bocanabocana

Disposición 2025/111/2085

EXTRACTO de la Resolución de 27 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de los premios del Consejo Social de la Universidad de La Laguna del año 2025.

2025-06-06 · BOC-2025/111/2085

BDNS (Identif.): 834887.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/834887).

Primero.- Objeto.

Es objeto de las presentes bases establecer las reglas que regirán la concesión de las ayudas del Consejo Social de la Universidad de La Laguna a las siguientes actividades:

Fomento de las relaciones Universidad-Sociedad: entidades jurídicas que hayan desarrollado proyectos en el año 2024 (enero-diciembre 2024), cuyo contenido promueva la transferencia del conocimiento, facilite la participación o promueva las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad.

Desarrollo Sostenible: acciones de compromiso social promovidas por cualquier colectivo de la comunidad universitaria, realizadas en 2024 (enero-diciembre 2024), que contribuyan a la transición ecológica y/o a la reducción de la brecha digital.

Excelencia: reconocimiento a la excelencia en la trayectoria académica de doctores de esta universidad.

Segundo.- Requisitos de los solicitantes.

2.1.- Requisitos de cada categoría:

2.1.1.- Relaciones Universidad-Sociedad: podrá participar cualquier microempresa (<10 asalariados), PYME (10-249 asalariados) y otras entidades (grandes empresas, entidades públicas, fundaciones, centros de investigación no universitarios, entidad cultural, tercer sector, etc.), formalmente constituida, que pueda establecer estrechos vínculos con las líneas de actuación de la ULL y de su Consejo Social, o que pueda acreditar una vinculación actual con la Universidad de La Laguna.

La condición de persona jurídica en los términos descritos anteriormente deberá reunirse, como máximo, el último día de plazo de presentación de solicitudes y habrá de mantenerse hasta el fin del plazo de prescripción de infracciones o sanciones.

2.1.2.- Desarrollo Sostenible: integrantes de cualquier colectivo de la comunidad universitaria (la persona solicitante debe ser personal docente, estudiante, personal de administración y servicios o Alumni a fecha de fin del plazo de la solicitud) que hayan desarrollado proyectos o acciones concretas enmarcadas en los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) ejecutados íntegramente en 2024.

2.1.3.- Premio de Excelencia: tesis doctorales que hubieran obtenido la mención “cum laude” y se defendieran en la Universidad de La Laguna durante el curso académico 2023-2024 (desde el 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, salvo que se justifique documentalmente que la lectura pertenece a dicho curso).

Se concederá un premio por cada rama de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura), salvo que no haya candidatura en algunas de ellas, en cuyo caso se atenderá, en su caso, a la siguiente con mayor valoración obtenida, de conformidad con lo previsto en la base 4.1.3.

2.2. Solo se podrá presentar una solicitud por cada persona o entidad de las referidas en los apartados anteriores de esta base, que considere que reúne los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

De esta convocatoria quedan excluidos los miembros pertenecientes al Consejo Social, así como los beneficiarios ya subvencionados o premiados en la convocatoria de 2024.

La presentación de las solicitudes deberá tramitarse a través del procedimiento habilitado para ello en la página web de la ULL (https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/677).

Dicha presentación supone la aceptación incondicional de las normas de la presente convocatoria.

Junto a la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

2.2.1.- Relaciones Universidad-Sociedad: memoria que detalle el proyecto realizado en 2024, incluyendo la vinculación del proyecto con objetivos que potencien el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad, nivel de ejecución y objetivos alcanzados con el mismo.

2.2.2.- Desarrollo Sostenible: memoria descriptiva de la actuación desarrollada en 2024, especificando qué objetivos de desarrollo sostenible (ODS) impulsa, nivel de ejecución, equipo del proyecto, recursos disponibles y logros alcanzados.

2.2.3.- Excelencia: documentación acreditativa de los méritos presentados para su valoración conforme a lo previsto en el apartado 6.2.3 (artículos y publicaciones, libros, ponencias, congresos, contratos, certificados, menciones, patentes y convenios con instituciones o empresas que hayan derivado del desarrollo de la tesis, etc.).

Para cada modalidad, declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones fiscales y de Tesorería de la Seguridad Social que sean oportunos, en virtud del tipo de persona que constituyan o a la que representen.

