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Disposición 2025/105/1973

Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 19 de mayo de 2025, por la que se da publicidad a la convocatoria y bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de naturaleza directiva y existencia obligatoria denominado Interventor/a General, clase primera, del Cabildo Insular de Gran Canaria, reservado a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, vacante por inexistencia de titular definitivo.

2025-05-28 · BOC-2025/105/1973

Examinado el expediente iniciado a solicitud del Cabildo Insular de Gran Canaria, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de naturaleza directiva y existencia obligatoria denominado Interventor/a General, clase primera, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, vacante desde el día 14 de febrero de 2025 por jubilación de su titular.

Vista la propuesta del Servicio de Función Pública Local.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1.º) El día 6 de mayo de 2025, se recibió en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR), un oficio de la Presidencia del Cabildo Insular de Gran Canaria, de la misma fecha, a través del cual, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, remitió el Decreto n.º CGC/2025/4654, de 30 de abril de 2025, por el que se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto denominado Interventor/a General del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, categoría superior, así como copia autenticada de las bases mediante las que se regirá dicho proceso, con la finalidad de que sea cumplimentado el trámite de publicación correspondiente en los diarios oficiales.

El detalle de la documentación remitida por la Corporación insular es el siguiente:

  • Informe-propuesta del Servicio de Gestión de Recursos Humanos del Cabildo Insular de Canarias, de 29 de abril de 2025, evacuado a la vista el informe-propuesta del Sr. Consejero de Gobierno de Hacienda y Emergencias, de 28 de marzo de 2025, relativo a la aprobación de las bases para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto vacante denominado Interventor/a General, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior. La propuesta trae su razón debido a la jubilación de su titular con efectos del día 13 de febrero de 2025, quedando vacante dicho puesto desde el día 14 de febrero de 2025.

  • El referido Decreto de la Presidencia n.º CGC/2025/4654, de 30 de abril de 2025, cuyo apartado dispositivo es del tenor siguiente:

“Primero.- Aprobar la convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto denominado Interventor/a General del Cabildo de Gran Canaria, vacante por jubilación de su titular, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de conformidad con los artículos 45 y 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segundo.- Aprobar las bases que figuran anexas a este Decreto que han de regir la citada convocatoria.

Tercero.- Remitir el presente Decreto a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y posterior remisión al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública en el plazo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del Boletín en el que ha sido publicado.

Cuarto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo de Gran Canaria, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, en caso de no desear hacer uso de dicha potestad y, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a esta publicación”.

  • Anexo I - Modelo de solicitud libre designación Interventor/a General.

  • Anexo II - Trabajo desempeñado/Titulaciones académicas distintas a la exigida/Cursos recibidos/impartidos relacionados con el puesto/Publicaciones y ponencias/Otros méritos.

2.º) De los datos que obran en el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resulta lo siguiente:

a) Que el puesto de trabajo de naturaleza directiva y existencia obligatoria denominado Interventor/a General, clase primera, del Cabildo Insular de Gran Canaria, está reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

b) Que, por acuerdo del Pleno de 30 de diciembre de 1993, se dispuso su provisión por el sistema de libre designación. En virtud de la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 25 de enero de 1994, se clasificaron puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y se dio publicidad a los acuerdos plenarios sobre forma de cobertura de estos (BOE n.º 30, de 4.2.1994), entre los que figura el relativo al sistema de provisión del puesto de trabajo de Interventor del Cabildo Insular de Gran Canaria.

c) Que el referido puesto de trabajo se halla vacante, por jubilación de su anterior titular, desde el día 14 de febrero de 2025.

d) Que las funciones del puesto de trabajo son desempeñadas por Dña. Lidia Cristina Pérez Mederos, funcionaria de carrera del Cabildo Insular de Gran Canaria, de la Subescala Técnica de Administración Especial, del Grupo A, Subgrupo A1, mediante nombramiento accidental conferido por la Resolución de esta Dirección General n.º 879/2025, de 7 de marzo.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone:

“La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses, desde que el puesto de trabajo se hubiera clasificado a libre designación o hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

En el caso de que el Presidente de la Corporación no realice la convocatoria en el plazo máximo establecido, la Comunidad Autónoma le requerirá para que efectúe la misma, en los términos regulados en este artículo, advirtiéndolo que de no hacerlo en el plazo indicado se iniciara un procedimiento de modificación de las características del puesto y su forma de provisión”.

