RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024, por la que se modifica la composición de la Mesa Permanente de Contratación que asistirá al órgano de contratación en los procedimientos de contratación administrativa en los que se encuentre prevista su intervención.
2024-12-27 · BOC-2024/259/4419
Teniendo en cuenta el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- Según Resolución del Gerente, de fecha 30 de julio de 2024, se designa a los miembros de la Mesa Permanente de Contratación que asistirá al órgano de contratación en los procedimientos de contratación administrativa en los que se encuentre prevista su intervención, y que se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 161, de fecha 16 de agosto de 2024.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El órgano competente para dictar esta Resolución es el Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, según Resolución del Rector, de fecha 5 de abril de 2021, por la que se delegan competencias en diversos órganos unipersonales de esta Universidad (BOC n.º 80, de 20.4.2021).
Segunda.- Conforme al artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, como universidad pública, tiene la consideración de Administración Pública a la que resulta de aplicación la citada norma.
Tercera.- El artículo 326 de la Ley de Contratos del Sector Público dispone, en su apartado 1, que: “ …, en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una mesa de contratación”, y, en su apartado 3, establece que: “La mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente”.
Cuarta.- De conformidad con el artículo 326.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, los miembros de la Mesa de Contratación serán nombrados por el órgano de contratación.
Quinta.- El artículo 21, apartado 4, del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, regula la composición de la Mesa de Contratación y establece que: “La designación de los miembros de la Mesa de Contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato”.
Asimismo, dispone que: “Si es una Mesa permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según se trate de Administración General del Estado, de la Autonómica o de la Local”.
Conforme a lo dispuesto,
RESUELVO:
Primero.- Designar la titularidad del miembro con funciones de vocal de la Mesa de Contratación Permanente:
Vocal Servicio de Control Interno: Dña. Alicia Miranda Gil, Directora del Servicio de Control Interno.
Segundo.- Notifíquese el nombramiento a la interesada, publicándose la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el perfil de contratante.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de diciembre de 2024.- El Gerente, Jorge Balaguer de la Riva.