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Disposición 2001/061/11

730 ORDEN de 14 de mayo de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Facultativo y Médicos Internos Residentes que prestan sus servicios en los Hospitales del Servicio Canario de la Salud- Áreas de Salud de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura, durante la huelga convocada por el Sindicato Profesional de Médicos de Las Palmas y que tendrá lugar los días 21, 25 y 28 de mayo de 2001 y 1, 4, 8, 11, 15, 18, 22, 25 y 29 de junio de 2001, en horario comprendido entre las 8,30 y las 11,30 horas.

BOC-2001/061/11

El texto completo de esta disposición no está disponible en la base de datos.

Puedes consultarla en la sede oficial del BOC.

730 ORDEN de 14 de mayo de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Facultativo y Médicos Internos Residentes que prestan sus servicios en los Hospitales del Servicio Canario de la Salud- Áreas de Salud de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura, durante la huelga convocada por el Sindicato Profesional de Médicos de Las Palmas y que tendrá lugar los días 21, 25 y 28 de mayo de 2001 y 1, 4, 8, 11, 15, 18, 22, 25 y 29 de junio de 2001, en horario comprendido entre las 8,30 y las 11,30 horas. — BOC Canarias Web