Segunda.- Esta Dirección General es competente para la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las convocatorias de concursos y convocatorias de libre designación efectuadas por las Corporaciones Locales de Canarias, así como para la publicación de las resoluciones de las mismas, tratándose de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con el artículo 79.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024).

En virtud de lo anterior, esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia atribuida,

RESUELVE:

1.- Dar publicidad a las bases por las que se rige la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de naturaleza directiva y existencia obligatoria denominado Interventor/a General, clase primera, del Cabildo Insular de Gran Canaria, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, bases que, junto con la convocatoria, fueron aprobadas por el Decreto de la Presidencia n.º CGC/2025/4654, de 30 de abril de 2025.

Las bases, así como los Anexos I y II, se transcriben a continuación:

«BASES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO VACANTE DENOMINADO INTERVENTOR/A GENERAL, DEL CABILDO DE GRAN CANARIA.

Base 1.- Objeto de la convocatoria.

El objeto de estas bases es regular la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo del Interventor/a General del Cabildo de Gran Canaria, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, cuyas características son:

a) Corporación: Cabildo de Gran Canaria.

b) Denominación: Interventor/a General.

c) Clase: Primera.

d) Código RPT: 01.10.1.1.4.001

e) Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

f) Subescala: Intervención-Tesorería.

g) Categoría: Superior.

h) Nivel de complemento de destino: 30.

i) Complemento específico: 64.664,60 euros anuales.

j) Sistema de provisión del puesto: libre designación.

Base 2.- Funciones del puesto.

Son funciones del puesto objeto de esta convocatoria las siguientes:

a) Las indicadas en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE n.º 67, de 17.3.2018).

b) Las indicadas en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Cabildo de Gran Canaria, aprobado definitivamente por acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 5 de abril de 2024 por el Pleno de la Excma. Corporación (BOP de Las Palmas n.º 45, de 12.4.2024).

c) Las indicadas en la relación de puestos de trabajo aprobada por Acuerdo del Pleno del Cabildo de Gran Canaria de fechas 21 de enero y 31 de marzo de 1999, modificada por Acuerdo Plenario de 22 de febrero de 2019, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Órgano directivo que le corresponde el ejercicio de la función de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria en los términos previstos en la Ley 7/1985, Reguladora de Bases del Régimen Local, y delimitada en el Real Decreto 128/2018, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria de la Administración Insular y en los entes vinculados o dependientes del Cabildo de Gran Canaria, en su triple acepción de función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración (ROGA) del Cabildo de Gran Canaria, la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.

Dirección de los medios materiales, técnicos y personales de la Intervención General.

Desempeño de las funciones propias de su puesto de trabajo en los Organismos Autónomos, Sociedades Mercantiles, Fundaciones, Consorcios u otros Organismos Públicos adscritos al Cabildo de Gran Canaria, ello de conformidad con lo establecido en sus respectivos Estatutos.

Otras funciones atribuidas por el ROGA y demás normativa competente”.

Base 3.- Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Intervención- Tesorería, categoría superior, que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36, apartados 2.a), b), c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Base 4.- Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes de participación podrán realizarse mediante la instancia general:

  • De manera telemática a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (http://sede.grancanaria.com/informacion-instancia), o bien mediante Registro Electrónico General (https://reg.redsara.es).

La documentación deberá aportarse en formato PDF con un tamaño máximo de 7 Mb por cada archivo que adjunte (si se precisa enviar ficheros de mayor tamaño, consultar las instrucciones en las respuestas a las preguntas 1.7 de https://sede.grancanaria.com/preguntas-frecuentes).

  • De forma presencial:

• En las oficinas de esta Corporación (Registro General OIAC) y Registros Desconcentrados del Cabildo. Se recomienda solicitud de cita previa. Se atiende sin cita, si bien tienen preferencia las personas con cita.

• En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2.10.2015).

• En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

• En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

• En las oficinas de asistencia en materia de registros.

• En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Con la solicitud deberá aportarse la siguiente documentación:

  1. Título referido a su condición de funcionario de carrera de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, expedido por el órgano de la Administración Pública competente.

  2. Curriculum vitae en el que se indique la siguiente información:

a) Relación de méritos profesionales, donde consten los años de servicio y los puestos desempeñados en la Administración Pública.

b) Relación de méritos académicos, donde consten las titulaciones obtenidas y cursos de formación recibidos.

c) Cursos de formación impartidos y publicaciones en medios especializados.

d) Cualquier otro mérito que se estime oportuno manifestar para hacer valer la idoneidad de la persona candidata en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado.

