Secretaría General Técnica.- Resolución de 25 de julio de 2024, por la que se dispone la publicación de la Adenda tercera del Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria y los Grupos de Acción Local para la implementación de las estrategias de desarrollo local previstas en la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020.
2024-08-07 · BOC-2024/155/2512
Suscrita la Adenda tercera del Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria y los Grupos de Acción Local para la implementación de las estrategias de desarrollo local previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda que figura como anexo a esta Resolución.
Canarias, a 25 de julio de 2024.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Barrera Cabrera.
ANEXO
ADENDA TERCERA DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA Y LOS GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PREVISTAS EN LA MEDIDA 19 (LEADER) DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CANARIAS 2014-2020.
En Canarias, a 23 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, según nombramiento efectuado por Decreto del Presidente n.º 43/2023, de 14 de julio (BOC n.º 138, de 15.7.2023), actuando conforme a las atribuciones que le confieren los artículos 16.1 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
Y de otra parte, los Grupos de Acción Local, representados cada uno por su Presidente, actuando conforme a las atribuciones conferidas por acuerdo de cada una de las entidades.
Siendo estos los siguientes:
Grupo de Acción Local y Pesquero El Hierro (GALP EL HIERRO), con CIF G76713254, representado por su Presidente, D. Juan Padrón Negrín, con DNI *8007, con domicilio a efectos de este documento en calle Simón Acosta, n.º 2, bajo, término municipal de Valverde, código postal 38900.
Asociación para el Desarrollo Rural de la isla de La Palma (ADER LA PALMA), con CIF G38282620, representado por su Presidente, D. Luis Vicente Martín de Paz, con DNI *5771, con domicilio a efectos de este documento en calle Trasera Doctor Morera Bravo, s/n, término municipal de Villa de Mazo, código postal 38730.
Asociación Insular para el Desarrollo Rural de La Gomera (AIDER LA GOMERA), con CIF G38410791, representado por su Presidenta, Dña. Angélica Belén Padilla Herrera, con DNI *2802, con domicilio a efectos de este documento en Avenida Guillermo Ascanio, n.º 18, término municipal de Vallehermoso, código postal 38840.
Asociación Grupo de Acción Rural Tenerife (GAR TENERIFE), con CIF G76687565, representado por su Presidente, D. Miguel Ángel López González, con DNI 3897, con domicilio a efectos de este documento en Carretera General de Tacoronte-Tejina, n.º 20 A, término municipal de Tacoronte, código postal 38350.
Asociación Insular de Desarrollo Rural Gran Canaria (AIDER GRAN CANARIA), con CIF G35426170, representado por su Presidenta, Dña. Serafina Suárez García, con DNI *0775, con domicilio a efectos de este documento en calle Del Agua, s/n, término municipal de Vega de San Mateo, código postal 35320.
Asociación para la Gestión del Desarrollo Rural Maxorata Verde (GDR MAXORATA), con CIF G35985258, representado por su Presidente, D. Matías Fidel Peña García, con DNI *8366, con domicilio a efectos de este documento en calle Lucha Canaria, n.º 112, término municipal de Puerto del Rosario, código postal 35600.
Asociación para el Desarrollo Rural y Pesquero de la isla de Lanzarote (ADERLAN), con CIF G35444793, representado por su Presidente, D. Juan José Delgado Cabrera, con DNI *0876, con domicilio a efectos de este documento en Carretera General Tahíche San Bartolomé, km 1, término municipal de Arrecife, código postal 35500.
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio de colaboración, a cuyo efecto:
EXPONEN
Primero.- La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas y los Grupos de Acción Local GALP El Hierro, ADER La Palma, AIDER La Gomera, GAR Tenerife, AIDER Gran Canaria, GDR Maxorata y ADERLAN suscribieron, con fecha 29 de septiembre de 2017, un Convenio de Colaboración para la implementación de las estrategias de desarrollo local previstas en la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020.
Segundo.- Mediante Adenda de 24 de diciembre de 2020, se reajustó y se prorrogó la vigencia del Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas y los Grupos de Acción Local para la implementación de las estrategias de desarrollo local previstas en la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, hasta 31 de diciembre de 2025.
Tercero.- Con fecha 28 de julio de 2022, se suscribió la Adenda segunda del Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas y los Grupos de Acción Local para la implementación de las estrategias de desarrollo local previstas en la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, para la distribución de la dotación financiera adicional.
Cuarto.- Al amparo del Convenio y de la Orden de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo previstas en la Submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Canarias, se convocaron las subvenciones en las años 2019, 2021 y 2022.
Una vez resueltas las convocatorias y concedidas las subvenciones, no se ha agotado la dotación financiera total asignada en el convenio y sus adendas debido a que las economías generadas por las subvenciones no aceptadas por las personas beneficiarias o por la falta justificación o justificación insuficiente de las subvenciones concedidas.
