido informe técnico por el Servicio de Urbanismo, con fecha 19 de mayo de mayo de 2025, en el que se realiza un análisis de los cambios introducidos en el documento del Plan Especial de Ordenación que se somete a aprobación definitiva, respecto del aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno Local, que han sido para dar cumplimiento a los informes de la Secretaría General de Telecomunicaciones, así como los incorporados de oficio, señalando expresa y concretamente dónde se introducen los mismos, tanto en la regulación normativa como en la documentación gráfica, haciendo constar expresamente que los cambios introducidos constituyen ajustes puntuales de la ordenación, sin que supongan una modificación sustancial del plan especial inicialmente aprobado.
7.º) Consta informe jurídico favorable del Servicio de Urbanismo para el trámite de aprobación definitiva, emitido el día 19 de mayo de 2025, con Nota de conformidad de la Dirección General de la Asesoría Jurídica de fecha 22 de mayo de 2025.
8.º) Dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Desarrollo Sostenible de 10 de junio de 2025.
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, FUNDAMENTALMENTE:
I.- Artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto de la competencia del Pleno para la aprobación inicial y definitiva del planeamiento general y, por ello, del acuerdo de iniciación, a tenor de la letra p) del mismo artículo.
II.- Artículo 147.1 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias (LSC) y artículo 75 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, respecto de la facultad de cualquier sujeto, público o privado, para formular y elaborar Planes Especiales.
III.- Artículo 145.5 de la LSC, en cuanto a su aprobación definitiva.
IV.- Artículo 155 de la citada Ley, en cuanto a los requisitos exigibles para la entrada en vigor del instrumento de ordenación aprobado.
V.- Artículo 189.1 de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en cuanto a la preceptiva notificación a las Administraciones Públicas titulares de bienes en el ámbito de actuación.
Visto lo que antecede, así como el dictamen favorable de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Desarrollo Sostenible, adoptado en sesión ordinaria de 10 de junio de 2025, el Pleno de la Corporación,
ACUERDA:
Primero.- Aprobación definitiva.
La aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área del “Recinto Ferial de Canarias” (SG-11), formulado y promovido por la Institución Ferial de Canarias (INFECAR).
Segundo.- Notificación del acuerdo de aprobación definitiva.
Notificar el presente Acuerdo a la Institución Ferial de Canarias (INFECAR), como promotora de este Plan Especial de Ordenación.
Tercero.- Notificación a la Administración General del Estado.
La notificación de este Acuerdo a la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de la Administración General del Estado.
Cuarto.- Notificación a propietarios del ámbito.
La notificación de este Acuerdo al resto de propietarios del ámbito del Plan Especial de Ordenación.
Quinto.- Remisión a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias.
La remisión del Acuerdo de aprobación definitiva a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, acompañado de copia del documento técnico aprobado del Plan Especial de Ordenación del Área del “Recinto Ferial de Canarias” (SG-11), debidamente diligenciado en formato digital y en archivo electrónico abierto, para su inclusión en el Registro de Planeamiento de Canarias.
Sexto.- Remisión al Consejo Cartográfico de Canarias.
Asimismo, proceder a su remisión al Consejo Cartográfico de Canarias, según lo previsto en el artículo 157.5 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo de Canarias y de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, con los mismos requisitos formales.
Séptimo.- Publicación de la aprobación definitiva.
La publicación del texto íntegro del Acuerdo de aprobación definitiva y la normativa del Plan Especial aprobado, en los Boletines Oficial de Canarias y de la Provincia de Las Palmas, produciéndose su entrada en vigor a los quince días hábiles de su publicación en este último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la LBBRL, en relación con el artículo 65.2 de la citada ley, y con lo establecido en el artículo 103 del Reglamento de Planeamiento de Canarias.
Asimismo, se procederá a su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en el artículo 157.1 de la LSENPC.
Octavo.- Régimen de recursos.
Hacer saber que contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación o recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sede de Las Palmas), a tenor de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimaren oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos».
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se hace constar que el Informe Ambiental Estratégico del presente Plan Especial, formulado por la Comisión de Evaluación Ambiental de Planes y Proyectos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión de 2 de febrero de 2024, resultó publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de 16 de febrero de 2024 (n.º 21) y en la sede electrónica municipal (Comisión de Evaluación Ambiental de Planes y Proyectos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria), con acceso a través de la siguiente ruta: https://www.laspalmasgc.es/es/online/sede-electronica/comision-de-evaluacion-ambiental-de-planes-00001/index.html#!tab-4
Entrada en vigor:
El Plan Especial de Ordenación aprobado, entrará en vigor a los quince días hábiles de la publicación del presente anuncio, en los boletines oficiales de Canarias y de la Provincia de Las Palmas, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.2 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de julio de 2025.- La Secretaria General del Pleno, María Mercedes Contreras Fernández.