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Disposición 2024/158/2557

Organismo Autónomo Municipal de Cultura.- Anuncio de 30 de julio de 2024, relativo a la modificación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del personal de este Organismo.

2024-08-12 · BOC-2024/158/2557

Por la presente se hace público que el Consejo Rector del Organismo Autónomo Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Arucas, en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el viernes 26 de julio de 2024, aprobó la Modificación de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la Estabilización del Empleo Temporal conforme a Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada por Consejo Rector del Organismo Autónomo Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Arucas en la sesión ordinaria celebrada el jueves 26 de mayo de 2022, publicada en Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas n.º 64, de 30 de mayo de 2022, y Boletín Oficial de Canarias n.º 104, de 27 de mayo de 2022, para excluir de dicha oferta 1 plaza de Profesor de Música, especialidad Oboe, Grupo A, Subgrupo A2, con número de plaza OAMC/PD/12, por falta de alumnos, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Primero.- Modificar la Oferta de Empleo Público del Organismo Autónomo Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Arucas, aprobada por el Consejo Rector en la sesión ordinaria celebrada el jueves 26 de mayo de 2022, para la estabilización del empleo temporal excluyendo, dentro del Personal laboral docente, la plaza de Profesor de Música, especialidad Oboe, Grupo A, Subgrupo A2, con número de Plaza OAMC/PD/12.

Segundo.- Publicar la citada Modificación en Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas, Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, Portal de Transparencia y Tablón de Anuncios de la Sede electrónica municipal.

Tercero.- Dar traslado del acuerdo que se adopte a la Administración del Estado y a la Autonómica.

Cuarto.- Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.

Lo que publico para su conocimiento y efectos, significándose que contra el citado Acuerdo expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en concordancia con el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acuerdo expreso que se publica, podrá interponerse recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de esta publicación.

Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 123, 124 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimare oportuno interponerse para la mejor defensa de sus derechos.

Ciudad de Arucas, a 30 de julio de 2024.- El Presidente, Oliverio de los Reyes Armas Guillén.