Quinto.- La redistribución en las anualidades 2024 y 2025 de los créditos disponibles resultantes de las convocatorias de subvenciones ya resueltas permitirá un grado mayor de ejecución de la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, esto facilitará a los Grupos de Acción Local alcanzar los objetivos propuestos a través de las Estrategias de Desarrollo Local seleccionadas mediante la Orden de 18 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.
Sexto.- Todas las partes que intervienen en el Convenio tienen interés en la realización de las Estrategias de Desarrollo Local, EDL, y están de acuerdo en modificar la cláusula segunda del Convenio “dotación financiera” para extender la distribución de la misma a las anualidades 2024 y 2025 y especificar los criterios para su distribución entre los Grupos de Acción Local.
De conformidad con lo expuesto, las partes reunidas acuerdan formalizar la presente Adenda, cuyo contenido se plasma en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto modificar la cláusula segunda “dotación financiera” del Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca y los Grupos de Acción Local: Grupo de Acción Local y Pesquero El Hierro, Asociación para el Desarrollo Rural de la isla de La Palma, Asociación Insular para el Desarrollo Rural de La Gomera, Grupo de Acción Rural de la isla de Tenerife, Asociación Insular de Desarrollo Rural Gran Canaria, Grupo para la Gestión del Desarrollo Rural Maxorata Verde y Asociación para el Desarrollo Rural y Pesquero de la isla de Lanzarote, con fecha 29 de septiembre de 2017, para la implementación de las Estrategias de Desarrollo Local, EDL, previstas en la Medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, en el sentido de modificar el punto de 2 y añadir el punto 5 de la cláusula segunda.
Segunda.- Modificación de la cláusula segunda.
- Se modifica el punto 2 de la cláusula segunda en los siguientes términos:
“2. La dotación financiera indicativa destinada a la implementación de la EDLL LEADER por isla es la siguiente:
Ver anexo en la página 25547 del documento Descargar
Con el siguiente reparto por anualidades:
Ver anexo en la página 25548 del documento Descargar
El plan financiero podrá reajustarse trasladando a anualidades posteriores la parte de la anualidad no ejecutada.”
- Se añade un punto 6 a la cláusula segunda en los siguientes términos:
“6. Para los año 2024 y 2025 la asignación del gasto público total para la Submedida 19.2 a cada Grupo de Acción Local es la siguiente:
a) Al Grupo de Acción Local Pesquero El Hierro un importe de doscientos cinco mil cuatrocientos euros con cincuenta y tres céntimos (205.460,53 euros).
b) A la Asociación para la Gestión del Desarrollo Rural Maxorata Verde un importe de ciento once mil cuatrocientos noventa y un euros con cinco céntimos (111.491,05 euros).
c) A la Asociación Insular de Desarrollo Rural Gran Canaria un importe de doscientos trece mil seiscientos noventa y nueve euros con trece céntimos (213.699,13 euros).
d) A la Asociación Insular para el Desarrollo Rural de La Gomera un importe de ochenta y nueve mil doscientos ochenta y ocho euros con cincuenta y tres céntimos (89.288,53 euros).
e) A la Asociación para el Desarrollo Rural de la isla de La Palma un importe de ciento cuarenta y seis mil setecientos ocho euros con setenta y nueve céntimos (146.708,79 euros).
f) A la Asociación para el Desarrollo Rural y Pesquero de la isla de Lanzarote un importe de ciento cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos euros con ochenta y cinco céntimos (159.652,85 euros).
g) A la Asociación Grupo de Acción Rural Tenerife un importe de quinientos setenta y tres mil seiscientos noventa y nueve euros con doce céntimos (573.699,12 euros).
Los importes adicionales asignados a las EDL se podrá añadir, total o parcialmente, las cantidades no retenidas del importe total de la Submedida 19.2 y 19.4 del PDR, en las convocatorias destinadas a la Medida 19 del Programa de Desarrollo Rural de Canaria.
En el caso que un Grupo de Acción Local no pueda ejecutar total o parcialmente el presupuesto, se podrá reasignar total o parcialmente el presupuesto entre el resto de grupos de acción local previo acuerdo de todos los grupos.”
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, a un solo efecto y por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio consignados.- El Consejero de Agricultura, Ganadería Pesca y Soberanía Alimentaria, Narvay Quintero Castañeda.- El representante del GALP El Hierro, Juan Padrón Negrín, Presidente del GAL El Hierro.- El representante de ADER La Palma, Luis Vicente Martín de Paz, Presidente de ADER La Palma.- La representante de AIDER La Gomera, Angélica Belén Padilla Herrera, Presidenta de AIDER La Gomera.- El representante del GAR Tenerife, Miguel Ángel López González, Presidente del GAR Tenerife.- La representante de AIDER Gran Canaria, Serafina Suárez García, Presidenta de AIDER Gran Canaria.- El representante de GDR Maxorata, Matías Fidel Peña García, Presidente de GDR Maxorata.- El representante de ADERLAN, Juan José Delgado Cabrera, Presidente de ADERLAN.