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Disposición 2025/140/2611

Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 3 de julio de 2025, del Presidente, por la que se delega en personal del Servicio de Promoción Pública de Las Palmas de este Instituto, el ejercicio de las funciones de la persona responsable de la operación a los efectos del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés.

2025-07-16 · BOC-2025/140/2611

Mediante Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, se regula el procedimiento de análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha Orden, en su artículo 4.2, párrafo segundo, asigna las funciones de responsable de la operación al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

La citada Orden HFP/55/2023 establece qué funciones corresponden a la persona responsable de la operación, las cuales incluyen manejo pormenorizado de aplicativos informáticos (CoFFEE y MINERVA), carga de documentación y otras funciones conexas de mera gestión.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 7, apartados i) y n), de los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, aprobados por el Decreto 152/2008, de 7 de julio, corresponde al Presidente del Instituto Canario de la Vivienda resolver acerca de la concesión de las ayudas y subvenciones y actuar como órgano de contratación.

De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando jerárquicamente no sean dependientes.

El artículo 5.1 de la LRJSP, según el cual se establece que “Tendrán la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo”.

De acuerdo con el artículo 5.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, “los servicios son unidades administrativas de apoyo a los órganos departamentales y de preparación, ejecución y documentación de sus decisiones”.

Considerando que en el presente caso concurren razones de eficacia, eficiencia y agilización administrativa que aconsejan que las funciones de manejo de los aplicativos CoFFEE y MINERVA, y otras funciones conexas, sean ejercidas por personal de gestión de la Unidad Administrativa Provisional de Gestión, Seguimiento y Control del Instituto Canario de la Vivienda, por lo que procede articular una delegación en favor de los mismos.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la persona titular del puesto de trabajo con código n.º 11114710 y denominación de Jefe de Sección de Promoción Pública de Las Palmas, adscrito a la Unidad de Servicio de Promoción Pública de Las Palmas del Instituto Canario de la Vivienda, las siguientes competencias:

  • Iniciar el procedimiento de análisis ex ante de riesgo de conflicto de interés, con carácter previo a la valoración de las ofertas en cada procedimiento de licitación, en los términos definidos en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.

  • Asegurar la recepción del código (CRO) generado por la aplicación CoFFEE y su incorporación en MINERVA (o cualquier otra que la sustituya en el futuro) del código referencia.

  • Incorporar de los datos personales de los intervinientes en los procedimientos de licitación en la herramienta informática de data mining con sede en la AEAT, MINERVA o cualquier otra que la sustituya en el futuro.

  • Cargar en la herramienta CoFFEE las declaraciones de ausencia de conflicto de interés, cumplimiento y firmadas por los decisores de la operación.

Segundo.- La presente delegación será revocable en cualquier momento.

Tercero.- Dejar sin efectos la Resolución del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda de 10 de abril de 2024 (BOC n.º 79, de 22.4.2024), por la que se delega en el personal de la Unidad de Apoyo de la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda el ejercicio de las funciones de la persona responsable de la operación a los efectos del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de julio de 2025.- El Presidente, Pablo Rodríguez Valido.