Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación.- Resolución de 15 de mayo de 2025, por la que se establecen las rúbricas de los criterios de evaluación de las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria para orientar y facilitar la evaluación y la calificación objetiva del alumnado en la Comunidad Autónoma de Canarias en el marco de la LOMLOE.
2025-06-02 · BOC-2025/107/2005
Vista la necesidad de dotar a los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Canarias que imparten las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, de una herramienta que oriente y facilite la evaluación y calificación objetiva del alumnado que cursa estas etapas, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las directrices establecidas por la Unión Europea y la UNESCO para la década 2020-2030, así como la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible 2030, ponen de manifiesto la necesidad de seguir adaptando el sistema educativo canario a los retos y desafíos del XXI.
Segundo.- Desde el año 2011 se ha venido conformando en las enseñanzas correspondientes al ámbito de competencia de esta Dirección General un marco pedagógico para la enseñanza y el aprendizaje competenciales desde el principio de inclusión. Dicho marco ha pretendido alinear de manera coherente los principios pedagógicos competenciales con la práctica docente para avanzar en la calidad y equidad de la educación y, por tanto, en la mejora de los aprendizajes de todo el alumnado, promoviendo la funcionalidad de los mismos, mediante la creación de situaciones de aprendizaje que contribuyan a la mejora en el desarrollo y la adquisición de las competencias. En este contexto nació “ProIDEAC” (Pro Integrar Diseño y Evaluación de los Aprendizajes Competenciales), un referente común para toda la Comunidad Autónoma para la evaluación y la calificación objetiva del alumnado, y también una herramienta que ha servido de base para el diseño de situaciones de aprendizaje por parte del profesorado. Con este enfoque se publicaron las rúbricas LOMCE para la evaluación y calificación de los criterios de evaluación de las distintas áreas, materias y ámbitos, y el documento “Orientaciones para la descripción del grado de desarrollo y adquisición de las competencias. LOMCE”.
Tercero.- Por su parte, la Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación (en adelante, DGOEII), como parte de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes (en adelante, CEFPAFD), viene impulsando un enfoque educativo que fomenta aprendizajes competenciales, contextuales, útiles y aplicables, favoreciendo la progresiva construcción del conocimiento, la formación continua a lo largo de la vida y la integración laboral y social de las personas, gracias a su formación y desarrollo. Asimismo, se trabaja en promover procesos de innovación del sistema educativo mediante la implementación de acciones, programas y proyectos que fomenten la calidad de la enseñanza y la mejora de los aprendizajes. En estos procesos la evaluación juega un papel esencial, garantizando que la dedicación, el esfuerzo y el aprendizaje del alumnado sean valorados con objetividad por el profesorado. En este sentido, se trabaja para ofrecer al profesorado herramientas que le permitan determinar, de forma conjunta y objetiva, en qué medida el alumnado ha adquirido los aprendizajes contemplados en los criterios de evaluación, referentes para la evaluación conjunta de las áreas, las materias y los ámbitos, y del grado de desarrollo y adquisición de las competencias previsto para cada una de las etapas, determinando así el avance de su desarrollo educativo para alcanzar el Perfil de Salida al término de la enseñanza básica.
