1628 ORDEN de 15 de octubre de 2008, por la que se regulan las condiciones para la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, los requisitos necesarios para la obtención del título de buceador profesional básico, y se establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad civil de los centros de enseñanza de buceo profesional.
BOC-2008/216/1
El texto completo de esta disposición no está disponible en la base de datos.
Puedes consultarla en la sede oficial del BOC.