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Disposición 2025/118/2226

Consejo Insular de Aguas de La Palma.- Anuncio de 6 de mayo de 2025, relativo a la solicitud de autorización administrativa para la instalación de un módulo portátil de desalación de agua de mar a ubicar en la costa del municipio de Tazacorte.- Expte. LP-102.EDAM.

2025-06-17 · BOC-2025/118/2226

La Comunidad de Aguas para la Distribución y Riego en las Vertientes Norte y Oeste de la Isla de La Palma (CANOPALMA), con fecha 9 de julio de 2024, en cumplimiento con lo establecido en el Decreto 86/2002, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, del Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico, Decreto 6/2025, de 17 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación de La Palma, tercer ciclo (2021-2027), y demás normativa de aplicación, ha solicitado autorización administrativa para la instalación de un módulo portátil de desalación de agua de mar a ubicar en la costa del municipio de Tazacorte, en las coordenadas UTM X: 212.637; Y: 3.171.868. La documentación técnica de lo solicitado podrá ser consultada en las dependencias del Consejo Insular de Aguas de La Palma, sito en la Avenida Marítima, n.º 34, 1.ª planta, de Santa Cruz de La Palma, y en la página web de este Organismo (http://www.lapalmaaguas.es).

Lo que se hace público, a los efectos previstos en el artículo 34.3 del mencionado Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y el artículo 17.1) del Reglamento de Control de Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico, para que cualquier persona física o jurídica que se considere afectada pueda examinar el procedimiento y presentar las alegaciones que estime pertinentes, durante el plazo de treinta (30) días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de La Palma, a 6 de mayo de 2025.- El Vipresidente, Juan Ramón Felipe San Antonio.