Cuarto.- El marco pedagógico actual continúa centrando el foco en la dimensión formativa de la evaluación y en la evaluación conjunta de las competencias, así como en la integración de los procesos de diseño, implementación y evaluación de situaciones de aprendizaje que promuevan un enfoque competencial e inclusivo de la enseñanza. Con el fin de orientar la acción educativa, en el proceso de elaboración de los decretos que regulan la ordenación y los currículos de la enseñanza básica de la Comunidad Autónoma de Canarias, se veló por consolidar este marco pedagógico y enriquecerlo al vincular las competencias específicas, los descriptores operativos de las competencias clave y los criterios de evaluación en un mismo bloque competencial, junto con una explicación que ayudara al profesorado en la confección de situaciones de aprendizaje y orientase sobre la selección de los saberes básicos aplicables, y que lo orientara en el diseño de situaciones de aprendizaje competenciales alineadas con una práctica docente inclusiva, que contemple los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
Quinto.- Desde el curso 2023-2024, se encuentra activo el “Plan Evalúa” con el objetivo de mejorar la competencia evaluadora docente en el marco de la evaluación competencial. El mismo contempla un plan formativo dirigido a que el profesorado comparta lenguaje y significados en torno a la evaluación y la calificación en el marco de la LOMLOE y pueda disponer de recursos y herramientas de apoyo para esta tarea. En este contexto se proporcionan claves al profesorado para el diseño de situaciones de aprendizaje competenciales y para la creación de rúbricas y otras herramientas que faciliten la evaluación y la calificación, tanto de los aprendizajes contemplados en los criterios de evaluación trabajados, como de los descriptores operativos de las competencias que se encuentran vinculados a ellos.
Sexto.- La DGOEII, dentro del ámbito de sus competencias, asume la coordinación de la elaboración de las rúbricas de evaluación y calificación, de forma que se facilite la evaluación y la calificación objetiva del alumnado, tal y como establece la Orden de 31 de mayo de 2023, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se garantice el cumplimiento de las enseñanzas mínimas y de la norma básica previstas en el Decreto 211/2022, de 10 de noviembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el Decreto 30/2023, de 16 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE), ofrece una nueva definición del currículo, de sus elementos constitutivos y de la distribución de competencias entre el Gobierno y las Comunidades Autónomas. De esta forma, se asegura una formación común para todo el estado español, a través de la fijación de las enseñanzas mínimas, y se otorga a las administraciones educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas del que formarán parte los aspectos básicos establecidos por el Gobierno de la nación.
Segundo.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, establece, en su artículo 28, que los currículos de la educación básica deben orientarse a la adquisición de las capacidades esenciales y las competencias básicas que deben contribuir al desarrollo personal de los alumnos y alumnas y a la práctica de la ciudadanía activa.
Tercero.- El Decreto 211/2022, de 10 de noviembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias, indica, en el artículo 10.2, que la evaluación de las áreas o los ámbitos, y del grado de desarrollo y adquisición de las competencias clave, además de global, continua y formativa, ha de ser conjunta, y que los referentes para la evaluación de estos aspectos, así como para la comprobación del logro de los objetivos de la etapa, en la evaluación continua y final de las áreas, serán los criterios de evaluación establecidos para cada uno de los bloques competenciales en los que se organiza el currículo. Además, en el apartado 3 del mismo artículo, se señala que las matrices de evaluación o rúbricas constituyen un nivel de concreción curricular que integra los elementos anteriores para la evaluación del alumnado y su establecimiento corresponderá a la Consejería competente en materia de educación. Finalmente, en el artículo 10.8 se recoge que para la evaluación del alumnado se utilizarán instrumentos de evaluación heterogéneos y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje, que permitan su valoración objetiva.
Cuarto.- El Decreto 30/2023, de 16 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias, indica, en su artículo 31.3, que los referentes para la evaluación conjunta de las materias o los ámbitos, y del grado de desarrollo y adquisición de las competencias, así como para la comprobación del logro de los objetivos de la etapa, en la evaluación continua y final, serán los criterios de evaluación establecidos para cada uno de los bloques competenciales en los que se organiza el currículo para la etapa. Finalmente, el apartado 6 del mismo artículo indica que se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje de todo el alumnado.
