1269 ORDEN de 22 de agosto de 2001, por la que se establecen los servicios mínimos a realizar por el Personal Facultativo y Médicos Internos Residentes que prestan sus servicios en la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, en el nivel de Atención Especializada (Hospital General de Lanzarote), como consecuencia del acuerdo adoptado por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (C.E.S.M.) de declarar huelga los días 3, 6, 11, 14, 17, 19, 25 y 28 de septiembre de 2001 en dicha Área de Salud, durante la jornada completa de trabajo de cada uno de esos días.
BOC-2001/115/5
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