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Disposición 2024/261/4475

ORDEN de 26 de diciembre de 2024, por la que se aprueba la quinta modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026.

2024-12-31 · BOC-2024/261/4475

Examinado el expediente de modificación de la Orden n.º 15/2024, de 29 de febrero de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

De oficio, se incluyen los cambios producidos en las acciones de la Viceconsejería de Economía e Internacionalización y en la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica.

De otro lado, se incorporan las modificaciones propuestas por la Dirección General de Comercio y Consumo, mediante escritos de fecha 28 de noviembre y 20 de diciembre de 2024, y propuesta de la Dirección General de Promoción Económica de 23 de diciembre de 2024.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1.º) El PES incluye las actuaciones en materia de subvenciones y en las cantidades previstas dotadas en los presupuestos del departamento, además de las hipotéticas modificaciones presupuestarias realizadas durante el ejercicio económico.

2.º) Mediante Orden n.º 15/2024, de 29 de febrero de 2024, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026 (BOC n.º 51, de 11.3.2024), en adelante PES.

3.º) Que, por Orden n.º 73, de 29 de julio de 2024, se aprueba la primera modificación del PES (BOC n.º 158, de 12 de agosto).

4.º) Que por Orden n.º 82, de 7 de octubre de 2024, se aprueba la segunda modificación del PES (BOC n.º 208, de 18 de octubre).

5.º) Que por Orden n.º 87, de 18 de octubre de 2024, se aprueba la tercera modificación del PES (BOC n.º 218, de 31 de octubre).

6.º) Que por Orden n.º 114, de 11 de diciembre de 2024, se aprueba la cuarta modificación del PES (BOC n.º 258, de 26 de diciembre).

7.º) El PES engloba la relación de subvenciones gestionadas por los Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento, y acorde a su ámbito competencial:

• Viceconsejería de Economía e Internacionalización.

• Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo.

• Dirección General de Promoción y Diversificación Económica.

• Dirección General de Autónomos.

• Dirección General de Industria.

• Dirección General de Comercio y Consumo.

8.º) El PES prevé una vigencia de tres años circunscribiéndose a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollan en el ámbito del presupuesto de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de la continuidad que pueda tener en planes futuros.

9.º) La presente Orden supone la quinta variación del PES, e incluye las variaciones derivadas de expedientes de modificaciones presupuestarias que han sido aprobadas por el órgano competente, o de aquellos que ya obran en la Dirección General de Planificación y Presupuestos, pendientes de aprobación.

10.º) En la modificación del PES se significan, con sus importes, aquellas actuaciones que se crean/dotan y que han de “establecerse” en el PES, para su posterior concesión, en los centros directivos y términos siguientes:

Dirección General de Comercio y Consumo:

• Creación y dotación PI 247G0252 “Ayuntamiento de S/C de Tenerife Sociedad de Desarrollo Dinamización Domingos”, en 60.000 euros.

• Creación y dotación PI 247G0253 “FAUCA Proyecto Isla de Moda”, en 54.000 euros.

• Creación y dotación PI 247G0254 “Ayuntamiento de Puerto de la Cruz Revitalización Espacios Comerciales”, en 80.000 euros.

• Creación y dotación PI 247G0255 “Ayuntamiento de Arona Renovación Exterior Comercios”, en 80.000 euros.

• Creación y dotación PI 247G0333 “Proyecto Transformación Comercial calle Pérez Galdós”, en 2.000.000 de euros.

• Creación y dotación PI 247G0335 “Proyecto Transformación Comercial calle Puerto Escondido”, en 1.000.000 de euros.

Dirección General de Promoción y Diversificación Económica:

• Creación y dotación PI 247G0358 “Plan Director de Desarrollo Económico La Aldea de San Nicolás”, en 350.000 euros.

11.º) De otro lado, y consecuencia también de modificaciones presupuestarias, se incluyen acciones en las que se han producido variaciones (+/-) cuantitativas en sus créditos:

Viceconsejería de Economía e Internacionalización:

• Aumento LA 154G1350 “Apoyo a estudios y actuaciones relacionadas con la Estrategia Canaria de Economía Azul”.

Dirección General de Promoción y Diversificación Económica:

• Aumento LA 154G1258 “Ayudas de emergencia volcán isla de La Palma”.

• Aumento LA 154G1083 “Internacionalización de empresas Lanzarote”.

• Aumento LA 154G1087 “Internacionalización de empresas Fuerteventura”.

• Disminución LA 154G1084 “Internacionalización de empresas La Gomera”.

• Disminución LA 154G1085 “Internacionalización de empresas El Hierro”.

• Disminución LA 154G1086 “Internacionalización de empresas La Palma”.

• Aumento PI 247G0142 “Apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de empresas canarias”.

• Disminución LA 154G0158 “Servicios a empresas FEDER. Ayuda al fomento de la actividad empresarial”.

• Disminución PI 227G0223 “Subvenciones gestoras Fondos Inversión Start Ups”.

• Disminución LA 154G1052 “Acciones de apoyo Redes de Business Angels”.

• Aumento LA 154G1292 “Internacionalización Empresas Canarias Competitividad-FEDER”.

• Disminución LA 154G0225 “Cámaras: Servicios a Empresas FEDER”.

• Disminución LA 154G0998 “Fomento de la Formación en Técnicas y materias relacionadas con la actividad empresarial”.

• Aumento PI 207G0126 “Internacionalización Empresas Canarias-Digitalización-FEDER”.

Dirección General de Comercio y Consumo:

• Aumento LA 154G1671 “Promoción de actividades feriales”.

• Disminución LA 154G1712 “Mercados Tradicionales”.