Los méritos alegados en el curriculum vitae se acreditarán mediante la presentación de los documentos oportunos, que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez resuelto el procedimiento, el candidato propuesto deberá aportar, para aquellos documentos que no sean documentos originales electrónicos o copias electrónicas auténticas, los documentos originales o, en su caso, copia de los mismos auténtica por el órgano del Registro en el que se presente, o por fedatario público.

Si los documentos acreditativos de los requisitos o de los méritos no se aportaran por encontrarse en poder de esta Corporación con ocasión de su participación en otra convocatoria, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la solicitud, especificando la convocatoria en la que los presentó, con indicación del puesto y la fecha de la convocatoria, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación, o la vigencia del documento haya expirado. En caso contrario, deberá aportar la documentación requerida.

A tenor de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), el Cabildo de Gran Canaria podrá solicitar el cotejo de las copias aportadas por los/as interesado/as, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Asimismo, y según lo indicado en el apartado 7 del artículo 28 de la LPACAP, los/as interesados/as se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

El plazo para desistir de las solicitudes presentadas finalizará el último día del plazo de presentación de las instancias de participación.

No se admitirán modificaciones parciales a las solicitudes anteriormente presentadas. Para el caso de presentar dos o más solicitudes, solo será admitida la última registrada.

  1. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en la base tercera que impidan su participación en la convocatoria.

Base 5.- Resolución del procedimiento:

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será publicada en la página web y en el tablón de anuncios de la Corporación, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.

Finalizado el referido plazo, la lista de admitidos/as y excluidos/as quedará elevada automáticamente a definitiva si contra la misma no se presenta reclamación alguna, resolviéndose, por el contrario, las que se formularen mediante resolución que se publicará en los mismos medios que la provisional.

La Presidencia de la Corporación contará con el asesoramiento de una Comisión de Valoración integrada por el titular del Área de Gobierno de Hacienda; un/una funcionario/a de la Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala y categoría del puesto que se convoca, y un/una funcionario/a de la Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala Secretaría y categoría superior, actuando uno de sus integrantes como Secretario/a de la misma. Dicho Secretario/a actuará con voz y voto. Dicha Comisión tendrá por misión prestar el asesoramiento a la Presidencia, y formular una propuesta motivada de resolución, acordada, unánimemente, a favor del candidato/a, que reuniendo los requisitos exigidos en la convocatoria y atendiendo a los méritos acreditados en relación con el perfil competencial del puesto, se considere más idóneo/a para desarrollar las funciones atribuidas a dicho puesto.

El Presidente de la Corporación procederá a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, debiendo ser adjudicado el puesto entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y dando cuenta al Pleno de la Corporación de la resolución adoptada, con traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y remisión al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento, así como respecto a la idoneidad del candidato elegido en comparativa de méritos con el resto de los candidatos, si los hubiere, valorándose especialmente los siguientes aspectos:

a) Experiencia en puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, en entidades locales sometidas al régimen de organización de municipios de gran población.

b) Permanencia continuada en el puesto reservado de la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, obtenido con carácter definitivo.

c) Que los aspirantes se encuentren en la actualidad en servicio activo en la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior.

d) Titulaciones oficiales expedidas por universidades españolas o extranjeras diferentes a la acreditada por el aspirante cuando accedió inicialmente a la Subescala de Intervención-Tesorería, que se encuentren relacionadas con las funciones del puesto de trabajo.

e) Cursos de formación recibidos e impartidos que se encuentren relacionados con las funciones del puesto de trabajo.

Los méritos anteriormente descritos deberán ser debidamente acreditados mediante la documentación oportuna.

En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Base 6.- Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, es decir, de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de puestos de trabajo en localidad distinta, que empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado.

Recursos.

Contra el Decreto aprobatorio de las presentes bases y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, sin perjuicio que las personas interesadas puedan formular cualquier recurso o ejercer cualquier acción que estimen procedente para la defensa de sus intereses.- Las Palmas de Gran Canaria, a la fecha que figura en la firma electrónica».

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD LIBRE DESIGNACIÓN INTERVENTOR/A GENERAL

Ver anexo en la página 21715 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en las páginas 21716-21720 del documento Descargar

  1. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y remitir copia de la publicación a la Dirección General de la Función Pública, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través del procedimiento electrónico habilitado al efecto.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 2025.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.