Quinto.- La Orden de 31 de mayo de 2023, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, señala, en su artículo 2, que los criterios de evaluación establecidos para cada uno de los bloques competenciales en los que se organiza el currículo, serán los referentes para la evaluación conjunta de las áreas, las materias y los ámbitos, y del grado de desarrollo y adquisición de las competencias previsto para cada una de las etapas. Serán la base, además, para la comprobación del logro de los objetivos de cada etapa. En el artículo 4, relativo al derecho del alumnado a una evaluación objetiva, se señala, en su apartado 2, que se emplearán instrumentos, técnicas y herramientas de evaluación heterogéneos, diversos, variados, accesibles y ajustados a las distintas situaciones de aprendizaje y necesidades del alumnado; en su apartado 3, indica que la Administración educativa ofrecerá orientaciones y herramientas para facilitar la evaluación y calificación colegiada de las competencias clave, de manera que se garantice la evaluación objetiva del alumnado; y, finalmente, en su apartado 4, recoge que las matrices o rúbricas constituyen un nivel de concreción curricular para la calificación de las áreas, las materias o los ámbitos, y su establecimiento corresponderá al centro directivo competente en materia de evaluación de las etapas objeto de dicha Orden.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, en su artículo 17.2, apartados a), j) y u),
RESUELVO:
Único.- Establecer las rúbricas de los criterios de evaluación de las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria para orientar y facilitar la evaluación y la calificación objetiva del alumnado en la Comunidad Autónoma de Canarias en el marco de LOMLOE, y que se incorporan como Anexos 1 y 2, respectivamente, a esta Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de mayo de 2025.- El Director General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación, David Pablos González.
ANEXO 1
RÚBRICAS DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Las presentes rúbricas constituyen una herramienta para orientar al profesorado y facilitar la evaluación y la calificación de los aprendizajes descritos en los criterios de evaluación de las diferentes áreas, así como de las competencias clave, mediante los descriptores operativos vinculados a los mismos. Este modelo supone un avance en el carácter competencial de las rúbricas por incorporar de manera explícita elementos provenientes de los descriptores operativos y por su valor para orientar en el diseño de situaciones de aprendizaje competenciales inclusivas.
Para la construcción de estas rúbricas se ha partido de la premisa de que la concreción del Perfil de Salida para la Educación Primaria se corresponde con un grado de consecución de Adecuado (AD). Por analogía, se ha determinado que los aprendizajes descritos en los criterios de evaluación representan el nivel de logro correspondiente al calificador Suficiente/Bien (SU/BI), en tanto que en los currículos de Canarias los criterios de evaluación fueron elaborados integrando los aprendizajes de los descriptores operativos.
El calificador SU/BI contiene el texto de cada criterio de evaluación y, en la mayoría de los casos, ha sido enriquecido con fragmentos de algunos descriptores operativos, por encontrarse estos menos evidentes en el criterio de evaluación y mejor identificados en la explicación del bloque competencial. Para ello, los descriptores operativos correspondientes a la concreción del Perfil de Salida para la Educación Primaria fueron previamente secuenciados a cada ciclo.
En las presentes rúbricas, el calificador SU/BI describe un logro que no contiene una graduación específica, más allá de la que contemplan los propios aprendizajes del criterio y los descriptores operativos vinculados. Los demás calificadores comparten el texto correspondiente al SU/BI y se encuentran graduados de manera que reflejan un logro inferior (IN) o superior a este (NT y SB). De este modo, los cuatro calificadores que indican los resultados de la evaluación: Insuficiente (IN), Suficiente-Bien (SU/BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), se equiparan a los niveles de logro de los descriptores operativos asociados a las competencias: Poco Adecuado (PA), Adecuado (AD), Muy Adecuado (MA) y Excelente (EX).
Esto permite al profesorado dirigir la observación de forma más precisa y objetiva hacia el desempeño esperado y, al mismo tiempo, la implementación de una práctica de aula a través del diseño de situaciones de aprendizaje competenciales inclusivas focalizadas en aquellos aspectos que posteriormente han de ser evaluados y calificados, de manera que la evaluación no se sitúa al final del proceso de enseñanza, sino que lo fundamenta, adquiriendo un sentido formativo y regulador de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Las rúbricas ofrecen información sobre diferentes elementos curriculares (procesos, saberes, contextos, recursos y finalidades), con sus respectivas graduaciones, que ayudan al profesorado a clarificar los objetivos de aprendizaje y sugieren orientaciones para el diseño de propuestas didácticas que facilitan el aprendizaje competencial de un alumnado diverso. Además, favorecen la toma de conciencia del propio aprendizaje por parte del alumnado a través de la puesta en marcha de procesos de autoevaluación, metacognición y coevaluación, lo que impulsa el compromiso con la mejora continua. En este sentido, las rúbricas se consolidan como una herramienta de gran valor para facilitar la evaluación formativa y objetiva de todo el alumnado.
