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Disposición 2025/124/2317

Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 12 de junio de 2025, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar de Gerontología (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal e indefinido no fijo de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 21 de diciembre de 2022, y se les ofertan puestos de trabajo.

2025-06-24 · BOC-2025/124/2317

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 10 de diciembre de 2024, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 252, de 19 de diciembre de 2024, modificada posteriormente por la Resolución de 23 de diciembre de 2024, se hizo pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar de Gerontología (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal e indefinido no fijo de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 21 de diciembre de 2022, y se les ofertan puestos de trabajo.

Segundo.- Conforme a la citada Resolución, el plazo conferido a las personas aspirantes seleccionadas para cumplimentar los trámites previos a su nombramiento, incluido el de manifestar sus preferencias respecto de los puestos ofertados, fue de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día 20 de diciembre de 2024.

Como consecuencia de la estimación del recurso potestativo de reposición interpuesto por Dña. Teresa Luchoro Parrilla contra la Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Comisión de Valoración, por la que se hacen públicas las puntuaciones definitivas otorgadas a las personas aspirantes en la fase de concurso y se eleva propuesta definitiva de aspirantes seleccionados, en las referidas pruebas selectivas, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 775/2025, de fecha 19 de febrero de 2025, se procede a revocar parcialmente la mencionada Resolución, modificando las baremaciones de los candidatos e incluyendo a Dña. Teresa Luchoro Parrilla en el listado de personas seleccionadas, al alcanzar una puntuación superior a la del aspirante D. Juan Manuel Trenzado Arencibia, que pasa a quedar excluido de dicho listado.

Tercero.- En fecha de 22 de mayo de 2025 se publica en la página web de la Dirección General de la Función Pública la Resolución de la Comisión de Valoración de 20 de mayo de 2025, por la que se modifica la Resolución por la que se hacen públicas las puntuaciones definitivas otorgadas a las personas aspirantes en la fase de concurso y se eleva propuesta definitiva de aspirantes seleccionados, donde figura Dña. Teresa Luchoro Parrilla como seleccionada.

A los antecedentes de hecho anteriores les resultan de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Dirección General de la Función Pública es el órgano competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 76.1.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024).

Segunda.- Bajo la perspectiva del principio de conservación de actos y trámites, conforme a lo previsto en el artículo 51 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se deberá disponer siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se mantengan igual de no haberse cometido la infracción.

Tercera.- El artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Cuarta.- Mediante Resolución de esta Dirección General n.º 3388/2024, de 30 de septiembre, se declara la aplicación de la tramitación de urgencia en los procedimientos de estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 202, de 10.10.2024) y, a los efectos previstos en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede un plazo de diez (10) días hábiles para manifestar sus preferencias respecto de los puestos ofertados.

En virtud de todo lo expuesto, esta Dirección General de la Función Pública

RESUELVE:

Primero.- Modificación de la relación de personas seleccionadas.

Modificar la relación de personas seleccionadas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar de Gerontología (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal e indefinido no fijo de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 21 de diciembre de 2022, en los términos del anexo de esta Resolución.

Segundo.- Oferta de puestos de trabajo convocados.

Conceder un nuevo plazo de diez (10) días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para que las personas aspirantes seleccionadas puedan manifestar su preferencia respecto de los puestos ofertados.

Para cumplimentar este trámite, en sede electrónica, se deberá acceder al siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9833

Las personas seleccionadas deberán ordenar la totalidad de los puestos ofertados, según su preferencia, entendiendo que el primero de los seleccionados es el preferido y el último el menos.

No obstante, si la persona seleccionada además tuviese la condición de personal temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias y al tiempo de formularse la lista de personas seleccionadas viniere desempeñado uno de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, que ahora se ofertan, tendrá derecho a manifestar expresamente que se le adjudique directamente dicho puesto. De optar por ello, se entenderá que renuncia al resto de los puestos ofertados.

Si, por el contrario, no opta por ese derecho de adjudicación directa, deberá manifestar su orden de preferencia respecto de la totalidad de los puestos ofertados.

Tercero.- Cumplimentación del trámite por parte de las personas seleccionadas.

Considerando el tiempo transcurrido desde la presentación de la documentación requerida para la cumplimentación de trámites en la oferta de puestos anterior y la posibilidad de haberse producido alguna modificación en la situación de los aspirantes seleccionados, todos los aspirantes deberán cumplimentar la documentación siguiente y volverla a aportar:

• Encuesta previa de salud, a través del formulario establecido por la Inspección Médica del Gobierno de Canarias, disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

• Declaraciones responsables relativas a la inexistencia de antecedentes disciplinarios y la de antecedentes penales.

Se exceptúa del requerimiento anterior la presentación del documento oficial de identidad, por ambas caras, si sigue en vigor, para los aspirantes seleccionados que lo hayan aportado previamente.

Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de junio de 2025.- El Viceconsejero de Administraciones y Transparencia (Resolución n.º 157/2023, de 27 de octubre; BOC n.º 220, de 9.11.2023), Antonio Llorens de la Cruz.

ANEXO

RELACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES SELECCIONADAS

Ver anexo en la página 28586 del documento Descargar