12.º) Con fecha 26 de diciembre de 2024, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informa con carácter favorable la modificación propuesta, condicionada a la resolución de los expedientes de modificación de crédito que requiera la dotación adecuada de las siguientes líneas de subvención:

• PI 247G0333 “Proyecto Transformación Comercial calle Pérez Galdós” (1505_20).

• PI 247G0335 “Proyecto Transformación Comercial calle Puerto Escondido” (1505_21).

• PI 247G0358 “Plan Director de Desarrollo Económico La Aldea de San Nicolás” (1514_13).

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece como uno de los principios que debe respetar en su actuación cualquier Administración pública el de la “planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas”.

Segunda.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que “los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan Estratégico de subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aún no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento”.

Tercera.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento, así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones. En el mismo se describe el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, y las líneas de subvención, debiendo concretarse para cada una de ellas: áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalles de las fuentes de financiación y régimen de seguimiento y evaluación continua, así como un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan para cada línea de subvención.

Cuarta.- El artículo 6.1 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados”.

Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009 establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, con el contenido de su artículo 7.

Sexta.- El artículo 31.1, apartado a), de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC n.º 5, de 9.1.2015), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Séptima.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n.º 71, de 23.3.2007), y modificaciones posteriores, así como la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, modificada por Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales; Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias; y Ley 7/2019, de 9 de abril, de modificación de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de modificación de las leyes reguladoras de los órganos de relevancia estatutaria para garantizar la representación equilibrada entre mujeres y hombres en su composición.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida

RESUELVO:

Primero.- Autorizar la modificación quinta del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026, que, aprobado por Orden n.º 15/2024, de 29 de febrero de 2024, ha sido objeto de modificación por Orden n.º 73/2024, de 29 de julio; Orden n.º 82/2024, de 7 de octubre; Orden n.º 87/2024, de 18 de octubre, y Orden n.º 114, de 11 de diciembre de 2024, al objeto de su adecuación a las acciones actuales de fomento del Departamento.

Segundo.- El Plan es un instrumento de gestión de carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones para la Administración, carece de rango normativo y no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares.

Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- La presente modificación requiere actualizar el contenido del Anexo I de la Orden n.º 15/2024, de 29 de febrero de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026, siendo el detalle de las actuaciones las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.

Cuarto.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2024-2026.

Quinto.- El Plan se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2024-2026, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Sexto.- La presente Orden se dicta en el ejercicio de la dirección de la actividad interna de la Administración.

Séptimo.- La Orden producirá efectos desde el día siguiente a su aprobación y será comunicada a los órganos superiores y directivos del Departamento.

Octavo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de diciembre de 2024.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y AUTÓNOMOS, Manuel Domínguez González.

ANEXO I

Viceconsejería de Economía e Internacionalización:

• Aumento LA 154G1350 “Apoyo a estudios y actuaciones relacionadas con la Estrategia Canaria de Economía Azul”.

Dirección General de Promoción y Diversificación Económica:

• Aumento LA 154G1258 “Ayudas de emergencia volcán isla de La Palma”.

• Aumento LA 154G1083 “Internacionalización de empresas Lanzarote”.

• Aumento LA 154G1087 “Internacionalización de empresas Fuerteventura”.

• Disminución LA 154G1084 “Internacionalización de empresas La Gomera”.

• Disminución LA 154G1085 “Internacionalización de empresas El Hierro”.

• Disminución LA 154G1086 “Internacionalización de empresas La Palma”.

• Aumento PI 247G0142 “Apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de empresas canarias”.

• Disminución del crédito de la LA 154G0158 “Servicios a empresas FEDER. Ayuda al fomento de la actividad empresarial”.

• Disminución PI 227G0223 “Subvenciones gestoras Fondos Inversión Start Ups”.

• Disminución LA 154G1052 “Acciones de apoyo Redes de Business Angels”.

• Aumento LA 154G1292 “Internacionalización Empresas Canarias Competitividad-FEDER”

• Disminución LA 154G0225 “Cámaras: Servicios a Empresas FEDER”.

• Disminución LA 154G0998 “Fomento de la Formación en Técnicas y materias relacionadas con la actividad empresarial”.

• Aumento PI 207G0126 “Internacionalización Empresas Canarias-Digitalización-FEDER”.

• Creación y dotación PI 247G0358 “Plan Director de Desarrollo Económico La Aldea de San Nicolás”.

Dirección General de Comercio y Consumo:

• Creación y dotación del PI 247G0252 “Ayuntamiento de S/C de Tenerife Sociedad de Desarrollo Dinamización Domingos”, en 60.000 euros.

• Creación y dotación del PI 247G0253 “FAUCA Proyecto Isla de Moda”, en 54.000 euros.

• Creación y dotación del PI 247G0254 “Ayuntamiento de Puerto de la Cruz Revitalización Espacios Comerciales”, en 80.000 euros.

• Creación y dotación del PI 247G0255 “Ayuntamiento de Arona Renovación Exterior Comercios”, en 80.000 euros.

• Creación y dotación del PI 247G0333 “Proyecto Transformación Comercial calle Pérez Galdós”, en 2.000.000 de euros.

• Creación y dotación del PI 247G0335 “Proyecto Transformación Comercial calle Puerto Escondido”, en 1.000.000 de euros

• Aumento LA 154G1671” Promoción de actividades feriales”.

• Disminución LA 154G1712 “Mercados Tradicionales”.

ANEXO II

Ver anexo en las páginas 47308-47356 del documento Descargar

ORDEN de 26 de diciembre de 2024, por la que se aprueba la quinta modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2026. — BOC Canarias Web