Ver anexo en las páginas 21898-22253 del documento Descargar
ANEXO 2
RÚBRICAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Las presentes rúbricas constituyen una herramienta para orientar al profesorado y facilitar la evaluación y la calificación de los aprendizajes descritos en los criterios de evaluación de las diferentes materias, así como de las competencias clave, mediante los descriptores operativos vinculados a los mismos. Este modelo supone un avance en el carácter competencial de las rúbricas por incorporar de manera explícita elementos provenientes de los descriptores operativos y por su valor para orientar en el diseño de situaciones de aprendizaje competenciales inclusivas.
Para la construcción de estas rúbricas se ha partido de la premisa de que el Perfil de Salida al finalizar la enseñanza básica se corresponde con un grado de consecución de Adecuado (AD). Por analogía, se ha determinado que los aprendizajes descritos en los criterios de evaluación representan el nivel de logro correspondiente al calificador Suficiente/Bien (SU/BI), en tanto que en los currículos de Canarias los criterios de evaluación se elaboraron integrando los aprendizajes de los descriptores operativos.
El calificador SU/BI contiene el texto de cada criterio de evaluación y, en la mayoría de los casos, ha sido enriquecido con fragmentos de algunos descriptores operativos, por encontrarse estos menos evidentes en el criterio de evaluación y mejor identificados en la explicación del bloque competencial. Para ello, los descriptores operativos correspondientes al Perfil de Salida fueron previamente secuenciados a cada curso.
En las presentes rúbricas, el calificador SU/BI describe un logro que no contiene una graduación específica, más allá de la que contemplan los propios aprendizajes del criterio y los descriptores operativos vinculados. Los demás calificadores comparten el texto correspondiente al SU/BI y se encuentran graduados de manera que reflejan un logro inferior (IN) o superior a este (NT y SB). De este modo, los cuatro calificadores que indican los resultados de la evaluación: Insuficiente (IN), Suficiente-Bien (SU/BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), se equiparan a los niveles de logro de los descriptores operativos asociados a las competencias: Poco adecuado (PA), Adecuado (AD), Muy Adecuado (MA) y Excelente (EX).
Esto permite al profesorado dirigir la observación de forma más precisa y objetiva hacia el desempeño esperado y, al mismo tiempo, la implementación de una práctica de aula a través del diseño de situaciones de aprendizaje competenciales inclusivas focalizadas en aquellos aspectos que posteriormente han de ser evaluados y calificados, de manera que la evaluación no se sitúa al final del proceso de enseñanza, sino que lo fundamenta, adquiriendo un sentido formativo y regulador de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Las rúbricas ofrecen información sobre diferentes elementos curriculares (procesos, saberes, contextos, recursos y finalidades), con sus respectivas graduaciones, que ayudan al profesorado a clarificar los objetivos de aprendizaje y sugieren orientaciones para el diseño de propuestas didácticas que facilitan el aprendizaje competencial de un alumnado diverso. Además, favorecen la toma de conciencia del propio aprendizaje por parte del alumnado a través de la puesta en marcha de procesos de autoevaluación, metacognición y coevaluación, lo que impulsa el compromiso con la mejora continua. En este sentido, las rúbricas se consolidan como una herramienta de gran valor para facilitar la evaluación formativa y objetiva de todo el alumnado.
Ver anexo en las páginas 22255-23330 del documento Descargar