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Disposición 2001/096/7

1103 ORDEN de 26 de julio de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Facultativo y Médicos Internos Residentes que prestan sus servicios en la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, en el nivel de Atención Especializada (Hospital General de Lanzarote), como consecuencia del acuerdo adoptado por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (C.E.S.M.) de declarar huelga los días 1, 3, 6, 9, 14, 16, 20, 22, 28 y 31 de agosto de 2001 en dicho Área de Salud, durante la jornada completa de trabajo de cada uno de esos días.

BOC-2001/096/7

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Puedes consultarla en la sede oficial del BOC.