746 ORDEN de 16 de mayo de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Médico que presta sus servicios en los Centros de Salud de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, durante la huelga convocada por el Sindicato Profesional de Médicos de Tenerife y que tendrá lugar los días 22 y 28 de mayo de 2001, en horario de 11,00 a 12,00 horas para el turno de mañana, y de 17,00 a 18,00 horas para el turno de tarde.
BOC-2001/062/13
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Puedes consultarla en la sede oficial del BOC.