Instituto Canario de Igualdad.- Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Directora, por la que se acuerda, de oficio, la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de la convocatoria de subvenciones a conceder por el Instituto Canario de Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2024, por razones de interés público.
2024-09-26 · BOC-2024/191/3057
Vista la propuesta elevada por el Servicio de Planificación y Programas sobre la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2024 y conforme a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Resolución n.º 245/2024, de 2 de abril, de la Directora, se dispuso la aprobación del gasto y se efectuó la convocatoria de las subvenciones a conceder por el Instituto Canario de Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2024.
El extracto de la Resolución de convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 72, de 11 de abril de 2024, identificándose la misma con el número de BDNS 752614.
Segundo.- Esta convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Orden de 20 de septiembre de 2016, de la extinta Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, a la que entonces estaba adscrito el Instituto, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones del Instituto Canario de Igualdad, de vigencia indefinida, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias (BOC n.º 187, de 26.9.2016).
Tercero.- El día 10 de mayo de 2024, acabó el plazo establecido en la Resolución de convocatoria para la presentación de solicitudes de subvención, habiendo concurrido a la citada convocatoria 29 entidades, que han solicitado subvención para un total de treinta y seis proyectos.
Cuarto.- Examinada la documentación presentada, se dicta la Resolución n.º 380/2024, de 9 de julio, de la Directora, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas, en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 141, de 19 de julio de 2024.
Cinco.- Todas las entidades que han concurrido a la convocatoria han pedido el abono anticipado de las subvenciones, por los motivos que obran en las correspondientes solicitudes de subvención.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
1.ª) Resulta competente la Directora del Instituto Canario de Igualdad para dictar esta Resolución en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2.a) de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad, que le asigna el ejercicio y desarrollo de las funciones del Instituto que no estén expresamente encomendadas a su Consejo Rector y la dirección administrativa del organismo, y en el artículo 14.2.m) del Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo, que asigna a su dirección, además de la convocatoria y concesión de subvenciones del organismo, el ejercicio de todas las competencias atribuidas al órgano concedente en la normativa reguladora de las subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2.ª) Resulta de aplicación el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece en su apartado primero lo siguiente: “Cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos”.
Son razones de interés público suficientes para acordar la aplicación de la tramitación de urgencia a la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2024, la tardanza en tramitar la resolución de la convocatoria de subvenciones por el cúmulo de trabajo habido en este organismo, acentuado con el elevado absentismo laboral motivado, fundamentalmente, por vacantes y bajas por ILT, la proximidad del término de los plazos de ejecución y justificación de los proyectos que resulten subvencionados y la necesidad puesta de manifiesto por las entidades de contar, de formar anticipada, con los fondos que se les concedan en concepto de subvención para el desarrollo de los proyectos.
Vistos los antecedentes expuestos y las demás normas de general y pertinente aplicación, y tal como se propone por el Servicio de Planificación y Programas,
RESUELVO:
Primero.- Acordar, de oficio, la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2024, iniciado por Resolución n.º 245/2024, de 2 de abril, de esta Dirección, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Segundo.- Conforme se establece en el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta Resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Tercero.- Publíquese esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en la sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4156 y en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de diciembre de 2024.- La Directora, Ana Isabel Brito Brito.