1102 ORDEN de 26 de julio de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Facultativo y Médicos Internos Residentes que prestan sus servicios en la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Fuerteventura, en el nivel de Atención Especializada (Hospital General de Fuerteventura), como consecuencia del acuerdo adoptado por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (C.E.S.M.) de declarar huelga indefinida a jornada completa de trabajo todos los viernes a partir del 3 de agosto de 2001, en dicho Área de Salud.
BOC-2001/096/6
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Puedes consultarla en la sede oficial del BOC.