Secretaría General Técnica.- Resolución de 18 de junio de 2025, por la que se dispone la publicación de la Adenda segunda de modificación y prórroga del Convenio de Cooperación educativa entre el Instituto Canario de Estadística y la Universidad de La Laguna para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster, del alumnado de Grado y de Máster oficiales de la Universidad de La Laguna.
2025-07-01 · BOC-2025/129/2422
Suscrita con fecha 16 de junio de 2025 la Adenda segunda de modificación y prórroga del Convenio de Cooperación educativa entre el Instituto Canario de Estadística y la Universidad de La Laguna para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster, del alumnado de Grado y de Máster oficiales de la Universidad de La Laguna.
Visto el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de junio de 2025.- La Secretaria General Técnica, María Belén Díaz Elías.
ANEXO
ADENDA SEGUNDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE ESTADÍSTICA Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS, TRABAJO FIN DE GRADO Y TRABAJO FIN DE MÁSTER, DEL ALUMNADO DE GRADO Y DE MÁSTER OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
INTERVIENEN
De una parte, la Sra. Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, Dña. Matilde Pastora Asián González, nombrada en virtud del Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente (BOC n.º 138, de 15.7.2023), en su calidad de Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Instituto Canario de Estadística (en adelante ISTAC), actuando en nombre y representación del mencionado Organismo Autónomo y previa autorización de la Comisión Ejecutiva del Instituto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 8, apartado 1.e), del Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Estadística, aprobado por Decreto 11/2017, de 16 de enero, en concordancia con el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 10 de marzo de 2017 (BOC n.º 59, de 24.3.2017) y el artículo 11, apartado 5, del citado Decreto 11/2017, de 16 de enero.
Y, de otra parte, Dña. María Rosario Hernández Borges, Vicerrectora de Estudiantes de la Universidad de La Laguna (en adelante la Universidad), con CIF Q3818001D y domicilio en calle Padre Herrera, s/n, de San Cristóbal de La Laguna, actuando en nombre y representación de dicha entidad, según Resolución de 12 de mayo de 2023 (BOC n.º 101, de 25.5.2023), que aprueba normas de delegación de competencias de la Rectora y régimen de suplencias de la Universidad, y en virtud de las competencias otorgadas por dicha Resolución.
Ambas partes, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen capacidad para convenir y obligarse en los términos del presente documento, y
EXPONEN
I.- Con fecha 3 de noviembre de 2021, se suscribió Convenio de Cooperación educativa entre el Instituto Canario de Estadística y la Universidad de La Laguna para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster, del alumnado de Grado y de Máster oficiales de la Universidad de La Laguna, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 249, de fecha 7 de diciembre de 2021. Dicho Convenio se suscribe con el objeto de ajustar la realización de prácticas externas a las necesidades específicas del Instituto Canario de Estadística.
II.- Con fecha 11 de abril de 2022, ambas partes suscribieron una Adenda primera de modificación al citado Convenio, con el objeto de agilizar los trámites para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares.
III.- La cláusula décima sexta del Convenio establece: “Este Convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del mismo y tendrá una duración inicial de cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo, los firmantes del Convenio podrán acordar, de forma expresa, su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción”.
IV.- Ambas partes consideran oportuno continuar con la presente cooperación para facilitar al alumnado que participa en los cursos correspondientes a los títulos de Grado y Máster de la Universidad de La Laguna, la realización de prácticas externas curriculares (actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate) y extracurriculares (aquellas que los estudiantes pueden realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios) y conseguir, de esta manera, una formación más completa en contacto con el ambiente real del mundo laboral y el trabajo desarrollado en las ocupaciones profesionales relacionadas con los estudios que cursa.
V. Que en aplicación y cumplimiento de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, relativa a la inclusión en el sistema de Seguridad Social del alumnado que realice prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, se hace necesario modificar el Convenio de referencia, a fin de que queden reguladas las obligaciones con la Seguridad Social por parte de las entidades firmantes del acuerdo respecto al alumnado matriculado en prácticas externas curriculares y extracurriculares de la ULL.
Por cuanto antecede, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga y modificación al Convenio de Cooperación, sometiéndose a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Prórroga del Convenio.
Se prorroga la vigencia del Convenio de Cooperación educativa entre el Instituto Canario de Estadística y la Universidad de La Laguna para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster, del alumnado de Grado y de Máster oficiales de la Universidad de La Laguna, por un periodo de cuatro años, desde el 4 de noviembre de 2025.
Segunda.- Modificación del Convenio.
Se modifica la letra c) de la cláusula octava del Convenio en los siguientes términos, manteniéndose el resto de la cláusula en sus propios términos:
c) En relación a lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, la ULL asumirá las obligaciones con la Seguridad Social derivadas de las prácticas curriculares no remuneradas del alumnado matriculado en la ULL. Asimismo, la ULL asumirá dichas obligaciones en relación con las prácticas extracurriculares que puedan ser no remuneradas en aplicación de lo establecido en el artículo 5.3 del Reglamento de prácticas externas de la Universidad de La Laguna, aprobado en Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2022; modificado en Consejo de Gobierno de 31 de mayo de 2023, modificado en Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2023; modificado en Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2023 y en Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2024.
Tercera.- Publicación.
La presente Adenda de prórroga y modificación del Convenio será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Y para que así conste, en prueba de conformidad y comprometiéndose a cumplir todas y cada una de sus partes, firman el presente Convenio, a 16 de junio de 2025.- Por el Instituto Canario de Estadística, Matilde Pastora Asián González, Presidenta de la Comisión Ejecutiva.- Por la Universidad de La Laguna, María Rosario Hernández Borges, Vicerrectora de Estudiantes.