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Disposición 2025/101/1889

ANUNCIO de 7 de mayo de 2025, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Menor del Plan General de Ordenación de Adeje en las parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta.

2025-05-22 · BOC-2025/101/1889

Por el Pleno del Ayuntamiento de la Histórica Villa de Adeje, en fecha de 28 de marzo de 2025, se aprobó definitivamente la Modificación Menor del Plan General de Ordenación en las Parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta, de este término, promovido por la Junta de Compensación P.P. La Caleta, disponiendo dicho acuerdo lo siguiente:

Primero.- Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación Menor del Plan General de Ordenación en las Parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta, en los términos contemplados en los informes emitidos y del documento finalmente presentado y sujeto a esta aprobación.

Segundo.- Publíquese en el Boletín Oficial de Canarias a los efectos de su entrada en vigor, junto con la documentación prevista en la legislación estatal básica, y en la sede electrónica del Ayuntamiento (dirección https://adeje.sedelectronica.es/).

Tercero.- Una vez diligenciado, remítase un ejemplar íntegro de la Modificación Menor del Plan General de Ordenación en las Parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta aprobado definitivamente, incluyendo planos y resto de documentos que conformen el documento de información y ordenación del plan, así como el resultado de la evaluación ambiental estratégica, al Registro de Planeamiento de Canarias.

Cuarto.- Una vez diligenciado, remítase un ejemplar íntegro de la Modificación Menor del Plan General de Ordenación en las Parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta aprobado definitivamente al Consejo Cartográfico de Canarias.

Quinto.- Notificar a los interesados la resolución que se dicte, en los términos que legalmente procede.

Contra la presente resolución, en los términos de los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndose saber que la misma agota la vía administrativa, por lo que cabe interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndose saber que contra la misma, en relación con el artículo 123.1.A) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Adeje, a 7 de mayo de 2025.- El Concejal del Área de Presidencia y Planificación del Territorio, Manuel Luis Méndez Martín.

ANUNCIO de 7 de mayo de 2025, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Menor del Plan General de Ordenación de Adeje en las parcelas 7, 8, 9, PL-1, AN-1, SD-2 y Peatonal del Sector SO-7 La Caleta. — BOC Canarias Web