Tercero.- Obligaciones de los beneficiarios.

Son obligaciones de los beneficiarios, según se establece en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Cumplir el objetivo, realizando y presentando el proyecto y la documentación que fundamenta la concesión de los premios.

Las entidades premiadas en los apartados 1.1 y 1.2 deberán incluir en su publicidad, textos, presentaciones públicas, etc., relacionadas con el proyecto, una referencia en lugar preferente a la colaboración prestada por el Consejo Social de la Universidad de La Laguna.

Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, al Servicio de Control Interno de la ULL.

Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos previstos en la normativa vigente.

Los ganadores participarán en el acto de entrega de premios que celebre el Consejo Social de la ULL, siendo convocados al mismo con la debida antelación.

Cuarto.- Carácter y cuantía de los premios.

4.1.1.- Relaciones Universidad-Sociedad: se otorgarán 3 premios, en régimen de concurrencia competitiva cada uno, correspondientes a 3 categorías: microempresas (<10 asalariados); PYME (10-250 asalariados) y a otras entidades (grandes empresas, entidades públicas, fundaciones, centros de investigación no universitarios, entidad cultural, tercer sector, etc.), consistentes en galardón, placa y obsequio para cada categoría.

4.1.2.- Desarrollo Sostenible: se otorgará un premio, en régimen de concurrencia competitiva en caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en estas bases sea superior a uno, al/a la integrante de cualquier colectivo de la comunidad universitaria (la persona solicitante debe ser personal docente/investigador, estudiante o PTGAS), consistente en galardón, placa y obsequio.

4.1.3.- Premios de Excelencia al Doctorado: se otorgarán un máximo de cinco (5) premios, en régimen de concurrencia competitiva, en caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en estas bases sea superior a cinco, por importe de dos mil (2.000,00) euros cada uno, para cada beneficiario, conforme al siguiente desglose:

  • Rama de Artes y Humanidades: 1 premio de dos mil (2.000,00) euros cada uno.

  • Rama de Ciencias: 1 premio de dos mil (2.000,00) euros cada uno.

  • Rama de Ciencias de la Salud: 1 premio de dos mil (2.000,00) euros cada uno.

  • Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas: 1 premio de dos mil (2.000,00) euros cada uno.

  • Rama de Ingeniería y Arquitectura: 1 premio de dos mil (2.000,00) euros cada uno.

A criterio de la Comisión evaluadora, en el supuesto de no cubrirse el premio correspondiente a cada rama de conocimiento, se podrá atribuir un premio más a otra, atendiendo a la mejor puntuación obtenida en los criterios de valoración establecidos en el apartado 6.2.3.

4.2.- El importe total de premios en metálico será de diez mil (10.000,00) euros, financiándose con cargo al Capítulo IV del presupuesto del Consejo Social de la Universidad de La Laguna para el ejercicio presupuestario 2025, aplicación presupuestaria 2025.180502AA.421B1.48701.

Quinto.- Duración de las ayudas.

La duración de las presentes ayudas se entenderá imputada exclusivamente al año 2025.

Sexto.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes, junto con la documentación referida, se presentarán en la sede electrónica de la ULL a través del procedimiento habilitado para ello en la página web de la ULL (https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/677), dentro del plazo señalado en la convocatoria.

El plazo de presentación de las candidaturas comenzará a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución y finalizará a las 15:00 horas del 20 de junio de 2025.

Séptimo.- Delegación de competencias.

El órgano competente para convocar estas ayudas es el Rector de la Universidad de La Laguna, en cuanto órgano al que corresponde autorizar y aprobar los gastos, así como disponer y ordenar los gastos y pagos, conforme a lo previsto en las Bases de Ejecución del presupuesto de la Universidad de La Laguna, según dispone el artículo 23.c) de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, sin perjuicio de las delegaciones que efectúe (artículo 123.1 de los Estatutos ULL).

En virtud de lo anterior, en la Resolución del Rector de fecha 27 de mayo de 2024, se delega en la Presidencia del Consejo Social la disposición de gastos y la ordenación de pagos que se deriven de la presente convocatoria.

San Cristóbal de La Laguna, a 27 de mayo de 2025.- El Rector, Francisco Javier García Rodríguez.