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Disposición 2024/169/2761

ANUNCIO de 9 de agosto de 2024, por el que se somete a información pública y consulta el Avance y Estudio Ambiental Estratégico del Plan General de Ordenación de la Villa de Teror.

2024-08-28 · BOC-2024/169/2761

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Villa de Teror, en sesión celebrada el día 22 de julio de 2024, adoptó Acuerdo cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“Primero.- Tomar conocimiento del documento de Avance y del Estudio Ambiental Estratégico del Plan General de Ordenación remitido por el Medio Propio, aprobando el mismo como un acto de mero trámite para continuar con la tramitación correspondiente.

Segundo.- Aprobar el sometimiento del Avance del Plan General de Ordenación de la Villa de Teror y Estudio Ambiental Estratégico a información pública y a consulta de las administraciones públicas cuyas competencias pudiesen resultar afectadas y de las personas interesadas que hayan sido previamente consultadas, por un plazo mínimo de cuarenta y cinco días hábiles, computados a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. A efectos informativos, no computan como días hábiles los declarados festivos, sábados, domingos y el mes de agosto.

Tercero.- Proceder a la publicación del anuncio de información pública en un diario de los de mayor difusión en la isla, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en la sede electrónica del Ayuntamiento. Durante el periodo de información se habilitará un enlace electrónico en aras a que la ciudadanía pueda consultar el documento de Avance y el Estudio Ambiental Estratégico. Igualmente, durante el periodo de información pública se habilitará por parte del Ayuntamiento un local de consulta en donde los ciudadanos podrán consultar físicamente el Avance y el Estudio Ambiental Estratégico en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes.

Cuarto.- Durante el periodo de información pública, los ciudadanos que lo deseen podrán presentar sus alegaciones en el registro de la sede del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Teror, así como en el resto de los registros y oficinas enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.- Contra la presente Resolución, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, hacer las alegaciones que se considere oportunas.

Conforme se dispone en el artículo 112.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley.

La oposición a los restantes actos de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.”

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se someten a información pública y a consultas por plazo de cuarenta y cinco días hábiles, computados a partir del día hábil siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, plazo durante el cual se podrán formular y presentar las alegaciones que se consideren oportunas. A efectos informativos, no computan como días hábiles los declarados festivos, sábados, domingos y los días del mes de agosto.

El Avance y Estudio Ambiental Estratégico del Plan General de Ordenación de la Villa de Teror se podrán consultar en la sede electrónica municipal http://pgo.teror.es y en el Portal de Transparencia (https://teror.sedelectronica.es/transparency/53457c42-8731-4175-97ac-9d3568e55d08/).

Para poder descargar toda la documentación (1.1 Gigas) y tenerla disponible sin conexión, habría que descargar el archivo ZIP siguiente: https://filedn.eu/lG2sBBrGIl6J0yG5jG8NDPB/PGO_AVANCE_TEROR.zip

Igualmente, podrán consultar el documento de forma presencial, de lunes a viernes, salvo festivos, en horario de diez de la mañana a dos de la tarde, en la segunda planta del Centro de Interpretación Turística ubicado en la Plaza del Pino.

La presentación de alegaciones podrá realizarse a través de la sede electrónica municipal o presencialmente en el registro de la sede del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Teror, así como en el resto de los registros y oficinas enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponerse el que se considere oportuno si se entendiese que concurre alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Teror, a 9 de agosto de 2024.- El Alcalde-Presidente, Sergio Nuez Ramos.- El Secretario General, Rafael Lezcano Pérez.