ORDEN de 22 de octubre de 2024, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024.
2024-11-06 · BOC-2024/221/3665
Examinado el expediente de modificación de la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, tramitado por la Secretaría General Técnica del Departamento.
Vista la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 10 de octubre de 2024, y teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
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Por Decreto 127/2014, de 23 de diciembre, se aprobó e implementó el Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la denominación SEFLOGIC (BOC de 31.12.2014), en el cual se registran todas las operaciones de naturaleza presupuestaria, económica, financiera, patrimonial y de tesorería de los órganos y unidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como organismos autónomos y entes con presupuesto limitativo o estimativo que conforman el sector público autonómico, de acuerdo con las especificaciones técnicas del sistema.
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Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC n.º 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por las Órdenes de 24 de febrero (BOC n.º 45, de 5.3.2021), de 25 de mayo (BOC n.º 112, de 2.6.2021), de 26 de julio (BOC n.º 161, de 5.8.2021), de 24 de septiembre de 2021 (BOC n.º 205, de 6.10.2021), de 30 de marzo de 2022 (BOC n.º 72, de 12.4.2022), de 27 de octubre (BOC n.º 222, de 10.11.2022), de 22 de noviembre (BOC n.º 240, de 7.12.2022), de 23 de diciembre de 2022 (BOC n.º 5, de 9.1.2023), de 28 de marzo de 2023 (BOC n.º 71, de 12.4.2023), y de 8 de mayo de 2024 (BOC n.º 98, de 20.5.2024), de la mencionada Consejería, actualmente Consejería de Turismo y Empleo.
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La estructuración del Plan Estratégico de Subvenciones de SEFLOGIC se basa en los siguientes elementos:
• Línea de actuación.
• Tipo de financiación.
• Objetivos y efectos.
• Posición presupuestaria.
• Coste estimado.
• Forma de concesión.
• Régimen de seguimiento y evaluación.
- En la Secretaría General Técnica de este Departamento se ha recibido propuesta de la Dirección del Servicio Canario de Empleo en la que se solicita actualizar el PES 2021-2024 en su anualidad 2024, a la vista de los cambios ocasionados que afectan al anexo de “Descripción de actuaciones, Objetivos, Coste estimado e Indicadores”:
• Actualización del importe del PILA 500G0046 a 29.948.870,51 euros por la firma del Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A. y la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo de un Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma el 11 de septiembre de 2024.
• Se modifica el contenido de la Línea de actuación denominada “Programas de colaboración con corporaciones locales dirigidos a favorecer la empleabilidad y contratación” por la inclusión del proyecto presupuestario 504G2086 “Plan Integral de formación y empleo mayores de 45 años sin periodo mínimo de cotización para acceder a pensión contributiva”, por importe de 4.900.000 euros.
• Se incluye en la línea de actuación denominada “Programas de asesoramiento y orientación laboral y empresarial” el proyecto presupuestario 237G0520 “Piec Estado” por importe 645.650,24 euros derivado del Convenio con el Instituto Canario de Estadística para el desarrollo del proyecto “Estadística de población activa registrada. Fase de automatización y análisis 2023”, que afecta al capítulo 7 del estado de gastos del presupuesto.
- Resulta preceptiva la emisión de informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuesto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, informe que se ha emitido, con fecha 17 de octubre 2024, en sentido favorable.
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Las bases reguladoras de cada subvención harán referencia al Plan Estratégico de Subvenciones en el que se integran, señalando de qué modo contribuyen al logro de sus objetivos; en otro caso, deberá motivarse por qué es necesario establecer la nueva subvención, incluso aun no habiendo sido prevista en el Plan, y la forma en que afecta a su cumplimiento.
Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, recoge en los artículos 6 a 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.
Tercera.- El artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados. No obstante, por los titulares de los órganos respectivos según su normativa reguladora se podrán aprobar planes estratégicos especiales, de ámbito inferior al departamental, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado”.
Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto y con el objeto de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando el Servicio Canario de Empleo, procede la modificación de dicho Plan.
Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.
Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.
Séptima.- De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Empleo, aprobado por Decreto 37/2024, de 4 de marzo (BOC n.º 52, de 12.3.2024), está adscrito a este Departamento el Servicio Canario de Empleo, que se rige por su normativa sectorial específica.
Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, y las demás de aplicación.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
RESUELVO:
Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, en cuanto a la anualidad 2024, en los términos propuestos y cuyo detalle se incluye en el anexo denominado “Descripción de las Actuaciones, Objetivos, Coste Estimado e Indicadores”.
Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, aprobado por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020 (BOC n.º 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por las Órdenes de 24 de febrero (BOC n.º 45, de 5.3.2021), de 25 de mayo (BOC n.º 112, de 2.6.2021), de 26 de julio (BOC n.º 161, de 5.8.2021), de 24 de septiembre de 2021 (BOC n.º 205, de 6.10.2021), de 30 de marzo de 2022 (BOC n.º 72, de 12.4.2022), de 27 de octubre (BOC n.º 222, de 10.11.2022), de 22 de noviembre (BOC n.º 240, de 7.12.2022), de 23 de diciembre de 2022 (BOC n.º 5, de 9.1.2023), de 28 de marzo de 2023 (BOC n.º 71, de 12.4.2023), y de 8 de mayo de 2024 (BOC n.º 98, de 20.5.2024), de la mencionada Consejería, actualmente Consejería de Turismo y Empleo.
Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre de 2024.
LA CONSEJERA DE TURISMO Y EMPLEO, Jéssica del Carmen de León Verdugo.
ANEXO
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES, OBJETIVOS, COSTE ESTIMADO E INDICADORES
Ver anexo en las páginas 37418-37432 del documento Descargar